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HACIENDA PUBLICA


Enviado por   •  3 de Marzo de 2014  •  6.301 Palabras (26 Páginas)  •  281 Visitas

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1. ¿QUÉ ES LA HACIENDA PÚBLICA?

Es una disciplina que analiza los objetivos buscados por el Sector Público a través de los ingresos y de los gastos presupuestales.

La hacienda pública es una disciplina autónoma pero profundamente vinculada a otras ciencias y artes.

1.1. Descripción del objeto de la hacienda pública

Esta disciplina estudia la forma en que se logran los objetivos del sector público a través de los medios de ingresos y gastos públicos, dirección de la administración de la deuda y las transacciones correspondientes. De forma específica estudia la manera en que se toman las decisiones por el sector público y la forma en que son realizadas y controladas. Su ámbito de análisis se asienta sobre las numerosas ciencias tradicionales.

El estudio del sector público como perceptor de recursos fiscales y como inversor de los mismos, constituye el objeto central de la hacienda pública.

Pretender estudiar la Hacienda Pública en el mundo contemporáneo de manera aislada de otras áreas como la economía, la política, la administración o el derecho público constituiría una inmensa equivocación. La complejidad que el sector público ha ido adquiriendo en las sociedades modernas exige que el análisis de los mecanismos con que dicho sector se financia y de la forma como se invierten los recursos que maneja deba ser forzosamente un estudio multidisciplinario.

1.2. Los propósitos de la hacienda pública

El objetivo de la hacienda pública no se reduce al estudio de la provisión de bienes colectivos, la hacienda pública moderna se ocupa además de otros objetivos fundamentales: la redistribución, la estabilidad y el desarrollo económico.

a) El suministro de bienes colectivos:

Existe un conjunto de bienes y servicios que no pueden suministrarse a través de los mecanismos normales del mercado. En relación con ellos no es factible que opere con claridad el sistema de precios como herramienta de difusión de las preferencias de los consumidores. Y cuando su suministro se hace a través de mecanismos de mercado a menudo resulta un suministro deficiente. Estos bienes, son los que se conocen como bienes colectivos.

b) La función redistributiva de la Hacienda Pública:

La hacienda pública clásica no le asigno a la disciplina un propósito redistributivo explícito. Se consideraba que el objetivo de la hacienda pública es atender los gastos fundamentales del Estado con un mínimo de distorsión en las decisiones económicas de los diversos agentes.

c) La función estabilizadora

Puesto que no son automáticos los instrumentos de ajuste se vio entonces, que las finanzas públicas podían lograr un papel muy importante en los procesos estabilizadores, es decir, en reducir las fuerzas inflacionarias o recesivas de la economía.

2. FORMACIÓN HISTÓRICA DE LA HACIENDA PÚBLICA EN COLOMBIA

3.1. La Colonia

En la época colonial la Corona española reglamentó el comercio de manera prohibitiva, llegando incluso hasta su supresión. Fue excesivamente reglamentarista, sin que eso significara que la legislación fuera eficaz, buscando como finalidad obstaculizar el desarrollo económico de las colonias americanas no obstante el querer de España de convertirlas en mercado para sus productos.

El sistema tributario tenía un carácter clasista, por lo cual prosperaron los impuestos indirectos, gravando especialmente los consumos y el trabajo.

3.1.1. Impuestos directos

o Tributo de indios: Bula cruzada: Recaía sobre la comunidad e igualmente debían pagarlo las ciudades más importantes ubicadas en los virreinatos.

o Medias anatas: Originariamente los que debían pagar este tributo eran los que ejercían oficios eclesiásticos "media anata eclesiástica", quienes contribuían con la mitad de sus ingresos percibidos durante el primer año. Después este impuesto se extendió a los que ejercían cargos civiles y debían contribuir con la mitad de lo que percibieran "media anata secular".

o Mesada eclesiástica: Este gravamen recaía sobre los que ejercían los oficios eclesiásticos, a quienes se les reducía una duodécima parte de la renta de un año, en beneficio de la Corona española.

o Los espolios: Se establecieron los espolios para la situación de que una vez muertos los arzobispos y obispos, los bienes muebles e inmuebles que poseían pasaban a la Corona.

o Las vacantes mayores: Constituían los ingresos que la Corona percibía por las rentas adquiridas desde el tiempo en que moría un prelado hasta que la Santa Sede le nombraba su sucesor.

o Enajenación de oficios o cargos públicos: Hacía referencia al remate en pública subasta de los principales cargos y empleos públicos, postulándose para ellos las personas que reunían las condiciones mínimas para ejercerlos.

o Donativos graciosos: Fue una contribución extraordinaria y de carácter obligatorio que se le imponía a los vasallos de las colonias de América por parte de la Corona española.

3.1.2. Impuestos indirectos

Estos impuestos indirectos recaían particularmente sobre la industria o una determinada actividad, o también sobre el intercambio de mercancías entre la Corona y sus colonias americanas, entre éstas y España, o al interior de las colonias.

o Los diezmos: El impuesto del diezmo recaía sobre el 10 por 100 de los frutos vegetales y de las crías de los animales. Su destino era financiar el culto y los prelados que estaban en tierras coloniales.

o Quintos reales: El tributo de los quintos reales era el que debían pagar los explotadores de minerales preciosos en las colonias americanas.

o Venta de tierras realengas: Técnicamente hablando no fue un impuesto. El papado de Alejandro VI emitió una bula a finales del siglo XV, con la cual otorgaba a la Corona española las tierras descubiertas en América. La metrópoli otorgó estas tierras bien por medio de mercedes o concesiones, y las restantes las vendía producto de las cuales obtuvo grandes ingresos.

o Almojarifazgo: Este tributo se debía pagar por los "derechos de aduana", en un sentido moderno, que se cobraban en los puertos marítimos.

o Avería: Se cobraba en el tráfico jurídico teniendo en cuenta el pago del almojarifazgo. Con su pago se contribuía a financiar la protección de las embarcaciones marítimas

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