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EMPRESA Y LEGISLACION


Enviado por   •  28 de Octubre de 2019  •  Apuntes  •  3.553 Palabras (15 Páginas)  •  76 Visitas

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EMPRESA Y LEGISLACION

UNIDAD I: EL CODIGO DE COMERCIO. LOS COMERCIANTES Y SUS AUXILIARES.

LICENCIADO: OSCAR ROLANDO ZUNIGA.

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[pic 5]ALUMNO: LUIS MISAEL PADILLA RAMOS. 

A CONTINUACION SE LE PRECENTA EL RESUMEN REALIZADO POR EL ALUMNO.  LUIS MISAEL PADILLA RAMOS. CUENTA NUMERO: 109040221 DE LA CLASE DE: AE120 EMPRESA Y LEGISLACION UNIDAD I, HACI COMO LAS GUIAS NUMEROS 1Y2 SEGÚN LOS TEMAS.

        29 SEPTIEMBRE 2012

REUMEN UNIDAD I

La empresa mercantil, Código de comercio en Honduras, Los comerciantes y sus auxiliares, Caracteristicas de las sociedades mercantiles

Desde 1950, año en que entra en vigencia el Código de Comercio, el Estado Hondureño ha reconocido la necesidad de otorgar al inversionista una Adecuada protección, otorgándole mecanismos que le permitan limitar su Riesgo y a la vez potenciar su inversión. Según este, Empresa mercantil es el conjunto coordinado de trabajo, de elementos materiales y de valores incorpóreos, para ofrecer al público, con propósito de lucro y de manera sistemática, bienes o servicios. En este sentido, nuestro país cuenta con un cuerpo de leyes aplicables a la empresa mercantil, que contempla desde el nacimiento, giro, operaciones, liquidación, fusión y otros aspectos más que permiten la administración ordenada y correcta de toda empresa.  El Código de Comercio fue emitido mediante el decreto No. 73 del 17 de febrero de 1950, consta de seis libros, con un total de 1714 artículos. Este Código pertenece a la rama del Derecho Comercial, el cual tiene por objetivo regular las relaciones que surgen con motivo de la realización de los actos de comercio, como también prescribir y aplicar a quienes los realizan –los comerciantes- las normas que rigen su capacidad, derecho y obligaciones profesionales. Los Comerciantes y sus auxiliares. Este libro consta de un título preliminar y tres títulos, con un total de 448 artículos. El título preliminar expone varias definiciones o conceptos: Las personas naturales titulares de una empresa mercantil. Las sociedades constituidas en forma mercantil. Se presumirá legalmente que se realizan profesionalmente actos de comercio, o que la sociedad quedó constituida en forma mercantil, cuando de uno o de otro hecho se realice una publicidad suficiente para lleva el convencimiento al ánimo de un comerciante

Prudente, y cuando se abra un establecimiento al público. Tomando en cuenta estos aspectos podemos decir que Comerciante individual es toda aquella persona natural que tenga capacidad para realizar actos de comercio. Comerciante social es toda aquella persona jurídica que realice actos de comercio. Son mercantiles, independientemente de su finalidad: La sociedad en nombre colectivo. El cual es aquella que existe bajo una razón social, y en la que todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales. La sociedad en comandita simple. Que es en la que existe bajo una razón social y está compuesta de uno o varios socios comanditados, que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones. La razón social se formará con el nombre de uno o más comanditados, y cuando en ella no figuren los de todos éstos se le añadirán las palabras “y compañía”, u otras equivalentes. A la razón social se agregarán siempre las palabras “Sociedad en Comandita” o su abreviatura “S. en C.”. Cualquier persona, ya sea socio comanditario o extraña a la sociedad, que haga figurar o que permita expresa o tácitamente que figure su nombre en la razón social, quedará sujeta a la responsabilidad de los comanditados. La sociedad de responsabilidad limitada es la que existe bajo una razón social o bajo una denominación y cuyos socios sólo están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales, que nunca estarán representadas por títulos – valores, puedan cederse sino en los casos y con los requisitos que establece el Código de Comercio. La sociedad anónima. Es la que existe bajo una denominación social, con un capital fundacional dividido en acciones, en la cual los socios limitan su responsabilidad al pago de las que hubieren suscrito. La denominación se formará libremente, pero siempre hará referencia a la actividad social principal, deberá ser distinta de la de cualquiera otra sociedad e irá inmediatamente seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o de su abreviatura “S.A.” La sociedad en comandita por acciones. Es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que sólo están obligados al pago de sus acciones. Esta sociedad se regirá por las reglas relativas a la sociedad anónima, salvo lo dispuesto en lo que a continuación se describe: a) El capital social estará dividido por acciones, la décima parte de las cuales, por lo menos, debe ser suscrita por los comanditados, quienes no podrán transmitirlas sin el consentimiento de la totalidad de los socios de su clase y de la mayoría absoluta de los comanditarios. b) Las acciones de los comanditados serán siempre nominativas. c) La Sociedad en Comandita por Acciones podrá existir bajo una razón social que se formará con los nombres de uno o más socios comanditados, seguidos de las palabras “y compañía” u otras equivalentes, cuando en ella no figuren los de todos. A la razón social o a la denominación, en su caso, se le agregarán las palabras “sociedad en comandita” o su abreviatura “S. en C.”

 

GUIA DE AUTOEVALUACION No. 1

1. ¿A quienes se les llama comerciantes?

R/ Son comerciantes:

1. Las personas naturales titulares de una empresa mercantil.

2. Las sociedades constituidas en forma mercantil.

2. ¿Qué son los actos de comercio?

R/ Son actos de comercio, los que tengan como fin explotar, traspasar o liquidar una empresa

3. ¿Qué son cosas mercantiles?

R/ Son cosas mercantiles:

1. Los títulos valores.

2. Las negociaciones o empresas de carácter lucrativo y sus elementos, especialmente el nombre, los avisos, las marcas y las patentes.

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