Demanda de Alimentos de un Adulto Mayor o bien de un Incapaz
Michel ProSíntesis15 de Noviembre de 2017
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“Demanda de Alimentos de un Adulto Mayor o bien de un Incapaz”
ANAYELI GOMEZ VIEIRA
VS.
SERGIO GARCIA HERNANDEZ
DEMANDA DE PENSIÓN ALIMENTICIA.
ESCRITO INICIAL.
C. JUEZ DE LO FAMILIAR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA
EN TURNO.
P R E S E N T E.
ANAYELI GOMEZ VIEIRA, por mi propio derecho y en nombre y representación de mi menor hija de nombre Michel García Gómez, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, documentos y valores las listas y boletín de este Juzgado, designando como abogados patronos, en los términos del Artículo 1.93 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, a los señores José Ramón Hernández Carvajal, María Román Muñoz, Carlos Sánchez Flores mismos que poseen la Cédula Profesional Número 2056037, 4969819 y 4602006 respectivamente, expedida a su favor por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaría de Educación Pública, que los faculta para el ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho y autorizando para los efectos de oír y recibir notificaciones, documentos y valores a los estudiantes de la Licenciatura en Derecho Petra Rodríguez Torres, Patricia Salguero García, Martin Camacho Sánchez y David Trinidad Molina, ante usted, con el debido respeto comparezco a exponer:
Que por medio del presente ocurso y en nombre y representación de mi menor hija de nombre Michel García Gómez, vengo a demandar en la vía Ordinaria Civil del Señor SERGIO GARCIA HERNANDEZ quien puede ser notificado y emplazado a juicio en su centro de trabajo el cual se encuentra ubicado en la Calle Nevado del Volcan Número 78, Col. La Mora, Código Postal 54568, Toluca Estado de México, las siguientes prestaciones:
a). El pago de una pensión alimenticia a favor de nuestra menor hija de nombre MICHEL GARCIA GOMEZ, equivalente al 30% de sus percepciones nominales y extranominales.
b). La guarda y custodia provisional y en su momento definitiva de nuestra menor hija de nombre MICHEL GARCIA GOMEZ, a favor de la suscrita, de conformidad con el Artículo 4.228 Fracción II, Inciso a) del Código Civil del Estado de México.
c). El pago de las mensualidades vencidas y no pagadas por parte del Señor SERGIO GARCIA HERNADEZ, a partir del mes de Marzo del año 2009, fecha en que dejo de cumplir con la obligación de proporcionar alimentos a nuestra menor hija de nombre MICHEL GARCIA GOMEZ, esto con fundamento en el Artículo 4.146 del Código Civil del Estado de México en vigor.
d). La inscripción de nuestra menor hija de nombre MICHEL GARCIA GOMEZ, en el Instituto Mexicano del Seguro Social, lo anterior toda vez que el mismo necesita de atención médica especializada, ya que BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD manifiesto que en la actualidad nuestra menor hija padece reflujo gástrico y alergia y ya que el hoy demandado es trabajador de la empresa AUTO TRANSPORTES INTERMETROPLOITANO, S.A. DE C.V. y por ende cuenta con el beneficio de la seguridad social obligatoria, es por lo que se demanda la presente prestación.
El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine.
Fundo mi demanda en los siguientes hechos y consideraciones de Derecho:
HECHOS:
1.- Con fecha 15 de Julio del año 2006, en el Municipio de Toluca, Estado de México, la suscrita y el hoy demandado iniciamos una relación de concubinato, hecho que le consta a mis señores padres los C.C. Oscar Gómez Díaz y Petra Fonseca López.
2.- Nuestro último domicilio común lo establecimos en Fraccionamiento Valle Don Camilo, Numero 1526, Colonia Niños Héroes, Municipio De Toluca, Estado De México, Código Postal 55065, Fracción 25 y el cual en este acto manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que fue el mismo que sirvió como último domicilio común de nuestro concubinato, circunstancia por la cual se considera que su Señoría es competente para conocer del presente juicio, hecho que le consta a mis señores padres los C.C. Oscar Gómez Díaz y Petra Fonseca López.
3.- Durante nuestro concubinato procreamos una hija de nombre MICHEL GARCIA GOMEZ, quien actualmente cuenta con dos años nueve meses de edad, ya que el mismo nació el día 03 de Diciembre del año 2006, tal y como se acredita con el atestado de nacimiento correspondiente, expedido por el C. Oficial 02 del Registro Civil de Toluca, Estado de México y que se encuentran asentado con los siguientes datos, Oficialía 02, Libro 04, Acta 00608, Localidad Moderna de la Cruz y fecha de registro 07 de Febrero del año 2007, misma que acompaño al presente ocurso como (ANEXO 1).
