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Deficiencias para considerar un hecho en otros asuntos del dictamen en auditoria presupuestal gubernamental

luis.emilianoInforme9 de Junio de 2023

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DEFICIENCIAS SIGNIFICATIVAS RELACIONADAS CON ASPECTOS PRESUPUESTALES

  1. CON RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 330-2022-MCD.A DE FECHA 10 DE OCTUBRE DE 2022, EL ALCALDE DE LA GESTIÓN 2018 A 2022, APROBÓ UNA MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL 2023, PARA SITUACIONES DE PREVISIONES PRESUPUESTALES DE PROYECTOS INSTITUCIONALES POR EL MONTO DE S/ 8,621,476. MODIFICACION QUE NO ES CONCORDANTE CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 41 y 45 DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1440 DECRETO LEGISLATIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PUBLICO.

Condición

De acuerdo a nuestro examen del marco legal de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación presupuestal hemos determinado que con Resolución de Alcaldía N° 330-2022-MDC.A de fecha 10 de octubre de 2022, el alcalde de la gestión 2018 a 2022, aprobó una modificación del presupuesto institucional 2023, para situaciones previsiones presupuestales de proyectos institucionales por el monto de s/ 8,621,476. modificación que no es concordante con lo dispuesto en el artículo 41 del decreto legislativo N° 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Mediante Resolución de Alcaldía N° 489-2022-MDC.A de fecha 29 de diciembre de 2021, se promulga el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2023 de la Entidad, por un monto de S/ 132,541,875, el cual fue registrado en el MODULO DE PROGRAMACION PRESUPUESTAL con fecha de cierre el 22 de JUNIO DE 2022. Mediante Acuerdo de Consejo N° 087-2022-MCD de fecha 29 de diciembre de 2022 se aprueba el PIA 2023 conforme a lo registrado en el modulo de Programación Multianual por un monto de S/ 132,541,875.

El 10 de octubre de 2010, mediante Resolución de Alcaldía N° 330-2022-MDC.A se aprueba la MODIFICACION DE LA PROGRAMACION PRESUPUESTAL DE INVERSIONES 2023, considerando los proyectos priorizados por la Gerencia de Desarrollo Urbano Rural e Infraestructura, según anexo de la resolución el cual se resumen:

Detalle

Importe S/

Programación Presupuestal de Inversiones 2023 (PIA)

13,664,779

Saldos liberados / Priorizados 2023

  • Anulación

(5,478,719)

  • Habilitación

5,478,719

Nuevo PIM 2023

13,664,779

Donde se incluye las siguientes obras, para los cuales se solicita las previsiones presupuestales para el año 2023:

CUI

PROYECTO

CCR ASOCIADO

CONSTANCIA DE PREVISION

MONTO DE LA OBRA

MONTO SUPERVISION

MONTO PREVISTO

2614731

Mejoramiento servicio de movilidad urbana en la vía circundante al DREN 1308 en los tramos comprendidos entre el cementerio Parque del Recuerdo hasta la av. San José y av. Guardia Civil hasta el canal Biaggio Arbulú ; av. San José, av. Pedro Ruiz Gallo dl distrito de castilla. Meta 01 Mejoramiento del servicio de transitabilidad desde el cementerio Parque del Recuerdo hasta el limite del AH San Valentín

O0002

2,083,638

2,083,638

2244636

Mejoramiento del servicio vial de las calles en el AAHH Chiclayito distrito de Castilla. I etapa: Construcción de pistas y veredas de las calles Pedro Ruiz, Luis Montero, Ignacio Merino, César Vallejo, Sánchez Arteaga, Huayna Cápac, Sinchi Roca, Talara del AAHH Chiclayito, distrito de Castilla

O0003

S0025

4,016,778

110,920

4,127,698

2412474

Mejoramiento del servicio vial de las Calles en el AAHH El Indio, Castilla. Meta: Mejoramiento del servicio vial en la calle 2 (entre el jirón 1 y el jirón 3 y entre 1 y calle S/N) y el Jr. 1 (entre calle 1y calle Las Brisas) del AAHH El Indio, distrito de Castilla.

S148

O0004

S0027

1,268,151

41,299

1,309,450

2502491

Creación del servicio recreacional del Parque entre la Calle José Melitón Rodríguez, Malecón Miraflores, Calle Oeste y pasaje 2 del AAHH Almirante Grau del distrito Castilla

S1409

O0005

S0026

569,592

31,099

600,691

2592359

Reparación de pista y vereda, en la av. Las flores dela Urb. San Bernardo, Castilla

O1118

O0014

500,000

500,000

TOTAL PREVISION PRESUPUESTAL 2023

8,438,158

183,318

8,621,476

Lo que se observa en los hechos comentados, que:

