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Estados Financieros

ediang13 de Enero de 2013

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ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

Son aquellos publicados por compañías legalmente independientes que muestran la posición financiera y la utilidad, tal como si las operaciones de las compañías fueran una sola entidad legal.

Los estados financieros consolidados se formulan mediante la suma de los estados financieros individuales de la controladora y todas sus subsidiarias, incorporándose el efecto de los asientos de consolidación.

La regla general es que los estados financieros consolidados incluyan a todas las subsidiarias que forman la entidad. Los casos que deberán ser analizados para determinar las circunstancias existentes son los siguientes:

a) Subsidiarias en países extranjeros en los que existan controles de cambios, restricciones par la remisión de utilidades o incertidumbre sobre la estabilidad monetaria.

b) Subsidiarias en que se haya perdido el control por encontrarse éstas en situaciones de suspensión de pagos, disolución o quiebra.

Para efectos de consolidación, la compañía controladora y sus subsidiarias se podrán consolidar estados financieros preparados a fechas diferentes, si se cumple con los siguientes requisitos:

a) Esta diferencia no podrá ser superior a tres meses

b) La duración del periodo y las diferencias que existan en las fechas de los estados financieros deberán ser consistentes periodo a periodo.

Los estados financieros consolidados deben cumplir con las reglas de información (que les sean aplicables) establecidas por esta comisión para los estados financieros individuales, y además:

a) Se deberá revelar la actividad de la controladora y de las subsidiarias más significativas.

b) Los nombres de las principales subsidiarias y la proporción de la inversión de la controladora en dichas subsidiarias.

c) Mostrarse en notas a los estados financieros información relevante sobres sus activos, pasivos y resultados, y revelar el monto de la participación de la controladora en los resultados de operación y en la inversión de los accionistas.

d) En caso de que la fecha de alguno o algunos de los estados financieros de las entidades consolidadas difiera de la fecha de los estados consolidados, deberá revelarse esta situación.

e) se consolidaron compañías en las que se tiene participación accionaría del 50 % o menor, este hecho deberá revelarse.

f) Al adquirir o vender una subsidiaria durante un periodo, generalmente los estados financieros consolidados de ese periodo no son comparables con los del periodo anterior y posterior en lo que a esa subsidiaria se refiere.

g) El estado consolidado de resultados debe incluir en sus distintos renglones los resultados de operación de las subsidiarias vendidas durante el periodo hasta la fecha en que perdieron la calidad subsidiaria.

h) La utilidad o pérdida obtenida en la venta de subsidiarias forma parte de los resultados consolidados del periodo en que se realiza dicha venta.

i) El estado de cambios en la situación financiera deberá mostrar los efectos de la compra o venta de subsidiarias en el ejercicio en un solo renglón que involucre toda la información en vez de mostrarlo como la adquisición o disposición individual de activos y pasivos.

j) Si la diferencia final entre el precio de compra y el valor contable relativo de las acciones de las subsidiarias fuera deudora deberá presentarse en el último renglón del activo, y si fiera acreedora después de los pasivos a largo plazo.

k) Deben revelarse el método y periodo de amortización de la diferencia citada en el inciso anterior, así como el monto de la amortización del ejercicio.

l) El interés minoritario deberá presentarse como último renglón del capital contable, la participación de los accionistas mayoritarios deberá destacarse mediante un subtotal antes de la incorporación del interés minoritario.

m) El estado de resultados consolidado debe arribar a la utilidad neta consolidada y al pie de dicho estado se mostrará su distribución entre la controladora y los accionistas minoritarios.

n) Cuando el monto de las utilidades disponibles en las subsidiarias difiera en forma importante de las cifras de utilidades que se usaron para la consolidación por haberse aplicado prácticas diferentes a los principios de contabilidad generalmente aceptados, dicho monto deberá divulgarse en una nota a los estados financieros.

o) Cuando se apliquen diversos principios de contabilidad porque las condiciones de las compañías consolidadas no sean similares, se deberán divulgar dichos principios

POLITICAS DE CONSOLIDACION

 Reglas de consolidación del estado de situación financiera

Los estados de situación financiera de las compañías tenedoras y subsidiarias suman sus conceptos similares de activo, pasivo y capital con el propósito de consolidar la información del grupo como si fuera una sola empresa y, para consolidar los derechos, obligaciones y patrimonio, se requiere aplicar las siguientes reglas:

1. Deben incluirse las subsidiarias de las cuales se tengan el control de las acciones con derecho a voto. Aun cuando la regla es que se tenga la mayoría del capital, conviene estudiar la posibilidad de consolidar asociadas en las cuales, aun cuando no se tenga la mayoría, de hecho se tenga el control en las votaciones.

