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Definicion de posesion


Enviado por   •  19 de Abril de 2013  •  Ensayos  •  2.129 Palabras (9 Páginas)  •  352 Visitas

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DEFINICION DE POSESION: Constituye la condición de hecho de la utilización económica de la propiedad ; que el derecho de poseer es un elemento indispensable de la propiedad; y que la posesión es la puerta que conduce a la propiedad

Clases

Según la mayoría de la doctrina se puede diferenciar entre:

1. Posesión regular u ordinaria es aquella que aúna el justo título y la buena fe.

2. Posesión irregular es aquella donde faltan uno o los dos requisitos anteriores, es decir, el justo título y la buena fe.

3. Posesión legal es la estipulada por la ley. Por ejemplo, la del heredero o la especificada en materia de vivienda de interés social.

4. Posesión efectiva es la que declara el juez que lleva la sucesión para efectos de una posesión por parte de uno de los delegatarios de la herencia.

5. Posesión definitiva es la que se deriva de una sentencia de adjudicación por el proceso de repartición

6. Posesión de buena fe la buena fe de la que hablamos en la posesión es calificada y se probará según las estipulaciones del código de derecho civil.

7. Posesión presunta es aquella que se tiene por imperio de la ley, con independencia de la voluntad y el conocimiento del poseedor, pero solo se aplica a la vivienda de interés social, cuando el arrendatario de un bien inmueble deja de pagar el canon de arrendamiento por 1 año.

ELEMENTOS DE LA POSESION:

Animus.

Elemento objetivo, de intencionalidad de

poseer. La doctrina lo asocia a la teoría de savigni y

se trata de la voluntad de poseer como dueño, como

propietario.

En nuestro ordenamiento civil, este es el elemento

que importa para la Prescripción Adquisitiva de

Dominio

- Corpus

-Elemento material, físico. Es el hecho de

la posesión, la detentacion permanente del bien.

Respecto de el, la posesión puede ser mediata, como

en el caso del arrendatario o inmediata si se trata de

del mismo propietario que pose el bien

sujetos de la posesion: Pueden poseer tanto las personas naturales como las

personas jurídicas, sin embargo como las personas pueden

poseer: o bien directamente (posesión para si ) o por

medio de otro (posesión para otro), a través de

representantes legales, mandatarios o servidores de la

posesión (art. 897).

Hay que tener en cuenta que todo ser humano tiene

capacidad de goce o de derecho, desde que nacemos así

como también adquirimos lacapacidad de ejercicio a los

18 años.

Por consiguiente no podrán poseer directa ni

indirectamente losabsolutamente incapacesbajo pena de

nulidad (C.C. art.219). Estos son los que detalla el art. 43

de nuestro Código Civil.

La regla general sin embargo admite excepciones así el

menor capaz de discernimiento puede aceptar donaciones

legado y herencias (es decir poseer) a condición de que lo

haga directamente (art. 455).

En cuanto a la posesión originaria puede el menor

adquirir determinado bienes muebles de nadie, como

piedras, conchas y análogas (art. 929).

Quiere decir que no procederá en la adquisición

posesoria contractual pero si en la originaria.

En cuanto a los sujetosrelativamente incapaces que

señala elart.44 del C.C. la posesión surtirá efectos

civiles en algunos casos, toda vez que el acto jurídico es

anulable pero no nulo (art. 221.1) Así por ejemplo el

acto de disposición de un menor de 17 años tendrá

efectos jurídicos

En síntesispara poder poseer con titulo es necesaria la

capacidad general de los actos jurídicos, es decir tener 18

años cumplidos con las excepciones aludidas

OBJETOS DE LA POSESION: El tema del objeto atañe a lo que cubre la posesión,aquello sobre lo que recae la posesión.Pueden poseerse toda clase de bienes muebles e inmuebles que se encuentren en el comercio de loshombres, es decir susceptibles de apropiación.

ADQUISICION DE LA POSESION: Cuando una persona reúne sobre un objeto el corpus (tiene la disponibilidad) y el animus (tiene la convicción de que es suya) se dice que esa persona es poseedora de esa cosa en forma independiente de si tiene sobre ella un título legítimo. En este último caso su posesión coincidirá con el dominio o propiedad sobre la misma. Todas las cosas que se hallan en el comercio pueden poseerse

No es necesario para adquirir el corpus de la cosa tener contacto con la materialidad de todo el objeto poseído.

Perdida de la posesión

Por causa con respecto a la cosa:

• Extinción del objeto 2451: Muerte, destrucción total, transformación.

• Se puso fuera del comercio 2459: Se pierde la posesión cuando la cosa sufre un cambio que la hace legalmente no ser susceptible de ser poseída por estar fuera del comercio.

• Imposibilidad física de ejercerlo 2452

Por voluntad del poseedor

• Por la tradición de la cosa sin que la misma sea en concepto

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