Documentos y apuntes de compra y venta
karlygomez94Apuntes19 de Noviembre de 2015
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TEMA 1
COMPRA- VENTA
Yo, Ydalimis Carolina Salazar, venezolana mayor de edad, soltera, titular de la Cedula de identidad Número: V-8.977.844, domiciliada en la ciudad de Maturín, Municipio Maturín, del Estado Monagas, por medio del presente documento declaro: Que doy en Venta Pura y Simple, Perfecta e Irrevocable; al Ciudadano José Ángel Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Numero V-8.978.024, de mi mismo domicilio, un (01) Vehículo de mi propiedad con las siguientes características: MARCA:FORD; MODELO: FIESTA POWER 1.4; AÑO: 2013; COLOR: NEGRO; CLASE: AUTOMOVIL; TIPO:SEDAN; USO: PARTICULAR; PLACAS: NAZ35Z; SERIAL DE MOTOR: A7D170135; SERIAL DE CARROCERIA: 9KHORN49162N00582; el cual me pertenece según consta en documento de Certificado de Registro de Vehículos expedido por el Ministerio de Infraestructura, Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre bajo el No. 79205188/9KHORN49162N00582-2-2, de fecha 23 de Mayo de 2013. El precio de venta ha sido convenido entre las partes en TRESCIETOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 340.000,00), que recibo de manos del comprador en dinero de curso legal en el país, a mi entera y cabal satisfacción. Con el otorgamiento de esta escritura transfiero todos los derechos de posesión y propiedad del vehículo antes identificado obligándome al saneamiento de ley conforme a derecho en caso de evicción. Y Yo, José Ángel Hernández, antes identificado declaro que estoy conforme con la venta que me hace en los términos aquí establecidos. En lugar y la fecha de su presentación.
LA VENDEDORA EL COMPRADOR
Yo, María Valentina Figuera, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, viuda y titular de la Cédula de identidad Número V-7.699.478; por medio del presente documento declaro que: “Doy en venta pura y simple, perfecta e irrevocable, al ciudadano, Jesús Miguel Larez, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, soltero y titular de la Cédula de identidad Número V-9.891.471, unas bienhechurías consistentes en una casa, ubicada en la carrera 7, número 02 del Barrio Antonio José de Sucre, jurisdicción del Municipio Maturín del Estado Monagas. Dichas bienhechurías se encuentran enclavadas en una parcela de terreno de propiedad municipal, que mide DIEZ METROS (10 Mts.) DE FRENTE POR VEINTICINCO DE LARGO (25 Mts.) DE LARGO, siendo sus linderos los siguientes: POR EL NORTE: Con la carrera 01, que es su frente (10mts). POR EL SUR: Con la carrera 2 (10Mts) POR EL ESTE: Con la calle 10, POR EL OESTE: Con bienhechurías que son o fueron de Marcos Reina. La casa, objeto de esta negociación, posee las siguientes dependencias: una (01) sala comedor; dos (04) habitaciones; un (01) baño, un (01) garaje, piso de cemento, paredes de bloque. El precio de la presente venta es la cantidad de TRECIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (BSF. 350.000,oo), los cuales declaro recibir en efectivo, moneda de curso legal en el país y a mi entera y cabal satisfacción. Con la firma de la presente escritura transfiero a la compradora la plena propiedad, posesión y dominio de las bienhechurías aquí vendidas, hago la tradición legal y me obligo al saneamiento de ley correspondiente. Asimismo declaro que sobre el bien, objeto de esta negociación, no pesa gravamen alguno. Y yo, JESUS ENRIQUE MENDEZ, Supra identificado, a mi vez declaro que: “Acepto la venta que a través de este instrumento que se me hace, en los términos y condiciones expresadas en el mismo. Es justicia que esperamos merecer en la ciudad de Maturín a la fecha de su presentación.
