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EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA


Enviado por   •  22 de Abril de 2014  •  Trabajos  •  1.648 Palabras (7 Páginas)  •  297 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Para iniciar el presente trabajo me gustaría decir que las sociedades comerciales en República Dominicana, en sentido general, se rigen por las disposiciones de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 modificada por la Ley 31-11 del 9/2/2011, los convenios de las partes, los usos comerciales y el derecho común.

Las modificaciones introducida por la Ley 31-11, aparte de modificar los artículos 3, 5, 6, 8 y 11 de la Ley No. 479-08, buscó introducir un nuevo tipo societario, como las sociedades anónimas simplificadas (SAS), mejorar la redacción para corregir incongruencias y facilitar su interpretación, simplificar el régimen de la cesión de las cuotas sociales en la Sociedad de Responsabilidad Limitada, así como introducir precisiones en la figura del Comisario de Cuentas.

EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

(EIRL)

La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, tiene su origen en la República Dominicana con la promulgación de la Ley Nº 479-08 el 11 de diciembre del año 2008.

La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada pertenece a una persona física y es una entidad dotada de personalidad jurídica propia, con capacidad para ser titular de derechos y obligaciones, los cuales forman un patrimonio independiente y separado de los demás bienes de la persona física titular de dicha empresa. Podrá realizar toda clase de operaciones civiles y comerciales, prestación de servicios, actividades industriales y comerciales.

La finalidad de la creación de esta figura legal es doble:

 Potenciar el desarrollo de nuevas iniciativas comerciales de pequeños empresarios, ya que les permite separar el patrimonio destinado a la actividad mercantil, del resto de los bienes que conforman su patrimonio personal.

 Poner fin a la vieja práctica nacional de las “sociedades ficticias”, que consistía en constituir una sociedad en que uno de los socios tiene un 94% y los demás socios, sólo un 1%. La idea era cumplir con el requisito mínimo de siete personas para formar una sociedad.

Es fundamental dejar en claro desde un principio que la EIRL no constituye en ningún caso sociedad. La EIRL es una ficción legal, que permite a una persona física actuar con dos personalidades distintas. Así visto, estamos frente a una separación de patrimonios, pero más específicamente, ante la creación de un patrimonio de afectación con un objeto específico, señalado en la escritura pública de constitución.

Características

 La EIRL es una persona jurídica con un patrimonio distinto al de su titular

 El titular de la EIRL es siempre una persona física.

 La EIRL es siempre comercial.

 La EIRL podrá desarrollar operaciones civiles y comerciales, salvo aquellas reservadas por ley a las sociedades anónimas, por ejemplo bancos y compañías de seguros.

 Su administración corresponde al titular, quien representa a la EIRL judicial y extrajudicialmente, con todas las facultades de administración y disposición; esto sin perjuicio de la posibilidad de otorgar mandatos.

Constitución

La empresa individual de responsabilidad limitada se constituirá mediante acto otorgado por su fundador. El propietario otorgará dicho acto constitutivo en acta notarial auténtica o mediante documento bajo firma privada legalizado por Notario Público, la cual deberá ser depositada en el Registro Mercantil, con la declaración pertinente, para la matriculación de la empresa.

La denominación de la empresa se formará libremente. Está deberá ser precedida o seguida, inmediata y legiblemente, de las palabras "Empresa Individual de Responsabilidad Limitada", o las siglas "E.I.R.L.".

Beneficios de una EIRL

Los beneficios de optar por esta forma de organización comercial son evidentes. En primer lugar, ya no es necesario contar con otra persona o socio para iniciar una actividad mercantil, debido a que sin duda alguna, lo que hace a esta figura realmente atractiva es la limitación de responsabilidad del titular, el denominado “patrimonio de afectación”, que permite asumir los riesgos inherentes a toda actividad comercial, sin el temor de aventurar, y eventualmente perder, la totalidad del patrimonio como consecuencia del derecho de garantía general de los acreedores.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

(SRL)

La Sociedad de Responsabilidad Limitada, tiene su origen en la República Dominicana con la promulgación de la Ley Nº 479-08 el 11 de diciembre del año 2008.

Una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) es un tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no se responde con el patrimonio personal de los socios.Las participaciones sociales no son equivalentes a las acciones de las sociedades anónimas, dado que existen obstáculos legales a su transmisión.

Además, no tienen carácter de "valor" y no puede estar representada por medio de títulos o anotaciones en cuenta, siendo obligatoria su transmisión por medio de documento público que se inscribirá en el libro registro de socios. Se constituye en escritura pública y posterior inscripción en el registro mercantil, momento en el que adquiere personalidad jurídica. En la república Dominicana, una SRL está limitada a un mínimo de 2 socios y a un máximo de 50 socios.

La finalidad de la creación de esta figura legal es doble:

 Poner fin a la vieja práctica nacional de las “sociedades ficticias”, que consistía en que para constituir una sociedad se necesitaban 7 socios.

 Regularizar las Sociedades Comerciales en la República Dominicana.

Características

La S.R.L es una Sociedad

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