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GESTIÓN PUBLICA


Enviado por   •  19 de Febrero de 2014  •  1.371 Palabras (6 Páginas)  •  244 Visitas

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TITULO: LAS ENTIDADES TERRITORIALES EN COLOMBIA

PROBLEMAS

1. Las entidades territoriales en el marco de la descentralización poseen autonomía?

E l proceso de descentralización que ha adelantado el país durante la última década busca cumplir con uno de los propósitos de la Constitución de 1991, que consiste en consolidar a Colombia como una República unitaria, descentralizada y con autonomía de sus entidades territoriales. La situación de hoy, comparada con la existente hace dos décadas, muestra un cambio significativo expresado en una estructura de gobierno en la cual el nivel nacional se especializa en la orientación y coordinación general; en el manejo macroeconómico y en la creación de condiciones para la provisión de bienes y servicios de impacto global; mientras que las entidades territoriales asumen la responsabilidad de garantizar la prestación de servicios públicos locales con especial énfasis en la educación y la salud. Se recupera de este modo un papel importante del nivel local y regional en el marco de las funciones públicas.

Igualmente, se elige democráticamente a los gobernadores y alcaldes, con lo cual además de fortalecerse la autonomía territorial se impulsa al mejoramiento de la gestión, al contar con gobernantes comprometidos con sus regiones y con estabilidad institucional y de recursos para adelantar un programa de gobierno. De este modo se superó una situación previa, en la cual la elevada rotación de alcaldes y gobernadores y su reducido arraigo local creaba un marco desfavorable para la Administración.

La descentralización en Colombia se ha caracterizado por su diseño integral, el cual comprende aspectos administrativos, políticos y fiscales. Así mismo, ha sido un proceso constante de ajuste y progreso de los diferentes instrumentos en la perspectiva de garantizar los mejores, resultados. El esquema de transferencias, ahora Sistema General de Participaciones, ha venido evolucionando con el fin de garantizar el adecuado cumplimiento de los objetivos previstos. En efecto, desde mediados de la década de los ochentas, cuando se expidió el primer paquete integral de medidas descentralistas, se han producido numerosas normas dirigidas a mejorarlo y complementarlo.

PREGUNTAS GENERADORAS

1. ¿Cuáles son las entidades territoriales?

Los constituyentes de 1991, sin revisión, decretaron como entidades territoriales "los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas". Así lo consignaron en el artículo 286 de la nueva Constitución.

Entidad es todo aquello que tiene ser propio. Ninguno de los citados elementos tiene ser propio. Ninguno es entidad. Todos tienen ser prestado. Su existencia depende del hombre que los crea, los decreta, los cambia o los anula. Departamentos, distritos, municipios, territorios indígenas. son, dicho con precisión, unidades político-administrativas dotadas de territorio.

Las verdaderas entidades territoriales son geográficas. Las aporta la naturaleza. Tienen ser propio. Existen por sí mismas Son un hecho externo al hombre... Entidades territoriales son las regiones, los valles, las cuencas hidrográficas, además nichos, concavidades y lugares.

Factor fundamental del ordenamiento territorial del país, como su nombre lo indica, es el territorio, que es lo que se ha ignorado. Abogados y juristas han redactado más de 15 propuestas de ley orgánica de ordenamiento del territorio. Ninguna hace referencia al territorio. Todas se contraen a lo político-administrativo. Colombia necesita una ley orgánica de ordenamiento territorial integral que tome en cuenta los tres ejes del proceso, geográfico-ambiental, étnico-cultural, político-administrativo.

2. ¿En el país existen las condiciones para la autonomía y autosuficiencia de las entidades territoriales?

Como corolario de esos principios, el artículo 287 de la Constitución Nacional, establece que las entidades territoriales gozan de autonomía para el manejo de sus intereses, otorgándoles los siguientes derechos: a Gobernarse por autoridades propias; b) Ejercer las competencias que le asignen la Constitución y la Ley; c) Administrar sus recursos y d) Participar de las rentas nacionales.

Los referidos derechos tienen diversas formas de hacerse efectivos. Las comunidades departamentales eligen popularmente a sus gobernadores y diputados en tanto que las municipales hacen lo propio con sus concejales y

alcaldes; tanto los departamentos como los municipios son receptores de competencias que deberán ejercer conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en los términos de la Ley; las asambleas y los concejos municipales están facultados para imponer contribuciones

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