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Derecho Público.


Enviado por   •  8 de Agosto de 2014  •  Tesis  •  1.596 Palabras (7 Páginas)  •  204 Visitas

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Derecho Público. Estudia las relaciones jurídicas del Estado con los particulares cuando el éste actúa con Imperium, es decir, con poder soberano. Del mismo modo, estudia las relaciones Estado-Estado.

Las normas del Derecho Público son irrenunciables y no se puede pactar en su contra. Aquí encontramos el Derecho Constitucional, Penal, Procesal y Administrativo.

+Derecho Privado. Estudia las relaciones que se dan entre particulares o entre un particular y el Estado, siempre que éste no actué con imperium. Las normas contenidas aquí son renunciables y se puede pactar en su contra.

Aquí encontramos el Derecho Civil y el Derecho Mercantil.

+Derecho Social. Estudia y regula la experiencia jurídico-social de los grupos humanos económica o socialmente vulnerados. Por ejemplo, la relación patrón-empleado.

Sus normas son irrenunciables y no se puede pactar en su contra. Aquí encontramos tres ramas principales del Derecho:

1. Derecho Laboral -> Regula las relaciones con fines de justicia respecto al empleado y el patrón.

2. Derecho Agrario -> Regula las relaciones comerciante-vendedor (en este ámbito).

3. Derecho Familiar -> Regula las relaciones existentes dentro de la familia.

***Se divide en dos: Derecho Público y el Derecho Privado. Los dos derechos son conjuntos normativos. En el Derecho Público sus normas se refieren a la organización del Estado y a la actividad que desarrolla para cumplir con las atribuciones que al Estado le corresponden. En el Derecho Privado las normas rigen las relaciones entre los particulares, normas que le son aplicables al Estado cuando no ejerce funciones de poder político.

La organización del Estado y la actividad que desarrolla para cumplir con las atribuciones que le corresponden no se desarrolla en el estudio de una sola disciplina jurídica. Las disciplinas jurídicas especiales estudian, digamos, partes concretas de todo lo que enmarca la gran división del Derecho Público. Es lógico que esas disciplinas jurídicas guarden una estrecha relación pues todas ellas se refieren a la organización de la actividad estatal, a sus atribuciones, a las relaciones de los órganos del Estado entre sí con los particulares.

El Derecho Público lo forman el Derecho Constitucional, el administrativo, el procesal, el penal, el derecho agrario, el Derecho del trabajo y el Fiscal.

El Derecho Privado lo forman el Derecho civil y el mercantil.

DERECHO PUBLICO

Derecho Constitucional.- Estudia la estructura fundamental del Estado, las funciones de los órganos del gobierno, las relaciones de los mismos entre sí y con los particulares, las atribuciones de los mismos órganos, garantizando además tanto a las personas físicas como morales.

Derecho Administrativo.- Es una rama del derecho público interno y en algunos aspectos externos, constituido por el conjunto de normas derogatorias del Derecho común, que regulan las relaciones de la Administración pública con los particulares, la organización y el funcionamiento del Poder Ejecutivo, de los servicios públicos y en general del ejercicio de la función administrativa del Estado.

Derecho Procesal.- Los gobernados deben de tener seguridad en el ejercicio de sus derechos. Por ello entre las obligaciones que tiene el Estado está la de administrar justicia, siendo indispensable que cuando hay un desajuste por incumplimiento de las normas o por su violación se procure imponer el Derecho mediante la intervención del Estado.

Derecho Penal.- El conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.

Derecho del Trabajo.- Las normas que rigen las relaciones entre trabajadores y patronos.

Derecho Agrario.- Conjunto de normas, leyes, reglamentos y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia que se refieren a la propiedad rústica y a las explotaciones de carácter agrícola.

Derecho Fiscal.- Regula los impuestos , derechos, productos y aprovechamiento a que tienen derecho los erarios federales y locales; el procedimiento para el pago de los mismos; las sanciones por incumplimiento de los infractores; los recursos ordinarios y extraordinarios a que pueden acudir tanto los particulares como el fisco, así como la organización de los órganos jurisdiccionales y reglas de procedimiento para resolver las controversias que surjan en la fijación y cobro de los créditos fiscales y prestaciones accesorias.

DERECHO PRIVADO

Derecho Civil.- El Derecho civil determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana (nacimiento, mayoría, matrimonio) y la situación jurídica del ser humano en relación con sus semejantes (capacidad civil, deudas y créditos) o en relación con las cosas (propiedad, usufructo, etc.). Esta rama suele ser dividida en cinco partes: I. Derecho de las personas (personalidad jurídica, capacidad, estado civil, domicilio); II. Derecho Familiar (matrimonio, divorcio, legitimación, adopción, patria potestad, tutela, curatela, etc.); III. Derecho de los Bienes (clasificación de los bienes, posesión, propiedad, usufructo, uso, habitación, servidumbre, etc.); IV. Derecho sucesorio

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