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Exámen de legislación aduanera

juanjogomez9504Examen8 de Noviembre de 2015

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1. Quienes son los sujetos de la actuación aduanera?

Son responsables de la actuación  aduanera, las siguientes personas: 

  • El importador
  • El exportador
  • El propietario
  • El poseedor
  • El tenedor de la mercancía
  • El transportador
  • El agente de carga internacional
  • El depositario
  • El intermediario
  • El declarante

2.   Que son las agencias de aduanas?: son las personas jurídicas autorizadas por la dirección de impuestos y aduanas nacionales cuyo objeto social principal es el ejercicio del agenciamiento aduanero, para lo cual deben obtener autorización por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Las agencias de aduanas también pueden ser  Almacenes Generales de Depósito que están sometidos a la regulación y vigilancia constante de la superintendencia bancaria en el momento en que ejercen la actividad de agenciamiento aduanero con respecto a las mercancías endosadas o consignadas a su nombre en el documento de transporte que hayan obtenido la autorización de la DIAN para la realización de dicha actividad mercantil sin la necesidad de establecer una nueva sociedad jurídica dedicada a ese único fin.

2.1 Historia del agenciamiento aduanero: En el libro “Colombia y la economía mundial”, José Antonio Ocampo explica las dificultades y los obstáculos de Colombia para exportar en el siglo XIX y desde el punto de vista del control y manejo de las mercancías fue muy desalentador. Esta problemática se evidencio hasta inicios del siglo XX con el drástico aumento del flujo de carga debido en gran parte los tramos terminados del rio magdalena y del ferrocarril, que permitían que los puertos de Honda, Nare, Berrio y Wilches enlazaran con los centros del interior. Buenaventura en el pacifico y Cartagena, Sabanilla y Santa Marta en el Caribe eran los puertos marítimos más importantes en Colombia.

El aumento en el flujo de carga en el siglo XX provoco que nuevos personajes intervinieran en la actividad mercantil para facilitar las relaciones entre los transportadores y los cargadores y de igual manera trajo nuevos individuos al negocio como comisionistas, embarcadores, agentes y empresas transportadoras

El proceso iniciaba con el embarcador, que colaboraba con el remitente, los transportadores y el destinatario, posteriormente intervendrían los comisionistas y agentes que conseguían los clientes para los buques, arrieros y trenes.

Los comisionistas y los agentes jugaron un rol de suma importancia para los problemas y las dificultades que tenían los exportadores  de café en aquellos años al mejorar las condiciones de transporte de las mercancías destinadas a exportar. Por otro lado, no solo fueron beneficiados los exportadores de café, también se beneficiaron los importadores de materias primas, al igual que los fabricantes de telas y confecciones,  los distribuidores de mercancías destinadas a Bogotá, Medellín y otras ciudades importante del país y también los comerciantes que dependían de arribos de artículos en los puertos o de la llegada a tiempo de los trenes. Cabe resaltar que una de las empresas pioneras en esta actividad aduanera fue Jaramillo Hermanos & Cia. de Medellín.

En la década de los años 20, con la crisis económica mundial, surgieron los camiones en Colombia. Por otro lado, nació la necesidad de constituir agencias de aduanas que actuaran como agentes de aduanas y como comisionistas de transporte. Sin embargo, no fue sino hasta 1931 con la ley 79, que los comisionistas de transporte o embarcadores se denominaron como agentes de aduanas y comisionistas de transporte, con el rol de intervenir ante las aduanas en la nacionalización de las mercancías y el manejo de los principales productos de exportación de la primera mitad del siglo XX como lo fueron el café, la quina y el tabaco, combinando dichas actividad con el despacho y el embarque de la mercancía.

Actualmente, con la creación de nuevos lazos comerciales con diversos países y la futura ampliación del canal de panamá, el agenciamiento aduanero afronta muchos retos como ampliar y fortalecer su cobertura, mejorar las condiciones de su infraestructura y capacitar al personal en aras de incrementar la efectividad de los procesos aduaneros.

