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Relaciones Econòmicas

cristinaxozz17 de Marzo de 2014

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Relaciones econòmicas

Art 98: El psicologo y el paciente, clientes u otros receptores apropiados de servicios psicologicos alcanzan un acuerdo especificando la compensaciòn y forma de pago.

Art 99: El psicologo discute con pacientes asuntos apropiados respecto a la consulta tales como anticipacion de la intervencion y confidencialidad entre otros sea cual sea el caso.

Art 100: El psicologo anticipa lo limites del servicio con elpaciente

Art 101: Si el pacente no le paga al psicologo lo que se le habia acordado el psicologo si desesa acurrir a agencias de cobranza tendra que comentarselo antes al paciente

Art 102: El psicologo no establece relaciones comerciales, principalmente con pacientes.

Relaciones con colegas y otros profesionales

Art 103: Cuando sea indicado es profesional y congruente con la ley, la canlizacion con otros psicologos.

Art 104: El psicologo arregla las consultas y canalizaciones basandose en los mejores intereses del paciente.

Art 105: El psicologo que actua como perito es un auxiliar de la administracion de la justicia.

Art 106: El psicologo aclara responsabilidades mantiene informado al paciente sobre cualquier asunto que se presente.

Art 107: Cuano el psicologo recibe pagos con otros profesionales el pago a cada uno se hace con base en los servicios proporcionados.

Art 108: El psicologo al decidir si ofrece servicios a personas con facultades mentales , considera cuidadosamente los aspectos relativos al tratamiento.

Art 109: El psicologo tiene la obligacion de informar de los posibles riesos a los usuarios que reciban servicios psicologicos.

Art 110: El psicologo advierte violaciones eticas a sus colegas, antes lo consulta con ellos.

Art 111: El psicologo mantiene buenas relaciones de respespeto a la dignidad de sus colegas.

Art 112: El psicologo muestra una buena imagen de la psicologiay de los psicologos.

Terminacion de las relaciones

Art 113: El psicologo termina una relacion profesional cuando resulta claro que el paciente ya no necesita servicio.

Art 114: El psicologo hace esfuerzos razonables para planear el cuidado posterior al paciente.

Art 115: Cuando el psicologo guarda una relacion de empleado resuelve con cuidado la responsabilidad del paciente .

Art 116: El psicologo no abandona a los pacientes.

Art 117: El psicologo no influye en la decision de un paciente de dar por terminados los servicios.

Consentimiento informado

Art 118: El psicologo obtiene concentimiento apropiado de la terapia utilizandon lenguaje razonable.

Art 119: cuando psicologo recibe una persona incapacitada se necesita un concentimiento legal.

Art 120: El psicologo indica a las personas incapaces de consentir , busca su asentimiento para esas intervenciones.

Art 121: El psicologo obtiene permiso de los pacientes, sujetos de investigacion gragaciones etc..

Art 122: El psicologo que realiza investigacion o estudio necesita consentimiento escrito del paciente.

Art 123: Cuando el psicologo conduce una investigacion, da la oportunidad a participante potencial de elegir de entre otras actividades alternativas.

Art 124: Cuando las personas son menores de edad el psicologo necesita un consentimiento firmado.

Art 125: En una investigacion, el psicologo considera los requerimientos de los consejos de revision institucionales,

Art 126: El psicologo obtiene consentimientos firmados .

Art 127: El psicologo no ofrece incentivos excesivos para obtener participantes en una investigacion.

Art 128: El psicologo aclara naturaleza de sus servicios.

Art 129: El psicologo no conduce investigaciones que conlleven engaño.

Art 130: El psicologo nunca engaña a los participantes o algun otro

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