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Dirección general de comunicación social

leyver1234 de Febrero de 2015

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Los trámites relacionados con la autorización de uso de denominaciones y razones sociales, se realizarán ante la Secretaría de Economía

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Comunicado de prensa Núm. 134/12

México, D.F., a 11 de junio de 2012

A partir del próximo 16 de junio, la facultad para autorizar el uso o cambio de denominación o razón social de las personas morales se traslada a la Secretaría de Economía, como resultado de la reforma a la Ley de Inversión Extranjera y a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2011.

Con el fin de optimizar el proceso de apertura de empresas, la Secretaría de Economía se encuentra desarrollando un nuevo servicio informático para atender los trámites que derivan de su nueva atribución.

Se tiene previsto que dicho servicio inicie operaciones a partir del 17 de septiembre de este año conforme a las nuevas reglas contenidas en un Reglamento que será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Siguiendo ejemplos de las mejores prácticas internacionales, estos trámites se podrán realizar en línea, de manera ágil y segura, aprovechando las firmas electrónicas conocidas con “FIEL” (que emite el Servicio de Administración Tributaria) y “FEA” (que emite la propia Secretaría de Economía).

Fase de transición:

La Secretaría de Relaciones Exteriores facilitará a la Secretaría de Economía sus instalaciones y sistema informático durante tres meses a fin de dar continuidad a la prestación del servicio con los mismos estándares de calidad que hasta ahora.

Durante este periodo de transición el personal comisionado de la Secretaría de Relaciones Exteriores capacitará al de Economía en la recepción y procesamiento de los trámites de autorización de uso de denominación o razón social para la constitución de sociedades, y la autorización de cambio de denominación o razón social de las sociedades, así como los avisos de uso de denominación o razón social, y de liquidación, fusión o escisión de las sociedades, siendo la Secretaría de Economía la que en ejercicio de su nueva atribución, resuelva lo que conforme a derecho proceda.

Medios a través de los cuales se podrán presentar las solicitudes:

1. Por ventanillas.

En las mismas oficinas de la Secretaría de Relaciones Exteriores en las que se ha venido ofreciendo este servicio, a saber: A) oficinas centrales Plaza Juárez número 20, colonia Centro, delegación Cuauhtemoc en la Ciudad de México; y B) en sus delegaciones foráneas ubicadas en las Entidades Federativas.

El horario de atención: de lunes a viernes, de las 09:00 a las 14:30 horas.

2. Vía Internet.

A través del sistema denominado “SIPAC Fiel”, cuando el solicitante de la autorización sea un notario o corredor público. Los notarios o corredores públicos interesados en aprovechar esta herramienta, podrán llamar a la Mesa de Ayuda que se señala más adelante o contactar directamente a la Dirección General de Normatividad Mercantil de la Secretaría de Economía; y

Para el Público en general, a través del portal www.tuempresa.gob.mx, cuando se trate de la constitución de Sociedades Anónimas de Capital Variable (S.A. de C.V.) o de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Capital Variable (S. de R.L. de C.V.).

Durante el referido periodo de transición, la autorización o, en su caso, el rechazo que emita la Secretaría de Economía no podrá exceder de dos días hábiles, contados a partir de

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