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Análisis de la Marca Mucho mejor si es hecho en Ecuador


Enviado por   •  7 de Febrero de 2020  •  Ensayos  •  6.871 Palabras (28 Páginas)  •  122 Visitas

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UNIVERSIDAD METROPOLITANA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, HUMANIDADES Y EDUCACIÓN

CARRERA:                 DERECHO

CAMPUS:                 6 DE DICIEMBRE

MATERIA:                 PRÁCTICA FORENSE Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL

PROFESOR:         DR. ÁNGEL FLORES

TEMA:        MARCAS DEL ESTADO ANÁLISIS DE LA MARCA PRIMERO ECUADOR “MUCHO MEJOR SI ES HECHO EN ECUADOR”.

AUTOR:                 MIGUEL FERNANDO ABÁSOLO CHAMORRO

CÉDULA:                172080177-6

                         

PERÍODO:                No. 49

QUITO-ECUADOR

NOVIEMBRE - 2019

Índice

Marcas del Estado        1

1.        Introducción.        1

2.        Desarrollo        2

2.1.        Signos Distintivos        2

2.2.        Las Marcas.        4

2.3.        Clasificación de las Marcas.        5

2.4.        Del registro de Marcas.        9

a.        Requisitos de protección: Registro de la marca, prohibiciones, procedimiento de registro.        9

b.        De los derechos y limitaciones.        13

c.        Cancelación y renuncia del registro.        14

2.5.        Análisis de la Marca Mucho mejor si es hecho en Ecuador.        15

3.        Recomendaciones.        17

4.        Bibliografía.        18

4.1.        Fuentes consultadas.        18

1.1.        Imágenes anexas.        20

Marcas del Estado

  1. Introducción.

El presente ensayo, es el resultado de una investigación bibliográfica, desarrollada en el ámbito del Derecho de Propiedad Intelectual, sub ámbito de la Propiedad Industrial, con la finalidad de identificar la clasificación de los signos distintivos contenida en nuestra legislación, específicamente dentro del “Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación”; en la legislación internacional como es el caso de la Decisión 486 “Régimen Común de Propiedad Industrial” y en el Derecho comparado, analizando los estudios doctrinarios y jurisprudenciales del tema, a fin de establecer un tratamiento holístico de los signos distintivos y sus diversas clases especializadas, como son: la marca, nombre comercial, lema comercial, insignia comercial, indicación geográfica y denominación de origen.

El presente trabajo, presenta de una manera práctica, una diversidad de ejemplos con aplicación nacional e internacional en lo referente a los rótulos o enseñas y nombres comerciales, con el propósito didáctico de facilitar un mejor entendimiento y comprensión por parte del lector.

El problema se relaciona con el desconocimiento, que tiene la sociedad ecuatoriana, respecto de la protección y clasificación de los signos distintivos, en especial sobre los más usados a nuestro parecer que son los rótulos o enseñas y nombres comerciales, los cuales pueden ser utilizados para identificar a un negocio en específico, cuya protección se encuentra vigente en la normativa nacional e internacional de propiedad industrial, resguardando los derechos de todas las personas naturales y jurídica entre estas el Estado.

  1. Desarrollo

  1. Signos Distintivos

A simple vista resulta fácil determinar que es un signo distintivo; sin embargo, es pertinente tener un claro concepto; según la definición de tratadista “Isabel Cristina García Velasco”, en la Revista “Advocatus (2016)”, bajo el título “Los signos distintivos: implicaciones de una marca colectiva”, citando una publicación de la “Plataforma Iberoamericana de Propiedad Intelectual de Empresas”, define al signo distintivo como: “los que identifican a una empresa, productos o servicio entre los cuales se encuentran las marcas, nombre comercial, lema comercial, enseña, indicaciones geográficas, denominaciones de origen[1]”. (García Velasco, Isabel;, 2017)

Los signos distintivos, en el campo normativo, la Decisión 486, en su calidad de Régimen Común de Propiedad Industrial, reconoce la existencia de una diversidad de signos distintivos entre los que podemos encontrar a las: marcas, lemas comerciales, nombres comerciales, rótulos o enseñas, marcas colectivas, marcas de certificación, denominaciones de origen e indicaciones de procedencia[2]. (La Comisión de la Comunidad Andina, 2000); De esta última clasificación, vigente en Ecuador y los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), en el presente trabajo se desarrolla en lo referente a las marcas, y en especial a aquellas que le pertenecen al Estado ecuatoriano.

Con la finalidad de que exista una mejor apreciación en lo referente a la clasificación de los signos distintivos contenidos en la Decisión 486 “Régimen Común de Propiedad Industrial” y en nuestra normativa, específicamente en el “Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación”; procederé a mostrar la misma de manera gráfica.

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Ilustración 1 Cuadro de clasificación doctrinaria de los signos distintivos elaborado por autor, en base a Núñez 2015

Los derechos sobre los signos distintivos son maneras de obtener ventajas en la búsqueda y mantenimiento de una clientela mediante la utilización de símbolos que permitan identificar al fabricante, establecimiento, productos o el origen de estos; puesto que, los signos distintivos cumplen dentro de la economía del mercado distinguir y diferenciar productos o servicios (marcas, lemas comerciales, nombre de dominio), establecimientos de comercio (por medio de nombre comercial y enseña) o el origen, modos de producción o fabricación de productos por medio de las indicaciones geográficas.

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