  • El 22 de junio de 2022 se cierra el modulo de programación Multianual donde se registró el PIA 2023
  • Entre las Resoluciones aprobadas por Alcaldía durante el periodo 2022 para modificar el presupuesto institucional de apertura del periodo 2022, se encontró la Resolución N° 330-2022-MDC.A, que aprueba la Modificación de la Programación Presupuestal de Inversiones 2023, con fecha 10 de octubre de 2022, y con el cual se modifica el Presupuesto Institucional de Apertura 2023 que ya se había culminado a través del Sistema de Programación Multianual el 22 de junio de 2022.
  • El PIA 2023 fue aprobado y promulgado el 29.12.2022.
  • Como lo establece el Decreto Legislativo N° 1440, en los artículos que se mencionan en el criterio de la observación, se puede indicar sobre el Presupuesto Institucional de Apertura 2023 que los montos y las finalidades de los créditos presupuestarios contenidos en los presupuestos del sector público SOLO PODRAN SER MODIFICADOS DURANTE EL EJERCICIO PRESUPUESTARIO, ES DECIR EN EL AÑO CORRESPONIENTE, MAS NO ANTES.
  • Las previsiones presupuestales se OTORGN en el caso de ejecuciones contractuales que superen el año fiscal, adicionalmente a la certificación del crédito presupuestario correspondiente al año fiscal en curso, cuyos montos de los recursos previstos deben encontrarse en el proyecto de Ley de Presupuesto del sector del año 2023, ASO QUE NO SUCEDE EN ESTAS  PREVISONES PORQUE LOS PROYECTOS, NO CONTABAN CON CREDITO PRESUPUESTARIO EN EL AÑO 2022.

Ante tal hecho, indagamos las causas y efectos que se buscaba con la Resolución N° 330-2022, detectamos esta resolución se da, porque el Gerente de Desarrollo Urbano, Rural e Infraestructura determinaron que esas obras que se incluyeron en la modificación, la buena pro se entregó en el periodo 2022 y para ello las declararon como proyectos prioritarios, tal como se muestra en el artículo primero de la Resolución.

Criterio

Esta situación trasgrede las siguientes normas:

  1. El Decreto Legislativo N° 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en sus artículos:
  1. Artículo 41 Certificación del crédito presupuestario, en sus numerales:
  • 41.4 En el caso de ejecuciones contractuales que superen el año fiscal, adicionalmente a la certificación del crédito presupuestario correspondiente al año fiscal en curso, el responsable de la administración del presupuesto de la unidad ejecutora, emite y suscribe la previsión presupuestaria, la cual constituye un documento que garantiza la disponibilidad de los recursos suficientes para atender el pago de las obligaciones en los años fiscales subsiguientes.
  • 41.5 En los procedimientos de selección cuya convocatoria se realice dentro del último trimestre de un año fiscal, y el otorgamiento de la buena pro y suscripción del contrato se realice en el siguiente año fiscal, el responsable de la administración del presupuesto de la unidad ejecutora y la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el caso de Gobiernos Locales, otorga, de forma previa a la convocatoria del procedimiento de selección, la previsión presupuestaria respecto a los recursos correspondientes al valor referencial o valor estimado de dicha convocatoria. La citada previsión debe señalar el monto de los recursos que se encuentren previstos en el proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año fiscal siguiente, que presenta el Poder Ejecutivo al Congreso de la República.
  • 41.6 En los supuestos previstos en los párrafos 41.4 y 41.5, durante los primeros treinta (30) días hábiles de los años fiscales subsiguientes, el responsable de la administración del presupuesto en la unidad ejecutora, y la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el caso de Gobiernos Locales, en coordinación con la oficina de administración del Pliego o la que haga sus veces, debe emitir la certificación de crédito presupuestario respecto de la previsión emitida en el marco de los referidos párrafos, sobre la existencia de crédito presupuestario suficiente orientado a la ejecución del gasto público en el respectivo año fiscal y en concordancia con los dispuesto en el párrafo 41.1, bajo responsabilidad del Titular del Pliego.
  1. Artículo 45 Modificación presupuestaria. Los montos y las finalidades de los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público solo podrán ser modificados durante el ejercicio presupuestario, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en el presente Subcapítulo, mediante:

1. Modificaciones en el Nivel Institucional

2. Modificaciones en el Nivel Funcional y Programático

  1. Directiva N° 0002-2022-EF/50.01 Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral N° 0005-2022-EF/50.01, en su articulo 15 Registro de la Programación Multianual Presupuestaria de Ingresos y Gastos, en su numeral 15.1 La Estructura Programática y la Estructura Funcional, las metas, las cadenas de ingresos y gastos, así como los montos de la Programación Multianual Presupuestaria deben ser registradas por los Pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el Módulo de Programación Multianual. Asimismo, conforme a los plazos establecidos en los Anexo Nº 1-A/GNyR – Cuadro de plazos de hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales y Anexo Nº 1-A/GL – Cuadro de plazos de hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria de los Gobiernos Locales, según corresponda, la que fue hasta el 22 de junio de 2022 se cerró el sistema de programación multianual 2023 – 2025.

Causa

Esta situación se origina por la necesidad de incluir las obras ya contratadas para su ejecución y que no tenían crédito presupuestario en el año fiscal 2022 y por lo que la declararon PRIORITARIOS.

Efecto

Esta situación generada por la Resolución N° 330-MDC.A, trasgrede las normas presupuestarias expuestas en el criterio de la observación como también las previsiones presupuestales institucionales por el monto de S/ 8,621,476 e implicando que se dé un desbalance presupuestal para el ejercicio 2023 porque la entidad tiene que cumplir con los contratos adquiridos por estos proyectos.

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