ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Compra-venta


Enviado por   •  9 de Junio de 2013  •  43.533 Palabras (175 Páginas)  •  296 Visitas

Página 1 de 175

CAPITULO VII: LA COMPRAVENTA

1.- Concepto.

Se define la compraventa en el art. 1793, en los siguientes

términos: “La compraventa es un contrato en que una de las partes

se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquella se

dice vender y ésta a comprar. El dinero que el comprador da por la

cosa vendida se llama precio.”

De acuerdo al Diccionario de la Real Academia, venta “es un

contrato en virtud del cual se transfiere a dominio ajeno una cosa

propia, por el precio pactado”; y compra, “la acción y efecto de

adquirir por dinero el dominio de una cosa”.

Estos conceptos no se avienen con el adoptado por el

C.C.CH., que da a la compraventa la calidad de mero título

traslaticio de dominio, como ocurría en el Derecho Romano

bonitario o vulgar. Se evidencia a partir de la definición legal que la

compraventa simplemente posibilita un cambio de una cosa por

dinero. Las partes sólo se obligan a efectuar el cambio. Lo anterior

confirma que la compraventa no es un contrato real, sino

consensual, por regla general.

Dos partes intervienen en el contrato de compraventa: el

vendedor, aquél de los contratantes que se obliga a dar la cosa, y el

comprador, aquél que se obliga a entregar por esa cosa, cierta

cantidad de dinero.

Anticipamos, la crítica formulada a la definición del artículo

1793, cuando alude a que el vendedor se obliga “a dar”, debiendo

haber dicho el precepto “a dar o a entregar”.

2.- Características del contrato de compraventa.

2.1. Es bilateral: puesto que las partes contratantes se obligan

recíprocamente desde su origen; se trata de un contrato

sinalagmático perfecto, en el que el vendedor se obliga a dar o

entregar la cosa y el comprador a pagar el precio. Estas

obligaciones son de la esencia de la compraventa, y sin ellas el

contrato no produce efectos civiles o degenera en otro contrato

diferente.

Como veremos, el vendedor también tiene la obligación de

sanear la evicción y los vicios redhibitorios y e comprador la

obligación de recibir la cosa, pero tales obligaciones son de la

naturaleza de la compraventa, puesto que pueden suprimirse

expresamente.

En consecuencia, jurídicamente no se concibe un contrato

unilateral de venta ni un contrato unilateral de compra, como

acontecía en el primitivo Derecho Romano con las figuras de la

emptio y la venditio. La Corte Suprema así también lo ha entendido,

al rechazar la posibilidad de celebrar una promesa unilateral de

El Contrato de Compraventa – Juan Andrés Orrego Acuña 1compraventa, desde el momento que ha interpretado el Nº 4 del art.

1554, en cuanto a la especificación del contrato, exigiendo que se

consigne el acuerdo de voluntades y las obligaciones recíprocas.

Con todo, recordemos que la doctrina mayoritaria ha estimado, por

el contrario, que dicha figura jurídica sería perfectamente válida.

Nos remitimos a lo expuesto al tratar de la promesa.

2.2. Es oneroso: por las prestaciones recíprocas que engendra,

imponiéndose ambas partes un gravamen y obteniendo ambas

partes un beneficio.

2.3. Es generalmente conmutativo: las prestaciones a que se obligan

vendedor y comprador “se miran” como equivalentes. Debemos

recordar que la equivalencia es subjetiva. Excepcionalmente, el

contrato de compraventa puede ser aleatorio, como en el caso de la

compraventa de cosas que no existen pero que se espera que

existan, cuando expresamente se pacte el carácter aleatorio del

contrato, según dispone el art. 1813, o sea, cuando aparezca que

“se compró la suerte”; en consecuencia, la conmutatividad no es de

la esencia de la compraventa, sino sólo su característica general. Lo

aleatorio es excepcional en la compraventa.

2.4. Es principal: porque existe por sí mismo, independientemente

de cualquier otra convención.

2.5. Es ordinariamente consensual, salvo las excepciones legales

que exigen el cumplimiento de una solemnidad, como acontece por

ejemplo en la compraventa de inmuebles.

2.6. Es nominado o típico: porque está reglamentado en la ley, nada

menos que en 103 artículos.

2.7. En general, es de ejecución instantánea: de acuerdo a algunos

fallos, el contrato podría ser de ejecución sucesiva. Así, se indica en

un fallo que “tratándose

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (259.1 Kb)  
Leer 174 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com