Actividad Legislación aduanera
1220611Tarea28 de Octubre de 2015
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Casos 1. El agente aduanal
La figura del Agente Aduanal es de vital importancia en la actividad de comercio exterior del país. En los siguientes ejercicios usted definirá su participación en la actividad aduanera así como sus requisitos, derechos y obligaciones; causales de suspensión y de cancelación de patente.
Instrucciones: Analice cada uno de los casos que se presentan a continuación, responda a cada una de las preguntas y fundamente su respuesta con base en la ley aduanera (LA), código fiscal de la federación (CFF) y reglas de carácter general en materia de comercio exterior (RCGMCE), vigentes.
- La empresa “Moda EBC, S.A. de C.V.”, importó 12 rollos de tela de Lino proveniente de España para su temporada otoño-invierno.
El Agente Aduanal le indicó a la empresa que seis de ellos tienen etiquetado de origen: “Made in China” y los restantes no. Sin embargo, se presenta un Certificado de Circulación EUR 1, para solicitar el trato arancelario preferencial.
La empresa solicita al Agente Aduanal que importe todos los rollos al amparo de dicho Certificado, aunque el Agente Aduanal le indica que tiene un riesgo.
- ¿Cuál es la obligación del importador con respecto al origen de las mercancías?
El importador tiene la obligación de presentar el certificado de origen en tiempo y forma que establecido.
- ¿El Agente Aduanal será responsable de cualquier omisión de contribuciones o incumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias por la declaración incorrecta del origen de las mercancías para este caso?
Sí, como lo mencionan dentro de la ley aduanera en el Art. 54 dice, “L AGENTE ADUANAL SERA RESPONSABLE DE LA VERACIDAD Y EXACTITUD DE LOS DATOS E INFORMACION SUMINISTRADOS, DE LA DETERMINACION DEL REGIMEN ADUANERO DE LAS MERCANCIAS Y DE SU CORRECTA CLASIFICACION ARANCELARIA, ASI COMO DE ASEGURARSE QUE EL IMPORTADOR O EXPORTADOR CUENTA CON LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITEN EL CUMPLIMIENTO DE LAS DEMAS OBLIGACIONES QUE EN MATERIA DE REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS RIJAN PARA DICHAS MERCANCIAS, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR ESTA LEY Y POR LAS DEMAS LEYES Y DISPOSICIONES APLICABLES”.
- El agente aduanal Sergio Sil Cruz, tramitó ante la aduana de México el pedimento de importación definitiva de 10,200 reproductores de discos compactos para la empresa “Avance Comercial, S.A. de C.V.”
Como resultado de la activación del mecanismo de selección automatizado, le corresponde reconocimiento aduanero. Durante la revisión física y documental de la mercancía importada, la aduana de México recibió por parte de la administración central de investigación aduanera el oficio 800-30-20-00-2025 en el cual se le notifica que el domicilio del importador declarado por el agente aduanal en el pedimento de importación es falso.
Responda:
- ¿El agente aduanal es responsable por dicha declaración?
No, ya que el agente aduanal no estaba enterado de la falsedad de los datos que le proporcionaron.
- ¿Qué tipo de procedimiento se le inicia a Sergio Sil Cruz en su carácter de agente aduanal? ¿cancelación o suspensión de patente?
Cancelación de patente de dicho artículo, “Fracción III”.
Casos 2. Obligaciones del importador
en el despacho aduanero
En los art. 52, 59, 59-A, 59-B y 81 de la ley aduanera, se determina, en forma general, cuáles son las obligaciones del importador en el despacho aduanero. Para conocerlas más, lo invitamos a analizar y dar respuesta a las situaciones que se presentan a continuación con fundamento en los artículos mencionados y en las reglas de carácter general en materia de comercio exterior (rcgmce) vigentes.
- Una empresa fabricante de espejos para vehículos, importa bajo el régimen temporal, para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación, piezas lunas y conectores eléctricos que se incorporan a los espejos retrovisores que se comercializan en México y en el extranjero. Sin embargo, en lo que va del año no ha registrado sus operaciones de comercio exterior en un sistema de control de inventarios en forma automatizada.