2.2 el agenciamiento aduanero como profesión, oficio o actividad económica:  

A .El agente aduanal: es una persona natural que tiene licencia por la autoridad aduanera para certificar o firmar documentos de exportación o importación y declaraciones de aduana

B. apoderado aduanal; persona natural que representa una empresa especializada en importar o exportar determinadas mercancías o que representa a un grupo de empresas

C. agencia aduanal: es una sociedad mercantil especializada en prestar servicios de exportación e importación.

2.3 regulación del agenciamiento aduanero: para ejercer la actividad de agenciamiento aduanero se deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Tener y registrar como objeto social principal el agenciamiento aduanero, excepto en el caso de los Almacenes Generales de Depósito

 2. Poseer y soportar contablemente un patrimonio líquido mínimo de:

A.  20.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), para las agencias de aduana que quieran operar en todo el territorio aduanero nacional.

 B. 6.000 UVT, para las agencias de aduana que pretendan operar exclusivamente en la jurisdicción de alguna de las siguientes ciudades: Cúcuta, Bucaramanga, Manizales, Maicao, Ipiales, Armenia, , Riohacha, Valledupar, Santa Marta, Urabá, Turbo y Pereira.

C. 2.000 UVT, para las agencias de aduana que pretendan operar exclusivamente en la jurisdicción de una de las siguientes ciudades: Amazonas, Inírida, Arauca, Puerto Asís, Puerto Carreño, San Andrés, Yopal  y Tumaco.

3. cumplir a cabalidad con el código de ética

 4. establecer una garantía global, bancaria o de compañía de seguros, cuyo fin será garantizar el cumplimiento de las responsabilidades y las obligaciones previstas. Los montos serán equivalentes a las siguientes cantidades de dinero:

A.  2000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, para las agencias de aduana que operen en todo el país.

B. 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, para las agencias de aduana que operen exclusivamente en la jurisdicción de una de las siguientes ciudades: Manizales, Pereira, Ipiales, Maicao, Bucaramanga, Armenia, santa marta, Cúcuta, Riohacha, Valledupar, Urabá, Turbo

C. 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, para las agencias de aduana que operen exclusivamente en la jurisdicción de una de las siguientes Direcciones Seccionales: Arauca, Inírida, Amazonas, Puerto Asís, Puerto Carreño, San Andrés, Tumaco y Yopal.

3. quienes son los usuarios aduaneros permanentes:

Los usuarios aduaneros permanentes (UAP) son definidos por el artículo 28 del decreto No. 2685 de 1.999 con vigencia desde el 1 de julio del año 2.000 como personas jurídicas inscritas o reconocidas como tales por la dirección de impuestos y aduanas nacionales por el cumplimiento de unos requisitos específicos. A continuación detallare los múltiples beneficios de estos usuarios:

  • Adquirir el levante automático de las mercancías importadas bajo cualquier modalidad.
  • Sólo están obligadas a constituir una garantía global respecto de la totalidad de las actuaciones que realicen ante la Dian, sin que se les puedan exigir garantías o pólizas adicionales, salvo que se trate de casos especiales tales como garantías en reemplazo de aprehensión o enajenación de mercancías que efectúe la propia Dian.
  • Pueden acceder a los beneficios otorgados para los usuarios altamente Exportadores, siempre que cumplan los requisitos de Ley.
  • Posibilidad de importar insumos y materias primas bajo la modalidad de importación temporal para procesamiento industrial, en los términos previstos en este decreto y habilitación del depósito privado para procesamiento industrial.

Para que la persona jurídica sea reconocida como U.A.P, debe cumplir con alguno de los siguientes requisitos dentro del marco mercantil:

  • Presentar la solicitud de reconocimiento e inscripción como Usuario Aduanero Permanente, debidamente suscrita por el representante legal
  • Informar la cantidad de declaraciones de importación y/o exportación presentadas o el valor FOB de las mercancías que hayan sido objeto de importación y/o exportación durante los doce meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de inscripción, o durante los tres  últimos años, según sea el caso
  • Acreditar la idoneidad profesional de sus representantes y auxiliares en formación académica, conocimientos específicos y/o experiencia relacionada con la actividad del comercio exterior, en los términos en que lo indique la autoridad aduanera
  • Informar los nombres e identificación de las personas que desee acreditar como representantes ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, e Informar los nombres e identificación de las personas que desee acreditar como auxiliares, sin capacidad de representación ante la autoridad aduanera.

