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Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

falcon5614Examen13 de Abril de 2014

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Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.):

Solo personas naturales pueden abrir una.

El patrimonio debe ser aportado por una persona diferente del titular.

La responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio de esta.

Es funcional siempre y cuando continúe siendo una pequeña empresa.

2.Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.):

El capital está dividido en partes iguales, pero no pueden denominarse como acciones.

20 socios son el límite.

La Junta General de Socios representa a todos los asociados de la empresa; si al menos la quinta parte del capital social lo solicita, se deberá ejecutar una.

Aplicable a todo tipo de PYMES.

3 Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.):

También tiene carácter de limitada en cuestiones de sociedad, es decir, la responsabilidad y participación de los socios es limitada.

Su capital social está representado por acciones.

Su número de socios no puede ser mayor a 20.

Las acciones de los socios no deben estar inscritas en el registro público del mercado de valores.

Los socios tienen como derecho la preferencia en el caso de la venta de acciones.

Aplicable a todo tipo de PYMES.

4 Sociedad Anónima ordinaria (S.A.):

Igualmente, tiene carácter de sociedad limitada.

Capital definido por medio de acciones.

El número total de socios puede ser hasta de 750 accionistas.

Existe la libre circulación de las acciones.

Con enfoque a empresas grandes.

5 Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.):

Capital medido por acciones.

El manejo de las acciones está sujeto al control de CONASEV, existiendo disposiciones especiales para la protección de los derechos de los accionistas minoritarios.

Destinada a empresas con una estructura más amplia que las calificables para S.A.

Las acciones obligatoriamente deberán estar inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores.

Empresa Unipersonal

En este tipo de empresa el titular (la persona natural) desarrollará absolutamente toda la actividad comercial y financiera de la empresa en cuestión. Es decir (y esta es la dificultad máxima de este tipo de empresa) que precisamente por no ser una empresa plenamente autónoma, y no de responsabilidad limitada, la persona titular responderá con su patrimonio personal (propiedades, dinero, etc.) por las deudas que pueda tener su empresa. Generalmente se opta por una empresa unipersonal cuando se trata de un proyecto pequeño en el cual se aportará el trabajo y capital. Las micros y pequeñas empresas. Por otro lado, cabe resaltar que, a diferencia del resto de tipos de empresas, el registro y la documentación de las empresas unipersonales son mucho más sencillas.

Empresa Individual de Responsabilidad Limitada E.I.R.L.

Este tipo de empresa es una persona jurídica con derecho privado que está constituida por la voluntad de un titular. Como la responsabilidad de la empresa es limitada, esta responde con su propio capital en cuando a las deudas, quedando libre de responsabilidad el titular y su patrimonio. Las actividades que competen a esta son únicamente de pequeña empresa. Asimismo, el capital de la empresa puede ser dinero o bienes no monetarios (muebles, maquinaria, etc.).

Sociedad Anónima S.A.

La Sociedad Anónima es una persona jurídica de derecho privado cuya naturaleza puede ser comercial o mercantil. Se constituye en un solo acto por sus socios fundadores (Sociedad, o bien sucesivamente mediante la oferta a terceros) siendo esta empresa de responsabilidad limitada, por lo cual ninguno de estos socios responde con su patrimonio ante las deudas de la empresa. El capital de una Sociedad Anónima está representado por acciones nominativas_, las cuales se constituyen

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