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DERECHO LABORAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA


Enviado por   •  14 de Octubre de 2014  •  694 Palabras (3 Páginas)  •  553 Visitas

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Hoy en día el derecho laboral es uno de los más protegidos e importantes, debido a que en un gran número de casos se puede atentar contra la integridad de una persona a nivel laboral. Por esta razón es importante reconocer los derechos y deberes que tenemos los colombianos como trabajadores y saber que estos están reglamentados mediante la Constitución Política de Colombia.

A continuación se dan a conocer algunos artículos de la constitución en los cuales se mencionan derechos y deberes a nivel laboral.

Principalmente el trabajo no es solo un derecho de todos los colombianos sino también es una obligación social, sin embargo cada persona puede escoger con libertad la profesión que quiera ejercer y esta se debe certificar legalmente con títulos y diplomas.

ARTICULO 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

ARTICULO 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social. Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de éstos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles.

El Estado y los empleadores deben garantizar las condiciones mínimas para que sus trabajadores puedan ejercer su profesión libremente.

ARTICULO 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.

También es de vital importancia reglamentar la relación empleado-empleador y generar medios para la solución de conflictos laborales.

ARTICULO 55. Se garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales, con las excepciones que señale la ley. Es deber del Estado promover la concertación y los demás medios para la solución pacífica de los conflictos colectivos de trabajo.

Los trabajadores deben poder reclamar en caso de que vean vulnerados sus derechos, por esta razón en la constitución también se garantiza la posibilidad de que los empleados utilicen diferentes medios para protestar.

ARTICULO 56. Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador. La ley reglamentará este derecho. Una comisión

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