Enfoques De La Auidoria Administrativa
piyis_096 de Mayo de 2012
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INDICE
Dictamen del auditor………………………………………………………………………3
Tipos de Dictamen
Dictamen con salvedades……………………………………………………………..4
Dictamen negativo……………………………………………………………………...4
Dictamen con abstención de opinión…………………………………………………5
Dictamen con párrafo de énfasis……………………………………………………..5
Dictamen sobre estados financieros preparados de acuerdo con bases especificas diferentes a los principios de contabilidad………………………………..6
Otras opiniones del auditor
El dictamen del contador público en su carácter de comisario……………………8
Informe sobre la revisión limitada de estados financieros intermedios…………10
Ejemplos de auditoría……………………………………………………………………11
Conclusiones…………………………………………………………………………….12
Bibliografía ………………………………………………………………………………15
DICTAMEN DEL AUDITOR.
El dictamen es el documento que suscribe el contador público conforme a las normas de su profesión, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate.
Los elementos básicos que integran el dictamen del auditor son los siguientes:
Destinatario.
Identificación de los estados financieros.
Identificación de la responsabilidad de la administración de la compañía y del auditor.
Descripción general del alcance de a auditoria.
Opinión del auditor.
Redacción y firma del dictamen.
Fecha del dictamen.
Obligaciones en su uso.
DICTAMEN CON SALVEDADES
Cuando un auditor expresa una opinión con salvedades debe revelar en uno o más párrafos dentro del cuerpo del díctame, todas las razones de importancia que las originaron.
a) Salvedades por desviaciones en la aplicación de los principios de contabilidad.
El auditor debe expresar en forma precisa en que consisten, cuantificar su efecto de los estados financieros, neto de ISR y PTU, y señalar el efecto en su opinión, si no pueden cuantificarse razonablemente, deberá indicarse en el dictamen.
Considerando la importancia relativa que pudieran tener las desviaciones en la aplicación de PCGA, el auditor deberá emitir, según sea el caso un dictamen con salvedades o un dictamen negativo.
b) Salvedades por limitaciones al alcance.
En ocasiones, por la imposibilidad práctica, o bien por limitaciones impuestas por la administración de la compañía, el auditor no puede aplicar todos los procedimientos de auditoría que considera necesarios, el auditor deberá emplear su criterio profesional para evaluar si estas restricciones son de tal importancia que deba expresarse con salvedad o abstenerse a opinar.
DICTAMEN NEGATIVO
El auditor deberá expresar un dictamen negativo o adverso cuando, como consecuencia de su examen, concluye que sus estados financieros no están de acuerdo con PCGA, y las desviaciones son tan importantes que la expresión de una opinión con salvedad seria inadecuada.
En caso de dictamen negativo, el auditor no deberá incluir una opinión parcial sobre componentes o partidas individuales de los estados financieros, ya que haría contradictorio y confuso su dictamen.
DICTAMEN CON ABSTENCION DE OPINION
El auditor debe abstenerse de expresar una opinión cuando el alcance de su examen, haya sido limitado de tal forma que no proceda de la expresión de una opinión con salvedad.
La abstención de opinión, no obstante que representa la imposibilidad de emitir opinión, se considera dictamen.
El hecho de abstenerse de opinar no eximirá al auditor de la obligación de revelar todas las desviaciones importantes a los PCGA detectados en su revisión.
DICTAMEN CON PARRAFO DE ENFASIS
Existen circunstancias en las que es necesario hace énfasis en el dictamen, las cuales no implican una salvedad, estas pueden ser por:
Contingencias no cuantificables
a) Atendiendo a su importancia a incluir un párrafo de énfasis.
b) Cuando por falta de evidencia suficiente y competente sea necesario incluir una salvedad por limitaciones al alcance.
Continuación de la entidad como negocio en marcha.
