Derecho Mercantil.
saarrrrraEnsayo20 de Mayo de 2014
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Derecho Mercantil
Desde el 1º de diciembre de 1916 se inició el Congreso constituyente que dio origen a la Carta Magna del 5 de Febrero de 1917 y desde los primeros días de enero y durante 12 días estuvieron trabajando los diputados creando el artículo 123 de manera tal que se acabaran las preferencias para los patrones y se tuvieran condiciones dignas con jornadas justas de trabajo.
El artículo 123 Constitucional tiene su origen en la Constitución de 1917, y fue reformada en los años de 1930, 1970 y 1980, se divide en dos apartados, el apartado "A" que regula las relaciones laborales entre trabajadores y patrones en general, su ley reglamentaria es la Ley Federal del Trabajo, y el apartado "B" que regula las relaciones laborales burocráticas, que se regulan por la Ley Federal Burocrática en el caso delos trabajadores de la federación y las Leyes Burocráticas de las Entidades Federativas. El artículo 123 Constitucional contiene las normas que regulan el procedimiento laboral ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje y Los Tribunales Burocráticos, las normas sustantivas contienen los derechos en materia de estabilidad en el empleo, vacaciones, salario mínimo, aguinaldo y las condiciones laborales en general.
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.
BASES A CONSIDERAR EN LAS RELACIONES DE TRABAJO
Duración de la jornada de trabajo máximo de 8 horas
Duración de la jornada de trabajo nocturno 7 horas
Quedan prohibidas las labores insalubres o peligrosas, trabajo industrial nocturno
Prohibido el trabajo a menores de 16 años después de las 10 de la noche
Prohibido el trabajo a menores de 14 años
Jornada máxima para los menores de 16 y mayores de 14 es de 6 horas
Por cada 6 días de trabajo disfrutara 1 día de descanso cuando menos
Las mujeres embarazadas no deberán realizar trabajos que exijan un esfuerzo considerable
Las mujeres embarazadas gozaran forzosamente de un descanso de 6 semanas antes del parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario integro, además de conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. Además en el periodo de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos
Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplican en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales.
Los salarios mínimos deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para promover a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijaran considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas.
Para trabajo igual deberá corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo o nacionalidad
El salario mínimo queda exceptuado de embargo, compensación o descuento.
Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas.
La ley podrá exceptuar de la obligación de repartir utilidades a las empresas de nueva creación durante un numero determinado y limitado de años a los trabajos de exploración y a otras actividades cuando lo justifique su naturaleza y condiciones particulares.
El derecho de los trabajadores en las utilidades no implica la facultad de intervenir en la dirección o administración de las empresas
El salario
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