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Analisis De Sagarpa


Enviado por   •  11 de Agosto de 2012  •  5.418 Palabras (22 Páginas)  •  2.237 Visitas

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ANALISIS DE LA SAGARPA

La Secretaria de Agricultura,Ganaderia Desarrollo Rural, pesca y Alimentacion, es una dependencia del poder ejecutivo federal, que tiene entre sus objetivos propiciar el ejercicio de una politica de apoyo que permita producir mejor , aprovechar mejor las ventajas comparativas de nuestro sector agropecuario , integrar las actividades del medio rural a las cadenas productivas de la economia, y estimular la colaboracion de los organizadores productores con programa y proyectos propios , asi como las metas y objetivos propuestos, para el sector agropecuario, en el plan nacional de desarrollo,

Objetivos

• Elevar el nivel de desarrollo humano y patrimonial de los mexicanos que viven en las zonas rurales y costeras.

• Abastecer el mercado interno con alimentos de calidad, sanos y accesibles provenientes de campos y mares mexicanos.

• Mejorar los ingresos de los productores incrementando la presencia mexicana en los mercados globales, vinculándolos con los procesos de agregación de valor y con la producción de bioenergéticos.

• Revertir el deteriodo de los ecosistemas, a través de acciones para preservar el agua, el suelo y la biodiversidad

• Conducir el desarrollo armónico del medio rural mediante acciones concertadas, tomando acuerdos con todos los actores de la sociedad rural y promoviendo acciones que propicien la certidumbre legal en el medio rural.

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

Artículo 35.- A la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

II. Promover el empleo en el medio rural, así como establecer programas y acciones que tiendan a

fomentar la productividad y la rentabilidad de las actividades económicas rurales;

IV. Vigilar el cumplimiento y aplicar la normatividad en materia de sanidad animal y vegetal; fomentar

los programas y elaborar normas oficiales de sanidad animal y vegetal; atender, coordinar, supervisar y

evaluar las campañas de sanidad, así como otorgar las certificaciones relativas al ámbito de su

competencia;

IX. Promover el desarrollo de la infraestructura industrial y comercial de la producción agropecuaria,

en coordinación con la Secretaría de Economía

X. Promover la integración de asociaciones rurales

XV. Proponer el establecimiento de políticas en materia de asuntos internacionales y comercio exterior

Agropecuarios

XVII. Organizar y patrocinar congresos, ferias, exposiciones y concursos agrícolas y pecuarios, así

como de otras actividades que se desarrollen principalmente en el medio rural

XVIII. Participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la determinación de los criterios

generales para el establecimiento de los estímulos fiscales y financieros necesarios para el fomento de la

producción rural, así como evaluar sus resultados;

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN

DE LAS ATRIBUCIONES Y COMPETENCIA DE LA SECRETARÍA

Artículo 1. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en lo sucesivo la Secretaría, es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones y facultades que le confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y otras leyes, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República

DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA SECRETARÍA

Artículo 2. La representación, trámite y resolución de los asuntos competencia de la Secretaría, corresponde originalmente al Secretario del Despacho.

Para el desahogo de los asuntos de su competencia, el Secretario se auxiliará de:

A. Los servidores públicos siguientes:

I. Subsecretario de Agricultura;

II. Subsecretario de Desarrollo Rural;

III. Subsecretario de Alimentación y Competitividad;

IV. Oficial Mayor, y

V. Abogado General.

Artículo 5. El Secretario tendrá las siguientes facultades no delegables:

I. Fijar, dirigir y controlar las políticas de la Secretaría, así como coordinar y evaluar las correspondientes a las entidades paraestatales sectorizadas;

II. Acordar con el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, los asuntos relevantes de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas, y desempeñar las comisiones y funciones específicas que aquél le confiera; Miércoles 25 de abril de 2012 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección).

III. Proponer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, los programas sectoriales, regionales y especiales, vigilando que dichos programas sean congruentes con el Plan Nacional de Desarrollo;

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO A LA AGRICULTURA

Artículo 18. La Dirección General de Fomento a la Agricultura tendrá las siguientes atribuciones:

I. Establecer y coordinar los comités nacionales Sistema-Producto del sector agrícola y coadyuvar al establecimiento y operación de los comités regionales y estatales, así como participar en la elaboración y actualización de los planes rectores de dichos comités;

II. Participar con organizaciones e instituciones de los sectores público, social y privado en programas que atiendan a las necesidades de los Sistema-Producto del sector agrícola, a través del diseño, implementación, vinculación y seguimiento de programas agroalimentarios;

III. Diseñar e implementar estrategias que promuevan la competitividad de los Sistema-Producto del sector agrícola, con base en sus planes rectores;

IV. Proponer y coordinar acciones para el desarrollo de los cultivos agroindustriales, básicos, hortícolas y frutales;

V. Diseñar e implementar estrategias que promuevan la constitución de asociación de productores agrícolas, así como proporcionar orientación y asesoría técnica, para la formulación de los programas y proyectos de desarrollo agrícola;

VI. Emitir opinión técnica a la Oficina del Abogado General para autorizar o negar el registro de la constitución de organizaciones agrícolas, así como para la revocación de dicho registro;

VII. Participar con las instituciones competentes en la emisión de lineamientos para la integración de asociaciones entre productores e inversionistas para el desarrollo de unidades de producción agrícola;

VIII. Fomentar con las unidades administrativas

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