LA VENDEDORA EL COMPRADOR
TEMA 2
PERMUTA
Tema 4
Donación
Yo, María Valentina Figuera, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, soltera y titular de la Cédula de identidad Número V-7.699.478 por medio del presente documento declaro: Que de mi libre y espontánea voluntad hago actual e irrevocable Donación, pura y simple, a mi sobrino Jesús Miguel Figuera, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, soltero y titular de la Cédula de identidad Número V-9.891.471, de una casa de mi propiedad que poseo en ubicada en la carrera 7, número 02 del Barrio Antonio José de Sucre, jurisdicción del Municipio Maturín del Estado Monagas. Enclavada en una parcela de terreno, que mide DIEZ METROS (10 Mts.) DE FRENTE POR VEINTICINCO DE LARGO (25 Mts.) DE LARGO, y alinderada así: POR EL NORTE: Con la carrera 01, que es su frente (10mts). POR EL SUR: Con la carrera 2 (10Mts) POR EL ESTE: Con la calle 10, POR EL OESTE: Con bienhechurías. Dicha casa la hube por compra que hice de ella al Sr. José Ángel Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Numero V-8.978.024, de mi mismo domicilio, según consta del documento registrado en la Oficina Subalterna del Registro Inmobiliario, bajo el No.14597785, al folio 1254851, Protocolo 78894, fecha 29 de Abril de 2000. Para los efectos legales, estimo el inmueble donado en un valor de 2.000.000 millones de bolívares (Bs.2.000.000). Y yo, Jesús Miguel Figuera, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, soltero y titular de la Cédula de identidad Número V-9.891.471, declaro: Que acepto la presente DONACION que me hace mi tía María Valentina Figuera , ya identificada, de la casa cuyos pormenores ya se dieron, con la manifestación de mi reconocimiento por su espontánea liberalidad. Así lo otorgamos y firmamos en la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario, en la ciudad de Maturín, Estado Monagas a los 14 días del mes de julio del año 2014, haciendo constar que el obligado impuesto al Fisco Nacional fue satisfecho, según planilla de liquidación correspondiente que se acompaña.
Firmas.
Tema 5
Arrendamiento
Entre, LILA DEL CARMEN SALAZAR MONCADA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.981.974, quien en lo adelante y a los efectos de este contrato se denominará ”LA ARRENDADORA”, por una parte; y por la otra, el ciudadano, DANILO ENRIQUE BOTTINI GAMBOA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-17463587, quien en lo adelante y a los mismos efectos se denominará EL ARRENDATARIO, se ha convenido en celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO el cual se regirá conforme a las cláusulas siguientes:
PRIMERA: LA ARRENDADORA es propietaria de un inmueble, consiste en un galpón para uso comercial, cercado en bloques, piso de cemento y techo de zinc, enclavado en un lote de terreno aproximadamente de tres mil metros cuadrados (3.000 M2), ubicado en la carretera Nacional Maturín-Caripito, estado Monagas, y cede dicho inmuebles AL ARRENDATARIO en calidad de arrendamiento. El inmueble en cuestión será destinado para uso comercial (venta de cauchos, repuestos, aceite, reparación automotriz.)-------------------------------------------------------
SEGUNDA: EL ARRENDATARIO se obliga a darle un uso netamente comercial al inmueble arrendado, o de lo contrario LA ARRENDADORA podrá rescindir el presente contrato de forma unilateral y solicitar el pago de daños y perjuicios causados por tal incumplimiento.------------------------------------------------------------------
TERCERA: EL ARRENDATARIO pagará a LA ARRENDADORA por concepto de canon de arrendamiento mensual la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES FUERTES (BS.F. 6.000,oo). Dicho canon de arrendamiento mensual será pagado por EL ARRENDATARIO a LA ARRENDADORA, con toda puntualidad al vencimiento de cada mensualidad y por todo el tiempo que dure el contrato. Los cánones de arrendamientos serán pagados por EL ARRENDATARIO a LA ARRENDADORA, en dinero efectivo o en el lugar o a la persona que ésta pueda indicarle expresamente. La aceptación, por parte de LA ARRENDADORA de pagos en cheques o en otros lugares no podrá ser interpretados como renuncia a este derecho. El pago en cheque o cualquier otro instrumento legal no producirá efectos liberatorios hasta tanto LA ARRENDADORA no haya hecho efectivo dicho instrumento.----------------------------------------------------------------------------------------------
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