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CONTABILIDAD II


Enviado por   •  30 de Octubre de 2013  •  4.279 Palabras (18 Páginas)  •  277 Visitas

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Acciones:

Es la mínima parte en la que está representado el capital de una empresa. Una acción es una partición indivisa, por ejemplo, si poseemos el 1% de las acciones de una empresa, no podemos determinar cuál es el 1% de la empresa que es nuestra. Sólo se sabe que es el 1% del todo. Las acciones otorgan derechos económicos a sus titulares.

Clasificación de las Acciones:

Existen diferentes tipos de acciones:

• Acciones comunes u ordinarias: Son las acciones propiamente dichas.

• Acciones preferentes: Título que representa un valor patrimonial que tiene prioridad sobre las acciones comunes en relación con el pago de dividendos. La tasa de dividendos de estas acciones puede ser fija o variable y se fija en el momento en el que se emiten

• Acciones de voto limitado: Son aquellas que solo confieren el derecho a votar en ciertos asuntos de la sociedad determinados en el contrato de suscripción de acciones correspondiente. Como compensación, estas acciones suelen ser preferentes o tienen derecho a un dividendo superior a las acciones ordinarias.

• Acciones convertibles: Son aquellas que tienen la capacidad de convertirse en bonos y viceversa, pero lo más común es que los bonos sean convertidos en acciones.

• Acciones de industria: Establecen que el aporte de los accionistas sea realizado en la forma de un servicio o trabajo.

• Acciones liberadas: Son aquellas que son emitidas sin obligación de ser pagadas por el accionista, debido a que fueron pagadas con cargo a los beneficios o utilidades que debió percibir éste.

• Acción propia: Acción cuyo titular es la propia entidad emisora.

• Acciones con valor nominal: Son aquellas en que se hace constar numéricamente el valor del aporte.

• Acciones sin valor nominal: Son aquellas que no expresan el monto del aporte, tan solo establecen la parte proporcional que representan en el capital social.

Derechos que otorgan las acciones:

El titular de las acciones debe manifestar su voluntad de ejercer los derechos para que sean reconocidos como tales.

1. Derechos políticos:

Asistir a la asamblea: La asamblea de accionistas es el órgano supremo de la sociedad. Los titulares de acciones pueden reunirse en asambleas generales, a la que pueden concurrir todos los accionistas, o en asambleas especiales, a la que concurren solo los titulares de cierta clase de acciones. En las asambleas generalmente se brinda un informe de la marcha de la empresa y la situación actual, se mencionan los objetivos para el futuro, se aprueba o no la gestión de los directores y se decide la distribución de utilidades. Todos los socios tienen derecho a asistir a la asamblea ordinaria aunque sólo tengan una acción.

Votar en la asamblea: Cuando la asamblea debe tomar una decisión de acuerdo a lo que opinen los socios, los accionistas pueden votar. El peso de cada accionista dependerá de la cantidad de acciones que posea.

Pedir información adicional: Los socios tienen derecho a examinar los libros y documentos sociales, cuando no existe sindicatura. En general, existe una cantidad de síndicos que fiscalizan la legalidad de los actos del directorio en nombre de los accionistas.. Los accionistas que tengan mas de un cierto porcentaje de acciones (por ejemplo, mas del 2,5%), pueden exigir información adicional, y los síndicos están obligados a contestarles.

Poder ser elegidos como directores: Generalmente se exige tener una mínima porcentaje de acciones, por ejemplo 5%.

Receso: El accionista, como condición de socio, no puede simplemente exigir que le devuelvan su dinero cuando no desea ser más socio, sino que vende sus acciones. Pero existe un caso en el que el accionista puede vender sus acciones a la propia empresa, cuando las condiciones originales por las cuales nos asociamos con la empresa han cambiado en forma sustancial y objetiva, por ejemplo, cuando la mayoría de los accionistas decide que la empresa no cotizará más en la bolsa.

2. Derechos Económicos:

Los derechos económicos que otorgan las acciones son independientes de la cantidad de acciones que tengamos.

Cobrar dividendos: Percibir el porcentual de las utilidades generadas por la empresa. Las compañías deciden cuándo se realizará el pago de dividendos, aunque generalmente el pago es cada tres meses. También pueden pagarse dividendos una vez al año o cada seis meses. Para ejercer este derecho, el accionista debe manifestar su deseo de cobrar los dividendos, sino no lo hace, generalmente 90 días después se devuelve a la empresa la porción que no ha sido reclamada.

Derecho a reconocimiento por un ajuste integral del capital: Un ajuste integral del capital sucede cuando se produce una reexpresión del patrimonio neto al inicio del primer ejercicio de aplicación. La diferencia entre el capital social reexpresado en moneda de cierre y el capital social sin reexpresar se expondrá en una cuenta llamada "Ajuste del Capital".

Derecho de suscripción preferencial: Ante un aumento del capital, el accionista tiene derecho a comprar la cantidad de acciones nuevas que necesite para mantener su participación en la compañía. Es decir, una empresa tiene 100 acciones, del las cuales yo tengo 5, y esta decide aumentar su capital emitiendo 40 nuevas acciones, tengo derecho a comprar hasta el 5% de las nuevas acciones emitidas, es decir, tengo derecho a comprar dos de las nuevas 40 acciones.

Derecho a acrecer: Es el derecho que tienen los accionistas que ejercieron el derecho de suscripción preferencial, a aumentar su participación en el capital accionario, comprando las acciones que cuyo derecho de preferencia no fue ejercido. Luego del derecho de preferencia y el derecho a acrecer, cualquier accionista puede aumentar su participación accionaria, pero en igualdad de condiciones que el público que no es actualmente socio de la empresa. La preferencia normalmente no significa que se tenga acceso a un precio preferencial por ser socio de la empresa, sino que significa una prelación en el tiempo para comprar las acciones.

3. Derechos patrimoniales:

Los derechos patrimoniales son una clasificación dentro de los derechos subjetivos. Son susceptibles de tener un valor económico y se contraponen a los derechos extrapatrimoniales (derechos personalísimos o derechos de la personalidad y derechos de familia)

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