Derecho Mercantil En Negocios
Sathcboy729 de Marzo de 2013
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Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:
Comerciales
Industriales .
Agrícolas
Ganaderas
Pesqueras
Silvícolas
Se considera empresa la persona física o moral que realice las actividades a que se refiere este
artículo, ya sea directamente, a través de fideicomiso o por conducto de terceros; por
establecimiento se entenderá cualquier lugar de negocios en que se desarrollen, parcial o
totalmente, las citadas actividades empresariales.
Las empresas se pueden clasificar de la siguiente manera:
Sectores Económicos
El origen de su capital
Su Tamaño
Conformación de su capital
El pago de impuestos
El número de propietarios
La función social
La forma de explotación
POR SECTORES ECONOMICOS
Extractivas:
Servicios:
Comercial:
Agropecuaria
Industrial
POR SU TAMAÑO
Grande: Manufactura más de 250 empleados ; servicios más de 100
Mediana: manufactura: 100-250 servicios 50-100
Pequeña: manufactura: 10-100 servicios 10-50
Micro: manufactura: 1-10 servicios : 1-10
POR EL ORIGEN DEL CAPITAL
Público:
Privado:
Economía Mixta
POR LA EXPLOTACIÓN Y CONFORMACIÓN DE SU CAPITAL.
Multinacionales:
Grupos económicos
Nacionales
Locales
POR EL PAGO DE IMPUESTOS
Personas Jurídica: Régimen general, Régimen simplificado, Cooperativas, con fines no
lucrativos, en periodo de liquidación.
Persona física: Asalariado, Arrendador, Actividad empresarial y profesional, Actividad
empresarial régimen intermedio, Actividad empresarial REPECO, por enajenación de
bienes, por adquisición de bienes, por intereses, por obtención de premios, por dividendos
y por otros ingresos del Cap. IX del Título IV de LISR. Como Residente en el extranjero con
fuente de riqueza de territorio nacional.
Gran Contribuyente: Agrupa el mayor número de empresas con capitales e ingresos
compuestos en cuantías superiores a los miles de millones de pesos. Son las más grandes
del país.
Son considerados Grandes Contribuyentes, tales como:
• Partidos y asociaciones políticas, Instituciones de crédito, Auxiliares del crédito,
Mutualistas de seguros y fianzas, de depósito de valores, Casas de cambio,
Sociedades mercantiles controladoras, Personas morales con ingresos iguales o
mayores a 500 millones de pesos, etc. (Art. 20 apdo. B, RISAT)
POR EL NÚMERO DE PROPIETARIOS
Individuales
Unipersonales
Su nombre debe ser una denominación o razón social, seguida de la expresión "Empresa
Unipersonal" o de la sigla "E.U", si no se usa la expresión o su sigla, el contribuyente
responde con todos sus bienes aunque no estén vinculados a la citada empresa.
Sociedades: Todas para su constitución exigen la participación como dueño de más de una
persona lo que indica que mínimo son dos (2) por lo general corresponden al régimen
común.
POR LA FUNCIÓN SOCIAL
Con Ánimo de Lucro
Sin Ánimo de Lucro
Economía Solidaria
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