- ¿Considera que la empresa está incumpliendo sus obligaciones como importador? Si, No, ¿Por qué?
Sí, porque está incumpliendo sus obligaciones como importador, por lo que menciona el Art. 59 que “quienes importan mercancías deberán cumplir sin prejuicio las demás obligaciones previstas por esta ley”.
- ¿Cuál es la consecuencia de ello?
Como es mencionado en el Art. 59 “en caso de incumplimiento a lo dispuesto en esta fracción se presumirá que las mercancías que sean propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su presión o custodia o y las que sean engendradas por el contribuyente
- La empresa Comercial ejemplo, S.A. de C.V., se dedica a la importación de productos para el cuidado de la piel, los cuales coloca con el público en general y con diferentes distribuidores, contando para el registro de sus operaciones con máquinas registradoras de comprobación fiscal. La autoridad aduanera le practica una visita domiciliaria y solicita exhiba sus sistemas de control de inventarios, al no presentarlos, la autoridad aduanera suspende del padrón de importadores a la empresa y le impone una multa.
- ¿Considera que la actuación de autoridad aduanera tiene fundamento en el art. 59 de la Ley aduanera?
Si, No. ¿Por qué?
Sí, ya que dentro del art. 59, Fracción 1, menciona, “LLEVAR LOS SISTEMAS DE CONTROL DE INVENTARIOS EN FORMA AUTOMATIZADA, QUE MANTENGAN EN TODO MOMENTO EL REGISTRO ACTUALIZADO DE LOS DATOS DE CONTROL DE LAS MERCANCIAS DE COMERCIO EXTERIOR, MISMOS QUE DEBERAN ESTAR A DISPOSICION DE LA AUTORIDAD ADUANERA”. De igual manera en lo dispuesto en el anexo 2, “Multas y cantidades actualizadas de la Ley Aduanera y su reglamento, vigentes: Se aplicara una multa de $16,470.00 a $32,960.00 relacionada con la obligación de llevar los sistemas de control de inventarios, quienes no cumplan con lo dispuesto en la fracción I del artículo 59º de esta Ley”.
- La empresa Domitila’s Company México, importa desde 1998 diferentes mercancías para la industria de la música. Sin embargo, la semana pasada su Agente Aduanal le notificó que no podía tramitar sus pedimentos porque se está suspendida en el padrón de importadores.
El abogado investigó que la autoridad aduanera le había dado de baja por las siguientes razones:
- No contaba con la documentación que amparaba las importaciones de las mercancías.
- La administración local de servicios al contribuyente le reportó a la administración general de aduanas, que la empresa no había sido localizada en el domicilio manifestado y
- La secretaría de gobernación le indicó al SAT que el representante legal no estaba legalmente en el país.
La empresa le solicita a la autoridad aduanera el fundamento legal de todas las aseveraciones anteriores para ser suspendido del padrón de importadores, tomando en cuenta que: el representante legal nació en Veracruz, aunque es hijo de padres extranjeros, adicionalmente al cotejar el domicilio que tiene la autoridad fiscal detectó que efectivamente sí cambió de domicilio, pero, desde hace cinco años cuando se le notificó correctamente al SAT.
- Ubique el fundamento legal de las tres causales de suspensión que argumenta la autoridad.
De a cuerdo con el artículo 59º de la Ley aduanera, nos menciona que, “el importador o exportador deberá estar inscrito en el Padrón de Importadores y, en su caso, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o en el Padrón de Exportadores Sectorial que están a cargo del Servicio de Administración Tributaria, para lo cual deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como acreditar ante las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el registro federal de contribuyentes y cumplir con los demás requisitos que establezca el Reglamento y los que establezca el SAT mediante reglas”.
Transportistas y régimen de tránsito
El 1º de enero de 2002, se modificó la ley aduanera, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 129 de la ley aduanera se estableció como obligación para los importadores y exportadores, que el traslado de mercancías bajo el régimen de tránsito interno o internacional debe realizarse, a partir del 1º de mayo de 2002, utilizando los servicios de empresas inscritas en el registro de empresas transportistas, lo cual implica que únicamente se podrán utilizar los servicios de las empresas que se ubiquen en el registro mencionado.
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