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DERECHO MERCANTIL


Enviado por   •  28 de Mayo de 2014  •  1.779 Palabras (8 Páginas)  •  684 Visitas

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Tema 1. EL DERECHO MERCANTIL EN EL SISTEMA JURIDICO

EL CONCEPTO DE DERECHO MERCANTIL.

Definición del Derecho Mercantil.

Derecho mercantil: Es el conjunto de normas jurídicas que regulan los actos de comercio, legalmente calificados como tales, a los comerciantes en el ejercicio de su profesión; y aquellos actos que por disposición de la Ley, se reputan actos de comercio.

Garrigues, con referencia al derecho español, dice que es el que regula los actos de comercio pertenecientes a la explotación de de industrias mercantiles organizadas y los realizados ocasionalmente por comerciantes y no comerciantes que el legislador considera mercantiles, así como el estatuto del comerciante individual y social y los estados de anormalidad en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Heinsheimer considera al derecho mercantil como el derecho privado especial de los comerciantes.

Ya se indico dentro del concepto estricto, y al mismo tiempo usual, de derecho mercantil no se incluyen todas las normas referentes al comercio. En efecto, no se considera que formen parte de el:

a) Los preceptos que regulan las relaciones entre el comerciante y sus trabajadores, y que pertenecen al derecho del trabajo o derecho laboral.

b) Las leyes que regulan la actividad del estado encaminada a fomentar vigilar, proteger y encauzar el comercio y la industria, y que forman parte del derecho administrativo.

c) Las disposiciones que gravan con impuestos al comercio, y que se incluyen en el derecho fiscal.

d) Las sanciones a los delitos cometidos por los comerciantes o con ocasión de actos de comercio, y que quedan comprendidos dentro del derecho penal.

e) Las reglas sobre el comercio entre los ciudadanos de diversos estados, etc., Y que son un fragmento del derecho internacional.

Relaciones entre el Derecho Civil y el Mercantil.

El derecho civil y el mercantil forman lo que tradicionalmente se ha venido llamando derecho privado; prescindo de toda decisión sobre el valor científico de esta categoría, para señalar la indudable afinidad de ambas ramas del derecho, la cual plantea el problema de sus relaciones mutuas. En el derecho mercantil se encuentran instituciones desconocidas en el campo civil; tiene sentido considerar las normas que las regulan como excepciones a una regla general que no existe. Por último, el derecho mexicano, el distinto carácter de una y otra rama del derecho es una razón mas para rechazar la naturaleza excepcional del derecho mercantil; si este es federal y aquel local, no puede concebirse como la excepción a una regla que no es de la competencia del mismo legislador el formular. Pese a la autorizada opinión de Rocco, si es posible distinguir entre derecho excepcional y derecho especial, el primero supone una o varias normas de excepción, aplicables algunos casos dentro del ámbito general de una rama del derecho ; el segundo es el acotamiento de un campo dentro del cual rige un sistema propio de normas jurídicas. Tal es el caso del derecho mercantil. En verdad el derecho mercantil debe ser considerado como un derecho especial que tiene un campo de aplicación que determina el propio sistema mediante las correspondientes normas delimitadoras.

EL PROBLEMA DE LA AUTONOMIA DEL DERECHO MERCANTIL.

Diversos aspectos de la autonomía del Derecho Mercantil.

Como las historia y el derecho comparado muestran que la diversidad entre el derecho civil y el derecho mercantil no se han manifestado constantemente a través de los siglos ni existe en todos los pueblos , ya que si a veces si rige un sistema de instituciones comerciales diverso y paralelo al de las instituciones civiles, en otras un solo sistema de normas regula las relaciones entre los particulares, sin calificarlas de civiles o de mercantiles , se ha hecho problema de la autonomía del derecho mercantil.

La polémica sobre la fusión de la legislación civil y la mercantil.

Cesar Vivante, alzo la voz para declarar históricamente superada la necesidad de separar la legislación civil de la mercantil y propugnar la difusión de ambas ramas del derecho privado; Vivante encontró buen número de partidarios, pero también suscito ardiente oposición.

Los tribunales mercantiles.

El sistema de tribunales mercantiles que en toda controversia surgida del comercio hay aspectos técnicos que pueden ser apreciados mejor por el comerciante que por el jurista; pero lo cierto es que, en la mayoría de los juicios referentes al comercio; se plantean solo problemas jurídicos , y en ellos el lego en derecho no debe tener injerencia alguna. Además, los colegas comerciantes que integran el tribunal mercantil no pueden ser peritos sino en una o pocas ramas del comercio: de ninguna utilidad puede ser el experto en derecho marítimo si se trata de resolver un problema de seguro de vida, o viceversa. Cuando El juez letrado haya menester de que se le ilustre sobre un aspecto técnico-comercial del negocio sometido a resolución, puede y debe hacer lo mismo que cuando necesite conocimientos médicos, arquitectónicos, etc.: solicitar un examen pericial. Si la presencia de comerciantes en el tribunal no trae en verdad beneficios, si puede originar perjuicios: la colegialidad del tribunal retarda el procedimiento, máxime cuando los cargos son solamente honorarios.

Los procedimientos mercantiles.

Indudablemente que el desideratum del proceso civil es el mismo señalado para las controversias mercantiles; también en la llamada materia civil, el problema procesal es un problema de máximos y mínimos: máximos de justicia y seguridad como minimote medios y de tiempo. Y si el problema es en esencia, el mismo, una misma ley debe intentar su resolución, pues la duplicidad de sistemas es por si misma un obstáculo para realizar el fin propuesto: peca contra la economía de medios, introduce un elemento de confusión y de incertidumbre.

Lo lógico es que

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