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ISR: Impuesto Sobre La Renta


Enviado por   •  31 de Julio de 2014  •  920 Palabras (4 Páginas)  •  274 Visitas

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La legislación fiscal vigente da transparencia en el uso de las donaciones porque existe otro candado legal en la Ley del ISR, el artículo 31, que inhibe a las empresas a recurrir a las donaciones para evadir sus obligaciones fiscales, ya que establece que hasta 7% de su utilidad fiscal obtenida puede ser donado; si rebasa ese porcentaje, ya no es deducible de impuestos.

De acuerdo con expertos, es bien conocido que en México no existe evasión fiscal más "elegante" que hacer donaciones deducibles de impuestos.

El historiador chileno Christian Antoine, explica que en México, "no existen límites para las deducciones de las donaciones del ingreso imponible, esto significa que una persona o empresa puede entregar a una institución filantrópica todo el ingreso tributable y deducirlo completamente, sin tener que pagar impuesto alguno después de la donación".

Si una empresa lucrativa, es decir, una SA de CV, quiere obtener el beneficio fiscal de bajar sus utilidades, lo único que debe hacer es dar un par de donativos deducibles. Esto principalmente perjudica a los trabajadores, a quienes hasta se les puede llegar a decir que no recibirán reparto de utilidades porque la empresa tuvo esos 'gastos' altruistas.

Por su parte, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CNCA) da recursos a organizaciones de dudosa actividad cultural.

En 2006 el CNCA dio "donativos" a unas 126 organizaciones que en total ascienden a 305 millones 65 mil 479 pesos.

No queda claro si se trata de los llamados recursos "etiquetados" aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, de dineros provenientes de fondos especiales, de los recursos que maneja el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes (Fonca) o de dineros provenientes de otros ingresos, ni se aclara si son parte de los recursos asignados a programas o áreas o dependencias específicas.

En esa lista lo mismo se ubican el Festival Internacional Cervantino (que con el concepto "donativo" recibió poco más de 49 millones), que los gobiernos de los estados de Colima (3 millones 919 mil pesos), Hidalgo (17 millones 620 mil), Jalisco (4 millones 508 mil), Michoacán (un millón 610 mil), Oaxaca (19 millones 312 mil 988), Puebla (192 mil), San Luis Potosí (18 millones 331 mil), Tabasco (880 mil).

Asimismo, en 2006 el CNCA le dio un donativo a Municipio de Santiago Pinacoteca Nacional S.A. de C.V. por 2 millones 576 mil pesos, aun cuando el Sistema de Administración Tributaria (SAT) establece que para ser una "donataria autorizada" se debe ser una asociación "sin fines de lucro", es decir, no se le puede dar dinero bajo el rubro "donativo" a las sociedades anónimas de capital variable (SA de CV).

La Ley del Impuesto sobre la Renta establece que, en materia cultural, las asociaciones o sociedades civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos, deberán

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