Si al evaluar los factores positivos y negativos que afecten el negocio en marcha, aun existe incertidumbre sobre su continuación, entonces se deberá mencionar esto en un párrafo de énfasis.
Cambios en la aplicación de PGGA o reglas particulares
El auditor, una vez evaluado el cambio, deberá incluir el párrafo de énfasis en su dictamen, enfocando la atención del lector a la nota a los estados financieros donde la administración de la compañía analiza, justifica y de ser posible cuantifica el cambio con mayor detalle
Estados financieros comparativos
Cuando la opinión anterior fuera negativa, con salvedades o existiera abstención, cuando no hayan sido determinados o los hubiera hecho un auditor distinto, se deberá mencionar en un párrafo de énfasis. Existen ajustes o resultados previos. Conocimientos de hechos posteriores a la fecha de dictamen.
DICTAMEN SOBRE ESTADOS FINANCIEROS PREPARADOS DE ACUERDO CON BASES ESPECÍFICAS DIFERENTES A LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD.
El contador público, como resultado de un examen practicado de acuerdo con las NAGA, podrá expresar una opinión sobre estados financieros preparados sobre bases especificas diferentes a los principios de contabilidad, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que la entidad se encuentre en cualquiera de las siguientes situaciones:
1. El de entidades sujetas a disposiciones y reglamentaciones de organismos gubernamentales.
2. Se trate de un organismo del gobierno federal, estatal o municipal, así como el de ciertos fideicomisos constituidos por estos, y el de sociedades y asociaciones de carácter civil con fines no lucrativos, que sigan la política de reconocimiento de sus ingresos y gastos sobre la base de efectivo.
3. Entidades que excepcionalmente requieren preparar estados financieros para un propósito específico, como para cumplir con acuerdos contractuales, que por sus características son emitidos para uso exclusivo de las partes interesadas.
No es aceptable considerar con bases específicas diferentes a los principios de contabilidad los casos de desviación e incumplimiento injustificado por parte de entidades que en los términos del boletín B-1 debe preparar su información.
b) Que en todos los casos, la administración de la entidad mantenga los controles internos adecuados que aseguren la corrección del registro, clasificación, agrupación y presentación de su información financiera.
c) Que el auditor haya podido realizar su examen cumpliendo con NAGA.
El contador público deberá juzgar la razonabilidad y congruencia de dichas bases de acuerdo con las características particulares de la entidad.
El dictamen deberá incluir lo siguiente:
Identificación de los estados financieros examinados.
a) Indicación de la responsabilidad de la administración de la entidad y del auditor.
b) Descripción del alcance del trabajo efectuado con las siguientes afirmaciones.
I. Que el trabajo fue hecho de acuerdo z NAGA.
II. Que la auditoria fue planeada y llevada a cabo para obtener una seguridad razonable acerca de que los estados financieros están libres de errores importantes, y que están preparados de acuerdo con las bases contables específicas aplicables a la entidad.
III. Que el examen se efectuó mediante pruebas selectivas.
IV. Que la auditoria incluyó la evaluación de las bases contables utilizadas y de las estimaciones contables significativas efectuadas por la administración de la compañía en la preparación de los estados financieros.
V. Que la auditoria proporciono bases razonables para sustentar la opinión.
VI. Mención de las bases utilizadas por la entidad para la preparación de los estados financieros, haciendo referencia a la nota relativa e indicando que dichas bases no coinciden, en general o en ciertos aspectos, con los principios de contabilidad generalmente aceptados en México (PGGA).
VII. Explicación, en su caso, de que los estados financieros fueron preparados con un propósito especifico.
VIII. La opinión del auditor acerca de si los estados financieros se encuentran presentados razonablemente, en todos los aspectos importantes de acuerdo con las bases contables utilizadas por la entidad.
OTRAS OPINIONES DEL AUDITOR
EL DICTAMEN DE CONTADOR PÚBLICO EN SU CARÁCTER DE COMISARIO
La LGSM requiere que el informe anual del comisario debe
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