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Conflictos: Conciliación, Arbitraje, Mediación, Proceso Judicial.

fernando29 de Abril de 2015

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Conciliación. Es una forma directa y civilizado de solucionar conflictos o diferencias que surjan entre las personas por virtud de una relación contractual o de otra naturaleza, que sea susceptible de la transacción o desistimiento y en la cual la definición de la situación corresponde a las partes, quienes a través de la mediación de un tercero experto e imparcial que propicia un espacio de dialogo, puede lograr un acuerdo amistoso y de mutuo beneficio con pleno afecto jurídico.

Implica la intervención de un tercero en el conflicto quien actúa como moderador. Resulta un acta de conciliación

En el Perú existe una ley de conciliación para asuntos comunes no laborables.

Pasos:

Verificación formal de la solicitud.

Citaciones a las partes y al conciliador.

Celebración de la audiencia.

Dirección de la audiencia.

Finalización de la audiencia.

Revisión y registro del acto.

Ventajas:

Evitar pleitos.

Rapidez.

Pleno validez.

Informalidad.

Economía.

Arreglo directo.

Privacidad.

Normativa aplicable a la conciliación extrajudicial.

Arbitraje:

Es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos hoy en día utilizando frecuentemente, y principalmente en aquellas disputas surgidas en el marco de grandes operaciones y donde la resolución de dicha controversia tiene importantes repercusiones tanto económicas como a nivel social.

Es un mecanismo de solución de conflictos, mediante el cual dos partes enfrentadas por una controversia deciden recurrir a un efecto llamado arbitro quien dará solución definitiva del conflicto, los árbitros son personas especializadas en el tema materia del conflicto.

El arbitraje es un procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal de varios árbitros que dictan una decisión sobre la controversia que es obligatoria para las partes. Al escoger el arbitraje, las partes optan por un procedimiento privado de solución de controversias en el lugar de acudir ante los tribunales.

Clases de Arbitraje:

Nacional e internacional.

Ad Hoc o institucional.

Administración, común, laboral.

De conciencia de derecho.

Características del arbitraje:

El arbitraje es consensual.

Un proceso de arbitraje únicamente puede tener lugar si ambas partes lo han logrado acordado, en el caso de controversia futuras que pudieran derivarse de un contacto, las partes incluyen una cláusula de arbitraje en el contrato, una controversia existente puede someterse a arbitraje mediante un acuerdo de sostenimiento entre las partes. A diferencia de la mediación, una parte no puede retirarse unilateralmente de un proceso de arbitraje.

Ventajas del Arbitraje:

Ahorro de tiempo y dinero en comparación con un proceso judicial.

Los árbitros son profesionales calificados e imparciales.

El laudo tiene los mismos efectos que una sentencia judicial firme es decir, es decir es de obligatorio cumpliendo para ambas partes.

Mediación:

Es un concreto medio de solución alternativa de conflictos siendo un mecanismo alternativo al judicial caracterizado por la intervención de una tercera persona (mediador) cuyo objetivo es facilitar la avenencia y solución dialogo entre las partes enfrentadas, tratando de lograr que estos logren una solución satisfactoria y voluntaria el mediador participa como facilitador en la resolución de la controversia ya que es la persona que recoge inquietudes, traduce estados de ánimo, y ayuda a las partes a confrontar sus pedidos con la realidad.qiuen actúa como moderador para facilitar la comunicación.

Características:

Al mediador

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