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BREVE DESCRICIÓN E INFOGRAFÍA DEL CLUB ALIANZA LIMA


Enviado por   •  9 de Abril de 2018  •  Informes  •  2.267 Palabras (10 Páginas)  •  482 Visitas

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  1. BREVE DESCRICIÓN E INFOGRAFÍA DEL CLUB ALIANZA LIMA

RUC: 20160600382[pic 3]

Razón Social: CLUB ALIANZA LIMA

Tipo Empresa: Asociación

Presidente: Renzo Ratto

Estadio: Alejandro Villanueva de la Victoria

Ubicación: Av. Isabel la Católica, 821 distrito de la victoria Lima Perú

  1. Quien es alianza lima

El Club Alianza Lima, es una institución deportiva situada en Lima Perú. Fue fundado el 15 de febrero de 1901 por jóvenes que deseaban practicar deporte. Su fecha de creación lo convierte en el club de fútbol más longevo de la Primera División peruana. Actualmente juega en la Primera División de Perú organizado por la FPF. Es considerado uno de los tres grandes del fútbol peruano y un referente del país en América, al contar con una larga tradición y rica historia, y se disputa con Universitario de Deportes la preferencia en cuanto al mayor número de aficionados en el país certificado por distintas fuentes. Hasta la fecha el club posee 22 títulos nacionales.

  1. Historia

El Club Alianza lima, se fundó el 15 de febrero de 1901 en la calle Cotabambas, en el barrio de Chacaritas, adoptaron el nombre de alianza en honor a la caballeriza Alianza, propiedad del expresidente Augusto B. Leguía, La idea era formar un club de fútbol que defendiera a la comunidad ante equipos de otros barrios. Recién a partir de 1920 existen archivos con el nombre Alianza Lima, más allá de la falta de escritos, se reconoce como fundadores a Eleodoro Cucalón, Augusto Cucalón, Eduardo Pedreschi, Wilfredo Pedreschi, entre otros. Actualmente cuenta con más de 2000 socios registrados oficialmente. El club está estructurado por un presidente, gerente, gerente de márketing, administrador, responsable del departamento de socios, jefe de contenidos, jefe de prensa entre otros.

La tragedia de ventanilla: Cuando el campeonato de 1987 concluía y parecía que el título sería aliancista, ocurrió una tragedia la más grande en la historia del club alianza Lima. El 7 de diciembre de aquel año, Alianza viajó rumbo a la ciudad de Pucallpa para enfrentarse ante el Deportivo Pucallpa, el cual fue victoria aliancista por 1 a 0 con gol de Carlos Bustamante. En su regreso a Lima, el equipo íntimo arregló con la Marina de Guerra del Perú para retornar en un vuelo chárter a bordo de un avión Fokker el 8 de diciembre. A tan sólo kilómetros de aterrizar en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, luego de constantes esfuerzos por parte del piloto, el avión cayó en el mar a la altura de la localidad chalaca de Ventanilla. El accidente se llevó la vida de 43 personas: 16 futbolistas, cinco miembros del cuerpo técnico, cuatro dirigentes, ocho barristas, tres árbitros y siete tripulantes; siendo el piloto el único sobreviviente del incidente.

  1. RESPONSABILIDAD PENAL POR EL DELITO DE FRAUDE CONTRA EL PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DEL CLUB DEPORTIVO

“ALIANZA LIMA”

El 5 de setiembre del año 2014 la Corte Superior De Justicia De Lima, condenó a Guillermo Isaac Alarcón Méndez, como autor del delito contra el patrimonio fraude en la administración de personas jurídicas, en agravio de la Asociación Civil Club Deportivo “Alianza Lima”; Oswaldo Francisco Carpio Villegas y Andrés Avelino Pujazón Morillo y del delito contra la Fe Pública-falsedad ideológica en agravio de la Asociación Civil Club Deportivo “Alianza Lima”, El estado (SUNARP) imponiéndole 5 años de pena privativa de la libertad efectiva y fijo en la suma de ciento cincuenta mil nuevos soles (S/. 150,000), por el concepto de reparación civil que deberá pagar el sentenciado por el delito contra el patrimonio-fraude en la administración de las personas jurídicas a favor de la Asociación Civil Club Deportivo “Alianza Lima”; en cincuenta mil nuevos soles (S/ 50,000), por el concepto de reparación civil que deberá pagar el sentenciado por el delito contra la fe pública-Falsedad Ideológica, a favor de la Asociación Civil Club Deportivo “Alianza Lima” y en cinco mil nuevos soles (S/ 5000) que deberá pagar a favor del Estado (SUNARP) recursos impuestos por el sentenciado Guillermo Isaac Alarcón Mendez

ANÁLISIS: En este caso real se identifica dos tipos de fraudes; el delito contra el patrimonio en la administración de personas jurídicas y el delito contra la fe pública de falsedad ideológica, a la asociación Civil del club Alianza Lima, delitos perjudiciales que afectan directamente a los asociados del club y su patrimonio; por el cual el ex presidente del club Sr. Guillermo Alarcón deberá asumir responsabilidades penales por los delitos que se le impugnan en su contra (fraude); el mismo que deberá ser penado de acuerdo a ley según artículo N° 248 del código penal de 1924.

  1. Hechos denunciados

Se imputa al encausado Guillermo Isaac Alarcón Mendez, ser el autor del delito contra el patrimonio-fraude en la administración de personas jurídicas, y del delito contra la Fe Pública-falsedad ideológica, al haberse coludido para utilizar en provecho propio el patrimonio de la Asociación Civil Club Deportivo “Alianza Lima”, donde fue elegido presidente, en la asamblea electoral de fecha 18 de abril de dos mil nueve, aprovechando que ejercían funciones directrices en la administración en representación del club, ocultando a los asociados la verdadera situación económica financiera del club, falseando los balances, utilizando un informe financiero insuficiente y sin sustento documentario de las pérdidas contables de los años 2008 y 2009, la misma que fue advertido mediante un procedimiento legítimo de la junta de calificación-fiscalización y apreciándose también la conducta dolosa y omisiva de los encausados al no realizar convocatorias a la junta directiva para informar periódicamente sobre los, manejos del club, conforme a los estatutos hechos que se imputa a los encausados como presidente a Guillermo Isaac Alarcón Menéndez y como secretario a Renzo Leonardo Chiri Márquez respectivamente, en el delito imputado, toda vez que refrendaron el acta de asamblea general extraordinaria de fecha 3 de noviembre de 2009 que son documentos públicos en la que insertaron declaraciones falsas al indicar que habrán asistido socios que en realidad no sostuvieron ni participaron, con los que finalmente lograron sus inscripción en los registros públicos como si la declaración tuviera contenido de veracidad.

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