Importancia Del Dumping
ferroko0517 de Septiembre de 2014
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NORMA
Las normas son reglas de conductas que nos imponen un determinado modo de obrar o de abstenernos. Las normas pueden ser establecidas desde el propio individuo que se las auto impone, y en este caso son llamadas normas autónomas, como sucede con las éticas o morales. Así, una persona ayuda a un necesitado porque se lo ordena su propia conciencia, y cuyo castigo también es personal, y está dado por el remordimiento.
Las que son fijadas independientemente del sujeto que las cumple, son llamadas heterónomas, y pueden ser los usos y costumbres, establecidos por la sociedad por su repetición continua, como comer con cubiertos, o saludar a los vecinos, y quienes no las cumplen pueden recibir el rechazo del cuerpo social que integran, o religiosas, establecidas por la comunidad religiosa a la que el individuo pertenece, como asistir a misa los Domingos, y cuya falta de acatamiento puede recibir un castigo luego de la muerte, o las normas de calidad, que deben cumplirse para la fabricación de un producto, so pena de no poder lanzarse al mercado, o las normas jurídicas, también llamadas leyes, impuestas por el estado, para regular la conducta social en miras al bien común y que poseen una sanción de cumplimiento efectivo, como una multa, inhabilitación o prisión.
Normas Religiosas: están integradas por el conjunto de normas manifestadas al hombre por Dios. Son preceptos obligatorios que regulan la conducta del hombre en relación con la divinidad, emanan directamente de Dios o de sus representantes en la Tierra, cuyo cumplimiento está impuesto por la fé. Las normas religiosas, por su naturaleza, participan en gran parte de los rasgos de las normas morales, ya que el contenido de ambas tiene como fin los aspectos interiores de los individuos. Normas Jurídicas: Son reglas de conducta de carácter obligatorio que han sido o creadas por un órgano reconocido por el Estado y cuyo incumplimiento trae como consecuencia la aplicación de la fuerza (coercivamente). En esta clase de normas no importa la voluntad del sujeto a quien van dirigidas para su cumplimiento ya que es indiferente que esté de acuerdo o no en acatarlas, pues la característica esencial de las normas jurídicas es la obligatoriedad y la posibilidad que tiene la autoridad de hacerlas cumplir por medio de la fuerza. Tanto las normas morales como las normas jurídicas se encaminan a la creación del orden; pero es diferente el orden propio de la moral del orden característico de las normas jurídicas. Los mandatos contenidos en las normas morales tienen una finalidad ética, pues solo buscan la realización del bien, por lo que se dirigen a la conciencia de los individuos.
NORMA RELIGIOSA
Las normas religiosas presentan un carácter marcadamente interno, puesto que a la religión lo que le interesa es la intención con la cual el sujeto ejecuta el acto. No basta, pues, para que se alcance la santidad que se cumpla exteriormente con ciertas ritualidades o practicas si no que es indispensable que el individuo las acepte en conciencia
CARACTERES
Las normas religiosas son incoercibles, esto es, no admiten legítimamente le aplicación de la fuerza física en caso de incumplimiento. En efecto para que el acto tenga valor religioso debe se realizado libremente por el sujeto.
El tipo de sanción es interno y sobrenatural: el dolor o aflicción por haber ofendido a Dios y, en último término, como se digo, la pérdida de la posibilidad
Las conductas permitidas, exigidas y prohibidas por las normas religiosas están escritas o señaladas por Dios, o sea que son externas (heterónomas) y no autónomas, como las morales, que las dicta la propia conciencia de cada uno. En esta característica coinciden con ,ya que en ambos casos, las normas rigen independientemente de la voluntad humana, pero en este caso es el hombre el que decide cuando ya es mayor, si desea participar o no de cierta comunidad religiosa y sus reglas; en cambio las normas jurídicas no pueden ser dejadas de lado por propia voluntad.
Las normas religiosas son más antiguas que las jurídicas. En Roma el derecho divino se llamaba “fas”, a diferencia del humano que era el “juez”. Sin embargo en un principio estaban estrechamente unidos, y el “juez” sancionaba las conductas que según el “fas” debían prohibirse.
