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Resumen segunda parte libro carnelutti


Enviado por   •  12 de Agosto de 2018  •  Resúmenes  •  2.038 Palabras (9 Páginas)  •  281 Visitas

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RESÚMEN LIBRO ¿CÓMO HACER UN PROCESO?

CAPITULO 8 “El Contradictorio”

  • Tan difícil es el cometido del juez que se a elaborada un dispositivo que tiene a procurarle la colaboración de las partes
  • Si la colaboración de una de las partes es parcializada, se pide ala otra parte que cuente su punto de vista para saberla otra parte de la verdad
  • El interés de las partes se convierte en carga, en el sentido de qué si la parte no ofrece una prueba o una razón, soporta el daño de que el juez no puede tomarla en cuenta
  • Las partes, al menos en los procesos de mayor importancia, actúan por medio de ciertos técnicos a los cuales se les da el nombre de defensores
  • El proceso civil opera con un contradictorio natural y el proceso penal con un contradictorio artificial
  • El defensor penal no esta en el mismo plano que el defensor civil
  • El civil puede representar el interés de su representado, mientras que el penal no esta obligado a hacer y decir lo que este quiera
  • En el proceso penal el defensor es dependiente del imputado
  • Para que el juez sepa si el imputado es culpable o inocente este necesita de uno que lo acuse y otro que lo defienda

CAPITULO 9 “La Introducción”

  • Un proceso tiene su inicio y su fin
  • La apertura del proceso es una introducción en el sentido de que alguien va a donde el juez y le pide justicia
  • El delito o la litis es un hecho que no se manifiesta ante los ojos del juez
  • La iniciativa del proceso esta encomendada a una parte, tanto en materia civil como en materia penal
  • En materia civil el juez no puede hacer un proceso si no es solicitado
  • La diferencia entre querella y denuncia es que sin ella el proceso penal no podría ser promovido
  • La querella es un requerimiento de la parte en sentido sustancial, necesario para la introducción del proceso
  • Cuando el ministerio publico llega a conocimiento de un hecho que puede constituir delito, se trata el de decidir si debe tomar o no la iniciativa del proceso
  • Diferencia entre el proceso penal y civil en el modo de introducir el proceso
  • En el proceso civil lo primero es posibilitar al contradictorio mientras que en el proceso penal se hace después
  • La palabra contumacia indica la no comparecía de una parte ante el juez
  • El proceso penal comienza verdaderamente cuando el ministerio publico o el juez deciden proceder
  • En ocasiones el proceso penal tiene una introducción formal

CAPITULO 10 “La Instrucción”

  • El proceso se hace para obtener un juicio
  • El juicio necesita de pruebas y de razones las cuales son fruto de un difícil trabajo
  • La exposición de los incidentes en el proceso civil es tan delicada como desacreditado
  • En el proceso penal las pruebas casi siempre se ocultan en la oscuridad
  • Diferencia entre instrucción penal e instrucción civil
  • Hay procesos civiles que presentan fase preliminar de la instrucción mientras que en hay procesos penales sin fase preliminar
  • En el proceso penal se atañe al ambiente en que se procede a la recepción de las pruebas y en el proceso civil las pruebas se reciben en el despacho del juez, con exclusión del publico
  • la instrucción no puede menos que comprometer la iniciativa del juez que a ella procede
  • en materia civil nunca se encomienda la instrucción al colegio de los jueces
  • en el ordenamiento italiano el ministerio publico se encuentra en una posición privilegiada mientras el defensor en una posición de inferioridad
  • la publicidad de los debates penales se funda en el interés general de administrar la justicia
  • la mayor dificultad en las pruebas son los testimonios
  • la recepción del testimonio depende también del modo en que se interroga al testigo
  • el testigo por lo general tiene poco deseo de decir la verdad
  • El rendimiento del testigo y el éxito de la instrucción en cuanto a la narración del testigo termina por formar su convicción la cual corresponde de manera limitada a la narración real

CAPITULO 11 “La Discusión”

  • Discusión
  • Se trata de pasar las razones buenas y retener las malas
  • “solamente quien tiene dos ojos y ve las cosas desde dos puntos de vista, las ve en relieve”
  • En el contraste entre las diversas opiniones es probable que se forme una opinión común a una próxima verdad
  • Los jueces son desinteresados y eso es favorable a la valoración de las razones opuestas y no es favorable cuando se debe buscarlas
  • Cada una de las partes propone y aconseja al juez la decisión que les parece justa
  • Para que la discusión resulte justa esta no debe hacer en sentido material ya que no tendrían el dominio ni la preparación técnica
  • Las dos formas que proponen las partes por lo general son totalmente distintas
  • “cuanto más fuerte es la duda, mayor es la probabilidad de conseguir la verdad”
  • Con el estímulo del interés se afina la critica de las pruebas
  • Cuestión de conciencia de los defensores
  • Su deber no es juzgar, sino combatir
  • Su responsabilidad es solo la de no dejar sin defensa alguna posición atacada por el adversario
  • La discusión se resuelve en un discurso que cada una de las partes dirige al juez
  • En el proceso civil los defensores exponen sus razones en escritos de comparecencia y los discursos después de la audiencia se les conoce como informes
  • En el proceso penal el ministerio público y los defensores presentan al juez instructor escrituras que se llaman memorias cuando provienen de los abogados y requisitorias cuando viene del ministerio publico y en la forma oral se le conoce de la misma manera mientras para los defensores se le conoce como defensa

