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CREACIÓN DE EMPRESA

diana192813 de Mayo de 2014

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PRACTICA EMPRESARIAL

SOCIEDAD COLECTIVA

DIANA MARCELA SIERRA

ALEJANDRA BUSTOS SANTA

MARTHA LORENA PUENTES

UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO

PROGRAMA DE CONTADURIA PÚBLICA

2014

PRACTICA EMPRESARIAL

SOCIEDA COLECTIVA

DIANA MARCELA SIERRA

ALEJANDRA BUSTOS SANTA

MARTHA LORENA PUENTES

PROFESOR:

HUGO ALEXANDER MUÑOZ

UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO

PROGRAMA DE CONTADURIA PÚBLICA

2014

TABLA DE CONTENIDO

1º. Introducción

2º. Objetivos

3º. Definición de Constitución de una Sociedad Colectiva.

4º. Requisitos para su Constitución de una Sociedad Colectiva

5º. Estatutos de la Sociedad Colectiva ¨ Diseño de Hogar Sierra & Cia. S.C¨

6º. Requisitos para la inscripción de la Sociedad Colectiva en la Cámara de Comercio

7º. Requisitos para la inscripción de la Sociedad Colectiva en la DIAN.

8º. Requisitos de funcionamiento de la Sociedad Colectiva.

INTRODUCCIÓN

Este trabajo lo realizamos con el pleno convencimiento de que al hacer el simulacro de creación de una empresa conoceríamos más a fondo los obstáculos a los que nos debemos enfrentar cuando decidimos ser empresarios.

También nos ayuda a identificar los beneficios y los requisitos legales para su constitución y mediante que ley se rige la creación de una sociedad colectiva.

OBJETIVOS

1º. Conocer los requisitos legales de constitución de una sociedad colectiva

2º. Realizar los estatutos de la sociedad colectiva.

3º. Identificar los pro y los contra de una sociedad colectiva.

4º. Conocer la clasificación del capital social.

6º. Identificar las responsabilidades de los socios.

DEFINICIÓN DE CONSTITUCIÓN

SOCIEDAD COLECTIVA

Según el articulo de 110 del Código de Comercio se constituye por escritura publica, Sin embargo el articulo 22 de la ley 1014 de 2006 señala que las sociedades, cualquiera que fuera su tipo, podrán constituirse por documento privado, siempre que cuenten con una planta de personal que no supere los 10 trabajadores o que sus activos totales sean por valor inferior a 500 smmlv.

REQUISITOS DE CONSTITUCIÓN

SOCIEDAD COLECTIVA

La constitución de la sociedad se formaliza a través de escritura pública, que será inscrita en el Registro Mercantil, momento en el que ésta adquiere su personalidad jurídica.

En la escritura de constitución de la sociedad colectiva se deberá expresar:

• El nombre, apellidos y domicilio de los socios.

• La razón social.

• El nombre y apellidos de los socios a quienes se encomiende la gestión de la compañía y el uso de la firma social.

• El capital que cada socio aporte en dinero efectivo, créditos o efectos, con expresión del valor que se dé a éstos o de las bases sobre las que haya de hacerse su valoración.

• La duración de la sociedad.

• Las cantidades que, en su caso, se asignen a cada socio gestor para sus gastos particulares.

• Los demás pactos lícitos que los socios estimen convenientes.

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD COLECTIVA

CAPITULO PRIMERO

NOMBRE, ESPECIE, DOMICILIO, OBJETO

Y DURACIÓN DE LA SOCIEDAD

Art. 1o. La sociedad girará bajo la razón social Diseño de Hogar Sierra & Cia. S.C, tendrá el carácter de sociedad regular colectiva de comercio, con domicilio principal en la ciudad de Neiva , Departamento del Huila, República de Colombia, pero ella se reserva la facultad de mudar su domicilio y de darse otro u otros, así como también la de crear sucursales y agencias en otros lugares dentro o fuera del país.

