ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ensayo de Demanda de autorizacion para disponer bienes de incapaz


Enviado por   •  3 de Enero de 2018  •  Trabajos  •  956 Palabras (4 Páginas)  •  137 Visitas

Página 1 de 4

SECRETARIO:

EXPEDIENTE:

CUADERNO PRINCIPAL:

ESCRITO: 01.

SUMILLA: SOLICITO AUTORIZACIÓN PARA DISPONER BIENES DE INCAPAZ MAYOR DE EDAD.

SEÑOR JUEZ DEL  JUZGADO DE FAMILIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUANUCO.

ALFONSO BRAVO MEGO, identificado con D.N.I. 22405122, con dirección domiciliaria en el Asentamiento Humano-Leoncio Prado Gutiérrez-Calle Andrés Avelino Cáceres N° 271- Interior “C”, Las Moras- Huanuco, provincia y departamento de Huánuco, y constituyendo el procesal en Jr. Hermilio Valdizan N° 043 y en   y  CASILLA  ELECTRONICA  Nº  72981, a Ud. atentamente digo:

I PETITORIO Y VIA PROCEDIMENTAL:

Que, en VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, SOLICITO AUTORIZACION JUDICIAL para disponer del siguiente bien de propiedad de Doña Simeona Mego Cosme, domiciliada en el  Asentamiento Humano-Leoncio Prado Gutiérrez-Calle Andrés Avelino Cáceres N° 271, Las Moras- Huanuco, persona sujeta a Curatela: (Asentamiento Humano-Leoncio Prado Gutiérrez-Comité 3 Pueblo joven Humberto Haro Mz I lote B°11, Las Moras-Huanuco), para tal efecto,  en atención  a los siguientes fundamentos de hecho.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO.

Primero.- Que, Doña Simeona Mego Cosme, está sujeta a CURATELA por adolecer de INCAPACIDAD ABSOLUTA, emitida por el 3er Juzgado de Familia con Sentencia N° 002-2017 en la Resolución N° 19 de fecha 18 de Enero del 2017, designándose como CURADOR LEGITIMO al Sr. Alfonso Bravo Mego.

Segundo.- Que la Sra. Simeona Mego Cosme, es propietaria del siguiente bien: ubicado en el Asentamiento Humano-Leoncio Prado Gutiérrez-Comité 3 del pueblo joven Humberto Haro, Mz I Lote B° 11 Las Moras- Huanuco.

Tercero.- Que, Dicha propiedad fue adquirida por el Sr. Alfonzo Bravo Mego y la Sra. Simeona Mego Cosme siendo participes en la propiedad en un 50% cada uno, fecha que fue adjudicado el 15 de diciembre de 1994 , expedido por la Municipalidad Provincial de Huanuco, con la partida electrónica número 11121041.                         

Cuarto.- Que, dicha propiedad por mi necesidad realice la venta del 50% de mis acciones con un contrato de compra-venta al Sr. .Job Lopez Atencio el cual fue inscrita en los Registros Públicos con la partida electrónica 11121041 de fecha 27 de febrero del 2017.

Quinto.- Dado el caso que en la actualidad,  Doña Simeona Mego Cosme producto de su avanzada edad y con problemas de salud, fue diagnosticada como persona con INCAPACIDAD ABSOLUTA, emitida por el 3er Juzgado de Familia con Sentencia N° 002-2017 en la Resolución N° 19 de fecha 18 de Enero del 2017, motivo por el cual la Sra. Simeona Mego Cosme debe iniciar los tratamientos médicos y poder suministrarle una serie de medicinas,  cuyo precio resulta ser muy elevados, para poder garantizar el restablecimiento y darle la calidad de vida que merece.

Sexto.- Por lo expuesto y mi  calidad de CURADOR, de Doña Simeona Mego Cosme, propongo en la presente solicitud no contenciosa con la finalidad de que se me autorice a disponer del bien descrito en  el segundo punto,  el   cual será  usado para poder solventar los gastos médicos destinados al restablecimiento  de la salud de mi Sra. Madre y poder brindarle calidad de vida.

III. FUNDAMENTACION JURÍDICA.

Que, amparo la presente demanda en los siguientes Normas Legales:

Artículo 167° del Código Civil, cuyo inciso 1) se refiere que los representantes legales (Como es el solicitante, dada su calidad de CURADOR) requieren autorización expresa para disponer o gravar los bienes del representado.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.1 Kb)   pdf (95.4 Kb)   docx (13 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com