Por otro lado, Los usuarios aduaneros permanentes deben cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Suscribir y presentar los documentos relativos a los regímenes de importación, exportación y tránsito aduanero, en la forma  y medios señalados por la  dirección de impuestos y aduanas nacionales (DIAN), directamente o a través de Sociedades de Intermediación Aduanera
  • Liquidar los tributos aduaneros y sanciones a que hubiere lugar, de acuerdo con lo previsto en este Decreto y en la forma que determine la DIAN
  • Responder por la veracidad y exactitud de los datos consignados en las declaraciones de importación, exportación, tránsito y demás documentos transmitidos electrónicamente al sistema informático aduanero y suscritos en calidad de declarante
  • Tener al momento de presentar las declaraciones de importación, exportación o tránsito, todos los documentos soporte requeridos para amparar las mercancías que se quieren despachar
  • Conservar a disposición de la autoridad aduanera, cuando actúen como declarantes, los originales de las declaraciones de importación, de valor, de exportación o de tránsito aduanero, de los recibos oficiales de pago en bancos y demás documentos soporte, durante el término previsto legalmente
  • Utilizar el código de registro asignado a la sociedad para adelantar trámites y refrendar documentos ante la DIAN
  • Contar con los equipos e infraestructura de computación, informática y comunicaciones y garantizar la actualización tecnológica requerida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para la presentación y transmisión electrónica de las declaraciones relativas a los regímenes aduaneros y los documentos e información que dicha entidad determine
  • Asistir a la práctica de las diligencias previamente ordenadas y comunicadas por la autoridad aduanera
  • Permitir, facilitar y colaborar con la práctica de las diligencias ordenadas por la autoridad aduanera
  • Expedir el carné a todos sus representantes y auxiliares acreditados para actuar ante las autoridades aduaneras, de acuerdo con las características y estándares técnicos definidos por la DIAN y utilizarlo solo para el ejercicio de la actividad para la cual se encuentran autorizados
  • Mantener permanentemente informada a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales sobre sus representantes y auxiliares acreditados para actuar ante las autoridades aduaneras e informar dentro de los tres días hábiles siguientes a que se produzca el hecho, vía fax o correo electrónico y por correo certificado a la dependencia competente de la DIAN, sobre su vinculación, desvinculación o retiro
  • Destruir los carnés que identifican a los representantes o auxiliares del Usuario Aduanero Permanente ante la DIAN, cuando hayan sido desvinculados o una vez quede en firme el acto administrativo que haya impuesto sanción de cancelación del reconocimiento e inscripción como Usuario Aduanero Permanente, o cuando no se obtenga la respectiva renovación
  • Actuar como Usuario Aduanero Permanente sólo después de aprobada la garantía requerida por las disposiciones legales.

Los usuarios aduaneros permanentes cuentas con múltiples beneficios

4. que son las zonas primarias aduaneras y las zonas secundarias aduaneras:

Las zonas primarias aduaneras son el lugar del territorio nacional habilitado por la autoridad aduanera, con el fin de permitir a los agentes económicos de comercio exterior de ejercer actividades de recepción, almacenamiento, movilización, cargue de las mercancías y su respectivo descargue. Dichas zonas comprenden desde los muelles y puertos de servicio públicos, hasta los aeropuertos, los depósitos públicos y privados, también las instalaciones industriales para desarrollar procesos de perfeccionamiento activo, los cruces de frontera habilitados por las normas de comunidad andina de naciones (CAN) y la infraestructura vial terrestre permitidas para el traslado de las mercancías bajo la vigilancia y control de la aduana hasta el lugar de destino donde deban cumplirse las obligaciones aduaneras.

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