Contrato Colectivo
hua21carmona26 de Noviembre de 2014
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Introducción
El contrato colectivo de trabajo, también conocido como convenio colectivo de trabajo, es un tipo especial de contrato que se realiza entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de los empleadores, tiene por finalidad la regulación de las condiciones de trabajo y demás aspectos asociados con las relaciones laborales, el establecimiento de medios para la solución de los conflictos y, en general, la protección de los trabajadores y sus familias, en función del interés colectivo y del desarrollo económico y social de la Nación.
Contratación colectiva
La Convención Colectiva de Trabajo como también es conocido la contratación colectiva es aquella que se celebra entre uno o varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, de una parte, y uno o varios sindicatos o asociaciones de patronos, de la otra, para establecer las condiciones conforme a las cuales se debe prestar el trabajo y los derechos y obligaciones que correspondan a cada una de las partes.
La convención colectiva tiene por propósito la regulación de las condiciones de trabajo en sentido amplio y demás aspectos vinculados con las relaciones laborales, el establecimiento de medios para la solución de las disputas y, en general, la protección de los trabajadores y sus familias, en función del interés colectivo y del desarrollo económico y social de la Nación.
Tipos de convenciones colectivas
Las convenciones colectivas también rigen para los trabajadores no sindicalizados. Una vez vencida la convención y no negociada una nueva, éste se prorroga por otro periodo igual al establecido.
Las convenciones colectivas pueden ser de varios tipos:
• Contrato colectivo de trabajo: en él, el sindicato se obliga a título personal. Es un contrato por equipos.
• Convención colectiva de empresa o regional: en la de empresa, se afecta solamente un determinado centro de producción; en la regional, toda una industria determinada o una región.
Características de la Convención Colectiva
• Es solemne, porque la ley establece que el sindicato que solicite celebrar una convención colectiva presentará por ante la Inspectoría del Trabajo el proyecto de convención, y ese depósito en la Inspectoría de la jurisdicción es la que le dará plena validez a partir de la fecha y hora de su depósito servir bajo los efectos legales.
• Es bilateral, ya que crea una relación contradictoria de la cual surgen obligaciones de hacer o no hacer o de dar a cargo de ambas partes.
• Es oneroso, porque cada parte recibe de las otras prestaciones sucesivas, inmediatas o futuras.
• Según establece la Ley Orgánica del Trabajo, esta convención no podrá efectuarse en condiciones menos favorables para los trabajadores que las contenidas en los contratos de trabajo actuales.
• Es una convención colectiva donde la parte que representa a los trabajadores debe ser un sindicato o una federación o confederación sindical de trabajadores.
Base constitucional
La Constitución de Venezuela entrega el derecho de todos los trabajadores, tanto del sector público como del privado a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo sin más requisitos que lo que establece la Ley.
El Estado debe garantizar el desarrollo de la convención colectiva y establecer lo conducente para favorecer las relaciones colectivas y solución de los conflictos laborales. La convención colectiva debe amparar a todos los trabajadores al momento de su suscripción como igualmente a los que ingresen posteriormente.
La convención colectiva no puede establecer condiciones menos favorables
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