Art. 2o. El objeto social versará primordialmente sobre: Comercialización de cortineria importada y elaboración de acabados en obra blanca.

Art. 3o. La sociedad durará por el término de (30) años, contados a partir del día primero de enero del corriente año, fecha desde la cual inició operaciones esta Sociedad, término que podrá ser prorrogado o darse por expirado antes de su vencimiento, en las condiciones y mediante el lleno de los requisitos en los presentes estatutos.

CAPÍTULO SEGUNDO

CAPITAL Y SOCIOS

Art. 4o. El capital de la sociedad es de CIIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS MCTE ($150.000.000) moneda legal colombiana, el cual para todos los efectos que fueren necesarios se considera representado o dividido en trescientas cuotas o acciones con valor nominal de QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000.oo) Cada una aportados y pagados por los consocios en dinero en efectivo…………………………………………..

Asi…………………………………………………………………………………………

Nombres Del Socio No. Cuotas Valor Total

DIANA MARCELA SIERRA 100 $50.000.000.oo

MARTHA LORENA PUENTES 100 $50.000.000.oo

ALEJANDRA BUSTOS SANTA 100 $50.000.000.oo

_____ ______________

300 $150.000.000.oo

CAPÍTULO TERCERO

DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD

Art. 5o. La sociedad tiene los siguientes órganos de dirección y administración:

A) La Asamblea General de Socios;

B) La Junta Directiva; y

C) Un Gerente General, un Gerente Administrativo y un Gerente de Ventas.

PARÁGRAFO. La disposición de este artículo obedece a la delegación expresa e irrevocable que la totalidad de los Socios hace de las facultades directivas y administrativas que de derecho les corresponden a todos y cada uno de ellos, a favor de los expresados organismos.

Art. 6o. La Administración, Representación y uso de la razón social, por delegación expresa de los socios, corresponde al Gerente General, al Gerente Administrativo y al Gerente de Ventas, quienes a este efecto podrán obrar conjuntamente o separadamente. Esta delegación, que obliga igualmente a los causahabientes de los socios a cualquier título, no se opone a que la Gerencia General, la Gerencia Administrativa y la Gerencia de Ventas queden sometidas, en cuanto a la Representación y Administración de la Sociedad, a lo prescrito en los estatutos de la Compañía.

CAPÍTULO CUARTO

ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS

Art. 7o. La Asamblea General de Socios se compone de todos los socios de la compañía y a ella corresponden la plenitud de las facultades directivas y dispositivas, cuyo ejercicio queda sometido a las reglamentaciones contenidas en los estatutos de la Compañía.

Art. 8o. La Asamblea General de Socios se reunirá en forma ordinaria cada seis (6) meses en el domicilio social de la Empresa, en la fecha y hora que determine el Gerente General, mediante aviso dado por escrito a los socios con cinco (5) días de anticipación por lo menos. También se reunirá extraordinariamente, en cualquier tiempo, en el domicilio social de la Empresa o en el que de común acuerdo determinen los socios, por convocatoria hecha por la misma Asamblea, o por la Junta Directiva, o por uno de los Gerentes o por un número de socios que representen las dos terceras partes del capital social, en este evento.

La convocatoria deberá hacerse por escrito y con anticipación no menor de diez (10) días a la fecha fijada para su reunión.

Art. 9o. Las reuniones de la Asamblea General de Socios serán presididas por el Gerente General cuando éste sea socio de la Compañía, y a falta de éste o si no tiene el carácter de socio, por la persona que designa los concurrentes. A cada socio le corresponderán tantos votos o cuantos derechos o partes posea en la Sociedad. Actuará como secretario, la persona que designe el Presidente.

PARAGRAFO. Las deliberaciones, resoluciones y, en general, todas las actuaciones de la Asamblea General, se harán constar en un libro de actas previamente registrado en la Cámara de Comercio de la ciudad de Neiva y cada acta será autenticada con la firma del Presidente y del Secretario.

Art. 10o. Constituirá quórum para deliberar

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