2. Deben eliminarse todas las transacciones efectuadas entre las compañías consolidadas, como los conceptos por cobrar y por pagar, ya que desde el punto de vista de la integración del grupo, no representa derechos u obligaciones de entidades ajenas al grupo.

Deben eliminarse las ganancias no realizadas resultantes de las transacciones entre el grupo incluidas entre el inventario y activos fijos.

Si los inventarios adquiridos de una compañía del grupo aún se encuentran en inventario, deben valuarse al costo de producción o de adquisición de la compañía vendedora, más gastos de transporte o de fabricación de la compradora, en el caso de haberse procesado. Es decir, se debe eliminar la utilidad de la empresa que lo vendió, ya que es inexistente la venta en la consolidación.

3. Deben eliminarse las inversiones de la compañía tenedora de las acciones de sus subsidiarias (o asociadas, en caso de la consolidación de éstas) contra sus activos y pasivos que se reciben y suma en la consolidación.

La inversión en acciones debe ser eliminada contra el valor contable que las acciones que la emisora tenía en la fecha de compra de las acciones. Si existen distintas fechas de compras, la eliminación de la inversión debe efectuarse por etapas, tomando en cuenta el valor contable de las acciones en cada una de las fechas de compra.

4. En los casos en que la tenedora no sea propietaria de la totalidad de la subsidiaria, o cuando se trate de una asociada que se consolide, la proporción que corresponda al interés minoritario o mayoritario debe tratarse separadamente de los pasivos y del capital contable de la tenedora.

5. Para que los estados financieros consolidados presenten una situación financiera y resultados uniformes, como si se tratará de una sola compañía, la tenedora y sus subsidiarias o asociadas consolidadas deben aplicar las Normas de Información Financiera uniformemente cuando las circunstancias sean similares.

6. Los estados financieros de las subsidiarias deberán ser preparados a una misma fecha o con una diferencia que no exceda tres meses de la fecha de los estados consolidados.

 Reglas para la consolidación del estado de resultados

Los estados de resultados de las compañías tenedoras y subsidiarias suman los conceptos similares de ingresos, costos y gastos con el propósito de consolidar la información del grupo como si fuera una sola empresa y, para consolidar las utilidades de la entidad económica se requiere aplicar las siguientes reglas:

1. Deben consolidarse estados que se refieran al mismo periodo.

Si se consolida el estado de resultados de una afiliada o una asociada que difiera del resto del grupo, debe indicarse este hecho en el estado.

Para que el estado consolidado produzca información efectiva, se requiere que el periodo que cubran los varios estados que se consolidan termine en la misma fecha de los estados consolidados.

2. En el caso de compra de una subsidiaria o asociada adquirida por la tenedora en el curso de periodo de operaciones, es necesario que las cifras de resultados de tal subsidiaria o asociada se determinen a partir de la fecha de la compra de acciones, de tal manera que sus operaciones hasta antes de la adquisición de sus acciones no formen parte del estado consolidado. En esta forma se pueden precisar los resultados efectivos del grupo y de la gestión de su administración.

Por el contrario, en el caso de que ocurra la venta de una asociada o afiliada dentro del periodo, se deben incluir únicamente los resultados de operación hasta la fecha de venta.

3. Todas las transacciones entre las afiliadas y las asociadas que se consolidan y que afectan resultados entre ellas, deben eliminarse en la consolidación para que las cifras resultantes muestren operaciones únicamente con entidades ajenas al grupo.

4. La participación de los accionistas minoritarios en el estado de resultados consolido deberá mostrarse como una deducción, inmediatamente antes de la utilidad o pérdida neta.

 Proceso contable de la consolidación

Debe

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