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Esqueleto de demanda

hectortavo1320Práctica o problema5 de Octubre de 2016

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HECTOR  ARIAS DELGADILLO

Vs

JOSE PEREZ LEON

EXPEDIENTE No. 287/2016

En la Ciudad de México,  a 29 de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis--------------------

Agréguese a sus autos el escrito de demanda que cuenta de la parte actora, contante de dos fojas útiles, con copias certificadas y un juego de copias de traslado que se acompañan  y se ordena  su resguardo en el  Seguro del  Juzgado, fórmese el expediente  que corresponda  y regístrese en el libro de gobierno. Se tiene por presentado a HECTOR ARIAS DELGADILLO, por su propio derecho, demandando en la Vía de procedimiento Ordinario Civil de JOSE PEREZ LEON, las  prestaciones que se detallan en el  que se provee, con fundamento en lo dispuesto  por los artículos 255, 256 y demás  relativos  del Código  de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México,  se admite la demanda, y con las copias simples  exhibidas  cotejadas y selladas córrase  traslado y emplácese al  demandado para que  en el término de QUNCE  DÍAS, produzca su  contestación y  oponga excepciones y defensas si tuviese, con el apercibimiento de ley de que  se tiene por perdido  su derecho para hacerlo valer y por presuntivamente confesados los hechos de la demanda  con fundamento en lo dispuesto por el artículo 271 último párrafo  del Código de Procedimientos Civiles, y se  tiene por señalado  como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y a efecto de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 56 fracción V, del código antes citado, hágase el cotejo y certificación correspondiente de las copias  simples exhibidas  con los documentos  base de la acción para que  corran agregadas a los  autos, debiéndose  guardar  en el seguro  del juzgado los originales. Con fundamento  en lo  dispuesto  en los artículos  17 fracción I, incisos g) , 38 y 39 segundo párrafo de la Ley  de Transparencia y Acceso  a la Información  Pública  de la Ciudad de México, se requiere a la parte  actora  para que  en  el término de tres días  contados a partir  de que  surta efectos  el presente proveído, y a la parte demandada en el mismo término a partir  de la fecha  del emplazamiento, otorguen  su consentimiento por  escrito para  restringir el acceso  público a su  información confidencial, en el  entendido  de que su omisión a desahogar dicho  requerimiento, establecerá su negativa para  que dicha información sea pública. Se hace  del conocimiento de las  parte  que el Tribunal  Superior de Justicia de la Ciudad de México, motivado por el interés de  que las  personas que tienen algún  litigio cuenten con otra  opción  para resolver  su conflicto, ha  implementado -como forma alternativa de solución  de controversia- la Mediación, creando  al efecto el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal  Superior  de Justicia  del Distrito  Federal,  ubicado en Av. Niños Héroes, Numero 133, Colonia Doctores, Delegación  Cuauhtémoc, D.F. Código Postal 06500, con los  teléfonos  52-07-25-84  y  52-08-33-49, donde se  les atenderá en forma gratuita. lo anterior  con fundamento en los  artículo   2, 5 y 6, párrafos primeros y segundo  y 9  fracción VII, de la Ley  de Justicia Alternativa del Tribunal Superior  de Justicia del  Distrito Federal.- Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Primero de lo Civil LICENCIADA ARACELI GUTIERREZ MEZA, asistida de la C. Secretaria de Acuerdos LICENCIADO HUGO GOMEZ TOSCANO, que autoriza y da fe.-----------------------------------------------------------------------------

EN EL BOLETÍN JUDICIAL NÚM.  _67____ CORRESPONDIENTE AL DÍA__29____  DE ____SEMPTIEMBRE______ DE   2016, SE HIZO  LA PUBLICACIÓN DE LEY.- CONSTE

EL _8____ DE ___FEBRERO____DEL 2016,  SURTIÓ  SUS EFECTOS  DE NOTIFICACIÓN EL AUTO ANTERIOR.-CONSTEHOGO

        

[pic 1]                                CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

EXP. NUM. 287/2016

SECRETARIA “B”

JUZGADO PRIMERO CIVIL

                 

NOMBRE: JOSE PEREZ LEON .

DOMICILIO: AVENIDA XOLA 1312,COLONIA NARVARTE .

 En los autos del juicio indicado la C. Juez Primero de lo Civil dicto un auto que a la letra dice:

En la Ciudad de México,  a 29 de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis--------------------

