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EXAMEN DERECHO MERCANTIL


Enviado por   •  13 de Agosto de 2022  •  Exámen  •  1.036 Palabras (5 Páginas)  •  81 Visitas

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   EJERCICIO 1

  1. En este caso en particular se puede crear una SOCIEDAD LIMITADA LABORAL, puesto que el capital lo aporta el socio capitalista con el local valorado en 100.000€ y a la vez son tres socios, uno de ellos es socio capitalista y dos aportan trabajo que se denominan socios colectivos.
  2. En cuanto la organización de trabajo, la administración la llevaría Francisco, puesto que, si no hay buena relación entre los socios colectivos, es la mejor opción. Por lo demás sería los dos socios aportando su trabajo como comercial.
  3. Se solicita el certificado de denominación social, para comprobar que el nombre de la sociedad no está en activo. Inscripción en el registro laboral y mercantil.

              Documentos que hay que presentar ante notario: Documento nacional de identidad DNI o            pasaporte original en vigor. Certificación negativa de la denominación social que acredite la no existencia de otra Sociedad con la misma denominación. Estatutos sociales. Acreditación del desembolso del capital social, certificación bancaria.

  1. 1. Necesitas un PLAN DE NEGOCIOS. La planificación es la mejor aliada en una empresa y sobre todo si, empiezas ahora tu andadura empresarial. Te permitirá tener claro hacia dónde quieres ir y qué pasos has de dar para poder alcanzar tus objetivos satisfactoriamente, así como también definirá la organización de la estructura empresarial que tanto te ayudará en la toma de decisiones y el día a día de tu empresa. 2FORMA JURÍDICA: la elección de la forma jurídica es otro paso importante a la hora de crear tu empresa. Existen diferentes figuras legales en función del capital, el número de socios o la responsabilidad de los mismos y su elección repercutirá a nivel laboral, fiscal o de responsabilidad ante terceros. Las formas jurídicas se dividen entre: - sociedades mercantiles (sociedad colectiva, sociedad comanditaria simple o sociedad de capital) y sociedades mercantiles especiales (sociedad laboral, sociedad cooperativa, sociedades de garantía recíproca, entidades de capital de riesgo, agrupaciones de interés económico o sociedad de inversión inmobiliaria). La figura más elegida entre las pymes suele ser la de sociedad de responsabilidad limitada.3 El siguiente paso es realizar una serie de trámites de constitución de empresas con la Administración. Solicitar la certificación disponible de la RAZON SOCIAL de la sociedad para acreditar la exclusividad y no existencia de otra sociedad con la misma RAZON SOCIAL         Decidir el capital social de la empresa. En función del tipo de sociedad elegido, existe un depósito bancario con una cantidad mínima de dinero para poder empezar la actividad empresarial. Por ejemplo, una sociedad limitada el mínimo son 3.000€ y una sociedad anónima requiere 60.000€ para su constitución. Redactar los estatutos de la sociedad, imprescindible para realizar la escritura pública de la constitución de la sociedad. Son las normas que regirán la empresa, así como la solución a posibles problemas y las pautas a seguir en diferentes situaciones y desarrollo. (socios, % socios, domicilio social, sistema de administración, administrador(es), objeto social todo lo amplio que se pueda para que sirva en posibles nuevas actividades de la empresa, articulo remuneración administradora…). Solicitar el CIF de la nueva sociedad en la AEAT. Elevación a público la constitución de la sociedad. Se realizará ante Notario, el cual es quien dará forma y validez a todos los estatutos y normas que anteriormente hemos mencionado.        Por último, hay que inscribir la sociedad en el Registro Mercantil de la provincia, así las registran en las bases de datos de empresas españolas y publican su registro en el B.O.E. Hay un plazo de 30 días para poder realizar la inscripción tanto en el Registro Mercantil, así como la liquidación en el Registro de la Propiedad. Solicitar FIRMA ELECTRONICA, habrá que solicitar cita en la AEAT que corresponda y personarse el administrador para solicitar dicha firma ya que para las entidades jurídicas es obligatoria y será la forma de poder comunicarse y recibir notificaciones por parte de las administraciones públicas. Alta actividades y obligaciones fiscales en la AEAT a la cual indicaremos la obligación de presentación del impuesto sobre sociedades, la obligación en cuanto a IVA y en el censo de retenedores los mismo en el caso que se tenga que contratar personal. Alta en Régimen Seguridad Social al Administrador. 4 ya se puede decir que tu empresa está constituida y tiene plena capacidad jurídica. 5 en el caso de que no optemos por una entidad jurídica podremos darnos de alta como empresario individual o PERSONA FISICA y los pasos a seguir son los siguientes: Concretar la actividad o actividades que vamos a realizar, si vamos a tener local para ejercer la actividad o no y si vamos a tener inicialmente empleados o no. Presentación alta en la AEAT con la actividad o actividades que vamos a realizar, así como las obligaciones tributarias que dicha actividad o actividades necesitan (IRPF, IVA, Retenciones ...). Alta en Régimen Seguridad Social Autónomos. 6 ya se puede decir que eres empresario individual. Todos estos pasos son más fáciles de llevar si tienes un asesor de empresa experto.

EJERCICIO 2

  1. Primero se tendría que solicitar en el banco un préstamo bancario puesto que no amplían las líneas de crédito, ni les hipotecan el local, con su consiguiente CONTRATO DE PRÉSTAMO puesto que se necesitan 18.000€ para poder realizar el pago de publicidad y con el nuevo negocio van a obtener beneficios para hacer frente ese préstamo.

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  1. Después se firmaría el CONTRATO DE COLABORACIÓN DE COMISIÓN MERCANTIL con el cliente que va a ser intermediario en la venta de los pisos.

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  1. Por otra parte, si el banco no concediera el préstamo con la garantía de los beneficios que se van a obtener con el negocio, se realizaría un CONTRATO DE LEASING O ARRENDAMIENTO FINANCIERO de una duración no superior a 5 años, puesto que de esa manera si no interesa la opción a compra, no se realiza la compra.

[pic 3]

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