Derechos y obligaciones de los patrones y los trabajadores
sue311708Trabajo22 de Julio de 2023
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UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MÉXICO
LIC. LOGISTICA Y TRANSPORTE
MATERIA:
“ADMINISTRACION DEL PERSONAL”
UNIDAD: 2
“DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PATRONES Y LOS TRABAJADORES”
ACTIVIDAD :2
Comisión de capacitación, adiestramiento, y seguridad e higiene
DOCENTE: LUZ DEL CARMEN CORTE MONROY
ALUMNO: FRANCISCO JAVIER BERNAL VARGAS
MATRICULA: ES1911001969
06 de mayo de 2022
INTRODUCCION
En cualquier tipo de empresa, del tamaño que sea e independientemente a lo que se dedique debe sobresalir siempre la seguridad e higiene de los trabajadores, ya que los resultados procedentes de un accidente o peligro de trabajo pueden resultar muy nocivo para la empresa.
Es por eso de la importancia de la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011 referente a la constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene, las cuales han concurrir en el centro de trabajo, ésta comisión tiene el objetivo de sistematizar investigaciones a los escenarios de seguridad, así como de higiene en que se localiza la empresa.
DESARROLLLO
¿Cuál es el procedimiento para conformar la comisión de capacitación, adiestramiento y seguridad e higiene en las organizaciones?
La Comisión de Seguridad e Higiene se forma por representantes de los trabajadores e igual número de representantes del patrón, y especialmente el objetivo de dicha comisión es de prevenir y vigilar que no ocurran accidentes de trabajo, plantear medidas preventivas, así como indagar los orígenes de los accidentes y enfermedades.
Funciones de la Comisión de seguridad e higiene:
- Identificar situaciones inseguras o peligrosas, así como actos inseguros en el área de trabajo
- Averiguar causas de accidentes y/o enfermedades de trabajo
- Plantear medidas preventivas para accidentes y/o enfermedades de trabajo
- Dar rastreo una vez establecidas las medidas planteadas por la comisión
Integración de la Comisión de seguridad e higiene, es la siguiente:
- Un trabajador y el patrón o su representante, cuando el centro de trabajo (empresa) cuente con menos de 15 trabajadores
- Un coordinador, un secretario y los vocales que pacten el patrón o sus representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores, en el caso de que no conste la figura sindical, cuando el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más
Requisitos para conformar una comisión de seguridad e higiene.
Para que ésta comisión quede determinadamente constituida, se debe realizar un acta de constitución, la cual debe contener los datos del centro de trabajo (empresa) y datos de la misma delegación.
Del trabajo
- nombre, denominación o razón social
- domicilio completo (calle, número, colonia, municipio o delegación, ciudad, entidad federativa, código postal)
- RFC
- Registro patronal (IMSS)
- Actividad económica
- Fecha de inicio de actividades
- Número de trabajadores y turnos
De la comisión
- fecha de integración
- nombre y firma del patrón o de su representante, y del representante de los trabajadores, en el caso de centros de trabajo con menos de 15 trabajadores
- nombre y firma del coordinador, secretario y vocales, en el caso de centros de trabajo con 15 o más trabajadores
CONCLUSION.
Esta comisión es muy significativa que exista en cualquier empresa, si no se quiere llegar a ser sujeto de algunas revisiones por parte de algún organismo laboral que alcanzara ocasionar a la empresa contratiempos de cualquier tipo, especialmente económicos.
Contadorcontado.com.Recuperado 06 de mayo 2022.https://contadorcontado.com/2016/08/30/seguridad-e-higiene/
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