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Enajenacion De Activos


Enviado por   •  3 de Octubre de 2012  •  1.392 Palabras (6 Páginas)  •  572 Visitas

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Enajenación de activos fijos (Equipos de Oficina, Transporte, etc.)

Al enajenar activos fijos que se deprecian por el uso que se les da y por el paso del tiempo, debemos de calcular el valor en libros de los mismos. El valor en libros de los bienes es el MOI menos la depreciación acumulada que tenga dicho bien al día de la enajenación. En materia contable, la determinación de la utilidad o pérdida en venta de activos fijos, es relativamente sencilla de calcular, pero en materia fiscal, de acuerdo al artículo 37 de la LISR, se observa lo siguiente:

“Art. 37.- ...

Cuando el contribuyente enajene los bienes o cuando éstos dejen de ser útiles para obtener los ingresos, deducirá, en el ejercicio en que esto ocurra, la parte aún no deducida. En el caso en que los bienes dejen de ser útiles para obtener los ingresos, el contribuyente deberá mantener sin deducción un peso en sus registros. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a los casos señalados en el artículo 27 de esta Ley.

Los contribuyentes ajustarán la deducción determinada en los términos de los párrafos primero y sexto de este artículo, multiplicándola por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se adquirió el bien y hasta el último mes de la primera mitad del periodo en el que el bien haya sido utilizado durante el ejercicio por el que se efectúe la deducción.

Cuando sea impar el número de meses comprendidos en el periodo en el que el bien haya sido utilizado en el ejercicio, se considerará como último mes de la primera mitad de dicho periodo el mes inmediato anterior al que corresponda la mitad del periodo.”

Analicemos el siguiente ejemplo:

La empresa XYZ, S.A., nos presenta la siguiente información para que le sea determinada la utilidad (pérdida) contable y fiscal en la enajenación del siguiente activo fijo:

Concepto Importes

MOI de Auto Nissan Verde $ 95,500.00

Fecha de Adquisición del bien 18-Mar-99

Fecha de venta del bien 12-Jun-01

Precio de Venta del bien $ 46,250.00

Lo primero que debemos de determinar, es la depreciación acumulada del bien, para posteriormente calcular su valor en libros:

Concepto Importes

MOI $ 95,500.00

(x) Tasa de depreciación 25.00%

(=) Depreciación Anual 23,875.00

(/) No. de meses de un ejercicio 12.00

(=) Depreciación mensual 1,989.58

(x) No. de meses de uso completo 26.00

(=) Depreciación Acumulada 51,729.17

Nota: La depreciación acumulada se determina por meses COMPLETOS, es decir, no se considera para el cálculo el mes de adquisición ni el de enajenación, con excepción hecha de que si el bien se adquiere el día primero del mes o se enajena el día último de un mes respectivamente.

Una vez que conocemos el monto de la depreciación acumulada, podemos determinar el valor en libros del bien que la empresa enajena, y dicho concepto se determina restando del MOI la depreciación acumulada del bien a la fecha de enajenación:

Concepto Importes

MOI 95,500.00

(-) Depreciación Acumulada 51,729.17

(=) Valor en libros del bien 43,770.83

Ahora, la utilidad o pérdida contable en la enajenación de activos, se determina restando del precio de venta del activo fijo el importe del valor en libros del mismo, y obtenemos:

Concepto Importes

Precio de Venta $ 46,250.00

(-) Valor en Libros $ 43,770.83

(=) Utilidad (Pérdida) Contable $ 2,479.17

Ahora bien, el registro contable de la venta de dicho activo fijo, en los libros de la empresa, quedaría de la siguiente forma: (Supongamos que la operación se pacta de contado)

Nombre de la cuenta Debe Haber

Bancos 53,187.50

Dep. Acum. de Eq. de Transporte 51,729.17

Otros Ingresos 2,479.17

Eq. de Transporte 95,500.00

I.V.A. trasladado 6,937.50

Sumas Iguales 104,916.67 104,916.67

° Determinación de la utilidad (pérdida) fiscal en la venta de activos fijos:

Ahora, para calcular la utilidad o pérdida fiscal en venta de activos, debemos de aplicar en lo conducente el artículo 37 de la LISR. Es importante señalar, que la redacción del artículo en comento es difícil y confusa, por lo que se tratará de fincar un procedimiento que sirva de guía en el cálculo de los conceptos en estudio.

Lo primero que debemos de calcular, es el MOI pendiente de deducir histórico, que para nuestro caso, es el anteriormente denominado, valor en libros. El valor en libros y el MOI pendiente de deducir histórico, podemos afirmar que se refieren al mismo concepto, pero en materia

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