Agréguese a sus autos el escrito de demanda que cuenta de la parte actora, contante de dos fojas útiles, con copias certificadas y un juego de copias de traslado que se acompañan  y se ordena  su resguardo en el  Seguro del  Juzgado, fórmese el expediente  que corresponda  y regístrese en el libro de gobierno. Se tiene por presentado a¬¬¬¬¬¬ HECTOR ARIAS DELGADILLO, por su propio derecho, demandando en la Vía de procedimiento Ordinario Civil de JOSE PEREZ LEON, las  prestaciones que se detallan en el  que se provee, con fundamento en lo dispuesto  por los artículos 255, 256 y demás  relativos  del Código  de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México,  se admite la demanda, y con las copias simples  exhibidas  cotejadas y selladas córrase  traslado y emplácese al  demandado para que  en el término de QUNCE  DÍAS, produzca su  contestación y  oponga excepciones y defensas si tuviese, con el apercibimiento de ley de que  se tiene por perdido  su derecho para hacerlo valer y por presuntivamente confesados los hechos de la demanda  con fundamento en lo dispuesto por el artículo 271 último párrafo  del Código de Procedimientos Civiles, y se  tiene por señalado  como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y a efecto de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 56 fracción V, del código antes citado, hágase el cotejo y certificación correspondiente de las copias  simples exhibidas  con los documentos  base de la acción para que  corran agregadas a los  autos, debiéndose  guardar  en el seguro  del juzgado los originales. Con fundamento  en lo  dispuesto  en los artículos  17 fracción I, incisos g) , 38 y 39 segundo párrafo de la Ley  de Transparencia y Acceso  a la Información  Pública  de la Ciudad de México, se requiere a la parte  actora  para que  en  el término de tres días  contados a partir  de que  surta efectos  el presente proveído, y a la parte demandada en el mismo término a partir  de la fecha  del emplazamiento, otorguen  su consentimiento por  escrito para  restringir el acceso  público a su  información confidencial, en el  entendido  de que su omisión a desahogar dicho  requerimiento, establecerá su negativa para  que dicha información sea pública. Se hace  del conocimiento de las  parte  que el Tribunal  Superior de Justicia de la Ciudad de México, motivado por el interés de  que las  personas que tienen algún  litigio cuenten con otra  opción  para resolver  su conflicto, ha  implementado -como forma alternativa de solución  de controversia- la Mediación, creando  al efecto el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal  Superior  de Justicia  del Distrito  Federal,  ubicado en Av. Niños Héroes, Numero 133, Colonia Doctores, Delegación  Cuauhtémoc, D.F. Código Postal 06500, con los  teléfonos  52-07-25-84  y  52-08-33-49, donde se  les atenderá en forma gratuita. lo anterior  con fundamento en los  artículo   2, 5 y 6, párrafos primeros y segundo  y 9  fracción VII, de la Ley  de Justicia Alternativa del Tribunal Superior  de Justicia del  Distrito Federal.- Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Primero de lo Civil LICENCIADA ARACELI GUTIERREZ MEZA, asistida de la C. Secretaria de Acuerdos LICENCIADO HUGO GOMEZ TOSCANO, que autoriza y da fe.-----------------------------------------------------------------------------

  Lo que notifico a usted por medio del presente instructivo, en virtud de no haber esperado al suscrito; instructivo que dejo a ____________________________________________________________________________________________________________________________________

Ciudad de México., a         29 de        septiembre        de 2016.

EL SECRETARIO ACTUARIO


RAZÓN  ACTUARIAL.

En la Ciudad de México Distrito Federal, siendo las 12:00 horas con cero minutos  del  día 21 de octubre del año dos mil dieciséis, la suscrita Secretaria  actuaria  licenciado GUSTAVO GOMORA BAUTISTA, adscrita al Juzgado  Primero de lo Civil  de esta  capital y  a efecto  de dar cumplimiento a lo ordenado  por el C. Juez de este H.  Juzgado  en proveído de  fecha  29 DE SEPTIEMBRE del año en curso, procedí  en busca  del domicilio señalado en cedula de notificación y como parte  demandada al C.JOSE PEREZ LEON, sito en Calle AVENIDA XOLA  Número 1312 Colonia NARVARTE, Delegación BENITO JUÁREZ,  en esta ciudad, constituida y cerciorada que  fui, de ser  el domicilio  correcto buscado, por así  indicarlo el nombre de la calle y la  nomenclatura   de la misma, inmueble en construcción en tabique color blanco, nivel  inferior y a nivel de banqueta primer piso, escaleras,  descendientes de cemento, lado  derecho  en barda pequeña color gris, pintada la pared en color naranja con amarillo, en donde procedí  a tocar, siendo  atendida por quien dijo llamarse MARTHA VALENCIA ORTIZ, quien dijo  ser EMPLEADA este el domicilio correcto buscado, ante quien previamente haberme identificado como Secretaria Actuaria, con credencial  respectiva vigente e informo el motiva de mi   visita, por lo que le requiero se identifique, quien  lo hace con credencial número de folio 000010165768, expedida a su favor por el Instituto Federal Electoral, la cual se da fe tener a la vista al parecer original y devuelvo; acto seguido procedo a dar lectura en voz alta y clara a proveído al principio indicado, haciendo de su conocimiento el contenido íntegro del mismo, y al efecto en este acto y con las copias simples exhibidas de la demanda, debidamente selladas y cotejadas corro traslado y emplazo al C.JOSE PEREZ LEON,         para que dentro del término de QUINCE DÍAS produzca su contestación a la referida demanda, con el apercibimiento que de no hacerlo se le tendrá por presuntamente confesados los hechos propios de la demanda, con fundamento en el artículo 271 del Código Adjetivo de la materia. Enterado que fue recibe y firma de conformidad el original de la cédula de notificación y 1 copias de traslado selladas y cotejadas, en minuta de la misma con la que doy cuenta a su Señoría, así como con la presente razón para la debida constancia de hechos y para todos los efectos legales a que haya lugar.-Doy Fe.-----------------------------------------------------------------

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