4.- Es el caso que el día 29 de Marzo del año 2009, la suscrita y el hoy demandado sostuvimos una discusión, razón por la cual el hoy demandado abandonó el domicilio común y desde esa fecha y hasta la interposición de la presente demanda el hoy demandado ha dejado de atender las necesidades alimenticias de nuestra menor hija de nombre MICHEL GARCIA GOMEZ, comprometiendo con ello su educación, salud y seguridad, a no ser porque la suscrita he afrontado, con la ayuda de mis familiares, la totalidad de los gastos alimenticios y los cuidados especiales hacia mi menor hija, toda vez que sufre y padece reflujo gástrico y alergias, circunstancia que desde este momento solicito a su Señoría sea tomada en consideración al momento de fijar el porcentaje por concepto de pensión alimenticia a su favor, hechos que les consta a mis señores padres los C.C. Oscar Gómez Díaz y Petra Fonseca López, así mismo en este acto y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD manifiesto que en la actualidad no cuento con trabajo remunerado alguno, razón por la cual reitero a su Señoría mi petición en el sentido de que sea decretado a cargo del hoy demandado un porcentaje equivalente al 30% de las percepciones nominales y extranominales del hoy demandado por concepto de pensión alimenticia provisional y en su caso definitiva, bastante y suficiente a favor nuestra menor hija.
5.- Es de importancia reiterar a su Señoría y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que a nuestro menor hija, desde su nacimiento le fue diagnosticado reflujo gástrico, razón por la cual requiere de atención médica y cuidados especializados, así como de formula láctea especial por dicho padecimiento, así también se hace del conocimiento de su Señoría que nuestra menor hija padece de alergias bronco respiratorias, razones por las cuales he tenido que acudir a médicos pediatras particulares a efecto de que nuestra menor hija sea atendido clínicamente, ya que el hoy demandado se a abstenido de inscribirlo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, circunstancia que le consta a mis señores padres los C.C. Oscar Gomez Diaz y Petra Fonseca Lopez, razón por la cual se le demanda dicha prestación y toda vez que el hoy demandado es trabajador de la empresa AUTO TRANSPORTES INTERMETROPLITANO, S.A. DE C.V. y por ende cuenta con el beneficio de la seguridad social obligatoria, el mismo se encuentra en posibilidades de realizar dicha inscripción, circunstancia que en este acto acredito mediante original de cuatro tickets de pago, expedidos por la farmacia San Pablo, de fechas 11 de Julio del año 2009 y 2 de agosto del año 2009, original de un ticket de pago, expedidos por el centro comercial Bodega Aurrera, de fecha 14 de Junio del año 2009, original de dos recetas médicas expedidas por la Doctora Melani Coyote Camacho, de fechas 23 de Marzo del año 2009 y 24 de Abril del año 2009, original de un resultado de estudio, expedido por Hospitales Star Médica, Infantil Privado, de fecha 06 de Noviembre del año 2008,, firmado por el Doctor Roberto Juárez Bernal, en su calidad de médico Radiologo, documentos que acompaño al presente ocurso como (ANEXO 2, 3, 4, 5 y 6).
6.- Cabe mencionar a su Señoría, que en todo momento me he interesado y he atendido a nuestra menor hija, ya que a partir de que el hoy demandado optó por separase de mi, continué atendiendo a nuestra menor hija, sin desatenderme en ningún momento de mis obligaciones que tengo para con ella, lo anterior con la finalidad de no comprometer la educación, salud y seguridad de nuestra menor hija y derivada de la separación de mi concubino y de la negativa de este de proporcionarle alimentos a nuestra menor hija, me vi en la imperiosa necesidad de mudarme a la casa de mis señores padres en compañía de mi menor hija al domicilio ubicado en Calle Chapultepec , Numero 276, Colonia Parque Sierra Morelos, Código Postal 52645, Municipio De Toluca Estado De México, lugar en donde actualmente habitamos, circunstancia que le consta a mis señores padres los C.C. Oscar Gómez Díaz y Perta Fonseca López.
7.- No omito señalar a su Señoría que el hoy demandado percibe una remuneración económica producto de la prestación de sus servicios personales a la siguiente empresa.
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