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Argumento Derecho Laboral


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2015  •  Trabajos  •  392 Palabras (2 Páginas)  •  391 Visitas

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1. INTRODUCCION

De acuerdo a la argumentación dada en el caso del señor Ramiro Meneses frente a su despido sin justa causa, en este espacio se mostrara el cálculo de la indemnización que le corresponde por el tiempo laborado con sus respectivos argumentos.

Se tendrán en cuenta todas las variables de la liquidación según los datos del empleado para así definir la liquidación devengada por el tiempo laborado.

2. ARGUMENTACIÓN

En primera estancia se hace la recapitulación de las evidencias anteriores, donde se afirmó que al señor Meneses se le despidió sin justa causa de la empresa por lo que se prosiguió a hacer la liquidación de las prestaciones sociales por el tiempo estipulado; ahora en ese orden de ideas se deja claro que el señor Meneses tiene derecho a recibir una indemnización al ser despedido sin justa causa teniendo presente cuatro variables importantes: fecha de ingreso, fecha de retiro, tipo de contrato y salario.

La indemnización se realizó a partir de su salario mensual y se calculó por el tiempo que le quedaba del contrato (3 años), debido a que su despido fue el 21 de octubre del 2012, le faltaba 2 años y un día para dar terminado el contrato (22 de octubre del 2014) y según el artículo 64 del código sustantivo de trabajo: ‘El valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.’

El valor del día faltante de trabajo para el señor Ramiro Meneses, corresponde a el valor del sueldo mensual $3.500.000 sobre los 30 días del mes para dar como resultado $116.667 pesos y los 2 años faltantes corresponden a el valor del día ($116.667) por los 2 años (720 días), más 1 (el día faltante) dando como total $84.116.667 pesos que la empresa debe cancelarle al señor Ramiro Meneses por su tiempo laborado.

En conclusión se dice que si el contrato de trabajo es a término fijo, la liquidación será equivalente al tiempo que faltase por terminar el contrato, por esta razón aunque el señor Meneses llevara más de quince (15) años laborando en esa empresa su contrato era a término fijo por lo que solo tiene derecho al tiempo que faltara por devengar en ese periodo.

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