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Diez años y divorciada


Enviado por   •  13 de Abril de 2023  •  Ensayos  •  1.730 Palabras (7 Páginas)  •  32 Visitas

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      DIEZ AÑOS Y DIVORCIADA

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UNIVERSIDAD VERACRUZANA

PEDRO HERRERA VELEZ

MATRICULA: S22020046

“INTRODUCCION AL DERECHO”

LIC. BERISTAIN BAZAN GUSTAVO

14 DE OCTUBRE 2022

                                                   

                                                            INDICE

INTROODUCCION …………………………………………… 3

  1. ANALISIS DE LA PELICULA………………………………………………   4

  1. COSTUMBRE ………………………………………………………………  6
  1. CONCLUCION ……………………………………………………………… 7
  1. DATOS …………………………………………………………………………9
  1. BIBLIOGRAFIA ……………………………………………………………… 10

                               

 INTRODUCCION

El presente ensayo trata de la película llamada “Me llamo Nojoom, tengo 10 años y quiero el divorcio” (Al-Salami, 2014), en la cual Nojoom es obligada a los diez años a casarse con un hombre mayor. Para su familia significa percibir una renta pequeña y una boca menos que alimentar. Un arreglo legítimo y aceptable para todos, excepto para la pequeña Nojoom.

De acuerdo a esta situación daré mi punto de vista analítico sobre la película, y entendiendo desde el enfoque de la costumbre y su transcendencia en el derecho, ya que incluso en la actualidad en algunas comunidades existen diversos casos en los cuales privan de su libre desarrollo de la personalidad a los jóvenes en desarrollo, ya sea por dinero, ganado, terrenos, etc.

1.1 ANALISIS DE LA PELICULA

En esta historia nos encontramos a la niña Nojoom de 10 años, acudiendo en búsqueda de un juez para que pueda divorciarla, ya que fue casada con un hombre solo para complacerse sexualmente y una aprendiz para sustituir a su madre en las labores domésticas, esto fue un arreglo legitimo según las leyes locales y aceptado por toda la comunidad, excepto para la pequeña Nojoom,

Su vida queda marcada por el arreglo que su padre hace ante la autoridad local para entregarla como esposa a un hombre mayor, a cambio de dinero, esas son las “costumbres” del mundo en el que viven, las leyes que rigen el destino de las mujeres.

Una boca menos por alimentar en una familia necesitada, Nojoom desconoce todas las tareas que conlleva el matrimonio, en cuya ceremonia queda separada del mundo de los hombres, recluida en el submundo de las mujeres, se le mantiene aislada y se le viste de una forma que no entiende para el sacrificio marital, en el que va a ser forzada a entregar su virginidad, sin ningún tipo de explicación, sin capacidad para comprender lo que pasa en su entorno. Sus gritos de horror, su escapada de casa en busca de protección de sus padres, no hace mas que ver una cruel realidad que se vive en el mundo.

No hay mejor manera de denunciar una situación que mostrarla en su crudeza para llegar a la sensibilidad del espectador y sin embargo la película evita intencionadamente la recreación de los aspectos más hirientes. No es una película morbosa, aunque sí beligerante y esclarecedora. Mantiene siempre un cierto respeto a las propias raíces culturales, por más que muestre su afán por superarlas. Sin duda prevalece esta admirable intención de ser veraz, así como la propia valentía de la cineasta enfrentándose a su propia historia con un cierto sentido terapéutico, de catarsis, de liberación a través de la narración, buscando alianzas para luchar por un problema clamoroso de defensa de los derechos humanos.

La extraordinaria polémica que la película de “Shadija al-Salami” (Al-Salami, 2014) pone en escena, conduce a la interesante confrontación entre un juez joven, apiadado de la pequeña Nojoom, que solo pide al mundo el derecho a no ser violada todos los días de su vida, frente a la autoridad local que representa el jeque tribal, que bendijo el destino y la condena de la niña. La película hoy improbable, pueda ser vista en su propio país y sirva para hacer evolucionar a las mentes atávicas de quienes creen que el derecho no nace de los derechos humanos, sino de las costumbres.

En esta ocasión el desenlace de la película nos muestra un camino interesante para una actuación desde fuera, desde los organismos internacionales, en la resolución de los conflictos enquistados en el tiempo. Es otra muestra del equilibrio en la mirada de la cineasta. No es en esta película el juez quien impone una sentencia, sino que su actuación consiste en confrontar cara a cara a todos los sujetos y hacer que las razones humanitarias y el buen juicio, el sentido de una justicia universal, acaben por convencer a la autoridad local, que es quien emite la sentencia. El camino puede ser la propia confrontación de los líderes morales y religiosos de una sociedad con los valores que se derivan del respeto a los derechos humanos. Una acción, por tanto, respetuosa pero firme, que quiere convencer por la fuerza de los argumentos y las convicciones, y no por la imposición de valores, por la colonización cultural ni mucho menos, por el eterno recurso a las armas, la ocupación militar y las guerras ni las acciones “redentoras”.

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