NORMA MORAL
Las conductas permitidas, exigidas y prohibidas por las normas religiosas están escritas o señaladas por Dios, o sea que son externas (heterónomas) y no autónomas, como las morales, que las dicta la propia conciencia de cada uno. En esta característica coinciden con las normas jurídicas, ya que en ambos casos, las normas rigen independientemente de la voluntad humana, pero en este caso es el hombre el que decide cuando ya es mayor, si desea participar o no de cierta comunidad religiosa y sus reglas; en cambio las normas jurídicas no pueden ser dejadas de lado por propia voluntad.
Las normas religiosas son más antiguas que las jurídicas. En Roma el derecho divino se llamaba “fas”, a diferencia del humano que era el “ius”. Sin embargo en un principio estaban estrechamente unidos, y el “ius” sancionaba las conductas que según el “fas” debían prohibirse. El rey era el Pontífice Máximo y los días para litigar, o sea, para accionar en justicia, se dividían en fas Como las morales imponen conductas, pero no son externas al sujeto, sino autónomas, dadas por la propia conciencia de cada uno. En general, las personas poseen una conciencia recta que les indica lo que está bien y lo que está mal, y actúan en consecuencia. La gente en general no roba, ni mata, ni lesiona a otros, no por temor al castigo de las leyes penales, sino porque sienten que eso está mal, y ni siquiera se toman el trabajo de leer los códigos penales para no caer en simplemente actúan por su instinto de buena persona.
En general las normas morales coinciden con las normas jurídicas, o debieran coincidir. Pero como las normas morales no tienen sanción efectiva, sino el remordimiento, y previendo que existen personas cuya conciencia no es recta, o a sabiendas de lo que su conciencia les indica actúan mal, se han sancionado las normas jurídicas que castigan a quien delinque con prisión, reclusión o accesoria de inhabilitación. Si todos tuvieran una conciencia moral bien conformada y se adecuaran a ella, las normas jurídicas no tendrían razón de existir.
En cuestiones esenciales como las lesiones, hay unanimidad sobre lo que es bueno o es malo. Sin embargo existen dilemas o conflictos éticos que hacen que el límite entre el bien y el mal resulte difuso. En estos casos es necesaria la norma jurídica que dirima la cuestión, por ejemplo, si debe ser o no punible el aborto, o la tenencia de drogas para consumo personal, o la imposición de la pena de muerte para delitos graves. El debate será ético, pero la solución debe ser jurídica, ya que no a todos los jueces, seguramente la conciencia les brindará las mismas soluciones
Norma social
Es una regla a la que se deben ajustar las conductas, tareas y actividades de los individuos que forman parte de una sociedad.
Dentro de cada sociedad existen normas de convivencia que nacen de un deseo generalizado con la finalidad de conseguir orden y estabilidad social. Al momento que las normas sociales dejan de ser útiles para la convivencia dentro de una sociedad determinada, generalmente son sustituidas por otras nuevas que se adapten mejor a los cambios sociales, sin embargo algunas de estas normas permanecen como una parte fundamental de la cultura de un grupo social.
Toda nuestra convivencia social se sustenta en normas. Las relaciones que se establecen entre personas son reguladas por distintas normas. Ellas definen y determinan los derechos, deberes y permiten al individuo saber cómo actuar correctamente.
Podríamos definir el concepto de norma como toda regla de carácter obligatorio que manda, permite o prohíbe una determinada conducta o comportamiento al interior del grupo social a la cual se pertenece.
En nuestra vida cotidiana nos encontramos con diversas situaciones que nos contactan con el Derecho, simples acciones como subirse a una micro generan consecuencias jurídicas como la obligación de pagar el pasaje y el derecho a que la micro haga su recorrido.
El Derecho surge como una manifestación de la necesidad de establecer normas que nos permitan convivir en forma organizada y pacífica, evitando que las personas resuelvan los conflictos por sus propios medios.
Normas religiosas
La norma religiosa es aquella prescripción de conducta humana cuya finalidad última es posibilitar la santidad del hombre. En otras palabras ella plantea las exigencias que el hombre ha de cumplir para agradar a Dios (hacer su voluntad) así alcanzar la eterna bienaventuranza
Caracteres
La finalidad de la norma religiosa es la santidad, lo que persigue el sujeto es acercarse a Dios, logrando así la vida eterna.
El origen de la norma religiosa es la razón de Dios que las impone al hombre, tiene un carácter heterónomo, en lo que ha su origen se refiere, estas tienen que ser conocidas, reconocida he internalizadas. Las normas religiosas tienen un carácter unilateral puesto que imponen deberes pero no facultan el cumplimiento
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