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Cuestionario Legislacion Aduanera Aplicada


Enviado por   •  26 de Marzo de 2014  •  1.230 Palabras (5 Páginas)  •  475 Visitas

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Preguntas

1. ¿Quiénes son los sujetos legitimados para promover el despacho aduanero?

2. ¿Cuál es su participación dentro del despacho aduanero?

3. ¿Cuáles son los requisitos de inscripción en el padrón de importadores y las causes de suspensión y cancelación?

4. ¿Cuáles son los requisitos de inscripción en el padrón de exportadores sectorial?

Respuestas

1. Según el manual e procedimientos de operación aduanera los usuarios legitimados para actuar ante la aduana son:

a. Agente aduanal adscrito a la aduana de que se trate;

b. Persona física o moral que promueva por conducto de apoderado aduanal;

c. Agente o apoderado aduanal autorizado para actuar ante aduanas distintas a la de su adquisición en los términos del artículo 161 de la ley aduanera, y

d. Agente o apoderado aduanal que promueve el régimen de transito interno ante la aduana distinta a la de su adquisición, o agente aduanal que promuevo el régimen de tránsito internacional ante aduana distinta a la de su adquisición.

*apoderados aduanales se derogaron en la reforma de la ley aduanera del año en curso.

2.

ARTICULO 36-A. Para los efectos del artículo 36, en relación con el artículo 6o. de esta Ley, y demás

aplicables, los agentes aduanales y quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional

para destinarlas a un régimen aduanero, están obligados a transmitir en documento electrónico o digital

como anexos al pedimento, excepto lo previsto en las disposiciones aplicables, la información que a

continuación se describe, la cual deberá contener el acuse generado por el sistema electrónico aduanero,

conforme al cual se tendrá por transmitida y presentada:

I. En importación:

a) La relativa al valor y demás datos relacionados con la comercialización de las

mercancías, contenidos en la factura o documento equivalente, cuando el valor en

aduana de las mismas se determine conforme al valor de transacción, declarando el

acuse correspondiente que se prevé en el artículo 59-A de la presente Ley.

b) La contenida en el conocimiento de embarque, lista de empaque, guía o demás

documentos de transporte, y que requiera el Servicio de Administración Tributaria

mediante reglas, declarando el acuse respectivo que se prevé en el artículo 20, fracción

VII de la presente Ley.

c) La que compruebe el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias a

la importación, que se hubieran expedido de acuerdo con la Ley de Comercio Exterior,

siempre que las mismas se publiquen en el Diario Oficial de la Federación y se

identifiquen en términos de la fracción arancelaria y de la nomenclatura que les

corresponda conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y

de Exportación.

d) La que determine la procedencia y el origen de las mercancías para efectos de la

aplicación de preferencias arancelarias, cuotas compensatorias, cupos, marcado de país

de origen y otras medidas que al efecto se establezcan, de conformidad con las

disposiciones aplicables.

e) La del documento digital en el que conste la garantía efectuada en la cuenta aduanera de

garantía a que se refiere el artículo 84-A de esta Ley, cuando el valor declarado sea

inferior al precio estimado que establezca la Secretaría.

En el caso de mercancías susceptibles de ser identificadas individualmente, la información

relativa a los números de serie, parte, marca, modelo o, en su defecto, las especificaciones

técnicas o comerciales necesarias para identificar las mercancías y distinguirlas de otras

similares, cuando dichos datos existan. Esta información deberá consignarse en la

información transmitida relativa al valor y demás datos de comercialización

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