CAPITULO 12 “L a Decisión”

  • Ayudado por la discusión de las partes el juez debe decidir
  • La decisión es una declaración de voluntad del juez
  • Decisión del juez vs decisión del consultor
  • La del consultor es una declaración de ciencia y la del juez de voluntad
  • No todas las declaraciones de voluntad del juez son decisiones
  • No todas las decisiones adoptan forma de sentencia
  • Sentencia es la decisión solemne que pronuncia el juez para concluir el proceso penal o el proceso civil contencioso
  • La decisión puede ser positiva o negativa
  • Positiva
  • Cuando el juez pronuncia su juicio sobre el negocio, el litigio o sobre el delito que ha constituido objeto del proceso
  • Negativa
  • Cuando juzga que no puede juzgar sobre el
  • Ejemplo
  • No es competente
  • La ley trata de reducir al mínimo estos casos que ocasionan una perdida para la parte o para el Estado
  • El juez ignora al comienzo del proceso los hechos sobre los cuales tiene que juzgar
  • Si los conociese seria un testigo
  • Puede suceder que las pruebas no logren ayudar al juez para saber que sucedió
  • El subrogado procesal consiste en un instituto al que se le a referido como carga de la prueba
  • Se establece un criterio en virtud del cual la insuficiencia de las pruebas perjudica a una de las partes y beneficia a la otra
  • En materia civil el criterio adoptado es el interés
  • Si no se puede probar un hecho, el juez lo tomara como que no existió
  • En materia penal las dificultades de la prueba son mas graves
  • La incertidumbre de los hechos se resuelve a favor del imputado
  • Favor rei
  • La ley admite un estado intermedio entre la culpabilidad y la inocencia, un estado de sospecha
  • Hay casos en que la decisión del juez agrega algo a la situación jurídica tal como antes existía
  • Una decisión constitutiva es siempre la decisión penal, ya que el castigo, que es el efecto jurídico del delito lo inflige la decisión de condena
  • Ciertos efectos jurídicos de la imputación no desaparecen sino en virtud de la decisión de absolución

CAPITULO 13” La Ejecución”

  • Con la decisión no termina el proceso
  • La ejecución forzada se resuelve en el uso de la fuerza para hacer que las cosas marchen como quiere la ley
  • “poner las manos encima”
  • En civil se refiere exclusivamente al patrimonio
  • En materia penal podría ser el encarcelamiento
  • El libramiento forzado se hace cuando la obligación que debe ser actuada por fuerza, tiene por objeto una cosa determinada
  • Devolución del inmueble arrendado
  • La ejecución para la expropiación se refiere a las deudas del dinero
  • Primero se afecta a los bienes y luego se dispone a su vetan forzada
  • La expropiación proviene del hecho de que el deudor no paga

CAPITULO 14 “La Impugnación”

  • El principio de impugnación lo que trata es volver a juzgar
  • Puede que al volver a juzgar el resultado sea idéntico
  • En el ordenamiento italiano la verificación es facultativa y se hace por iniciativa de la parte que ha sido vencida
  • La impugnación cuenta con limites
  • Tiempo
  • Juicios de impugnación
  • Ordinario
  • Apelación
  • La segunda apelación se le conoce como juicio de casación  
  • Se admite con la condición de que la corte de casación ponga en relieve un error de derecho en la decisión impugnada
  • Regula la actividad decisoria de los jueces en el sentido de que sus decisiones no se vinculen al juez de reenvió
  • Se debe ver si en la decisión hubo errores referentes a la existencia y alcance de las normas jurídicas que se aplicaron en la decisión impugnada
  • Revisión
  • Es natural que la solución dada en un proceso anterior ejerza cierta autoridad sobre el juez de otra causa a quien le presente el mismo problema
  • Auctoritas rerum similiter iudicatarum
  • Autoridad de las sentencias precedentes sobre las mismas cuestiones
  • En el proceso civil la impugnación toma distintos nombres de revocación y oposición de terceros
  • Revocación
  • Se revisa que el proceso se desarrolló de forma anómala y puede existir una injusticia
  • Oposición de terceros
  • Nuevo examen de la causa cuando se le juzgo con un contradictorio incompleto

CAPITULO 15 “Balance”

  • Las leyes procesales no son perfectas
  • El presupuesto disponible de hombres y de cosas es enormemente inferior a las exigencias del servicio
  • Los oficios judiciales son verdaderas y propias haciendas que necesitan instrumentos para la administración de justicia
  • El oficio del juez es mas que humano
  • Al juez se le escatima hasta el respeto
  • El error judicial no se puede negar y sin embrago se debe negar
  • Es necesario que los hombres pierdan la ilusión de que se puede obtener por fuerza la justicia en este mundo
  • Si el juez juzga con amor, no solo su juicio se aproximará todo lo humanamente posible a la verdad, sino que irradiará de él un ejemplo que, en una sociedad cada vez menos dominada por el egoísmo, hará cada vez menos necesario su triste oficio.

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