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Impuesto Del Activo Neto Y Solidario En Honduras


Enviado por   •  2 de Julio de 2015  •  1.063 Palabras (5 Páginas)  •  1.278 Visitas

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Impuesto al activo neto

Activo Total Neto es el valor monetario de toda clase de Activos que posee el contribuyente, figurados en el Balance General, menos las reservas de cuentas por cobrar, las depreciaciones acumuladas permitidas por la Ley del Impuesto Sobre la Renta, (ISR) las reevaluaciones de activos mientras no se disponga de las mismas, es decir mientras no sea utilizada esta reserva de capital para aumentar el capital o declarar dividendos, los valores por expansión de inversión registradas como proyectos en proceso o activos fijos (muebles e inmuebles) que no estén en operación y el saldo de las obligaciones documentadas o autorizadas con socios o terceros o con instituciones financieras directamente relacionadas con el financiamiento de activos fijos que se encuentren en operación.

El impuesto al activo neto consiste en la contribución que la darán las personas naturales o jurídicas, radicados en Honduras que tengan el carácter de comerciantes según los términos del Código de Comercio y se pagará sin tener en cuenta la nacionalidad o domicilio de los titulares del activo, la región del País en que éste se localiza.

Base de cálculo del Impuesto al activo neto;

La tasa del impuesto al activo neto será del uno por ciento (1%) anual y deberá pagarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del período fiscal común ordinario o el especial autorizado por la Dirección General de Tributación para efectos del pago del Impuesto Sobre la Renta, dicho impuesto se pagará en las oficinas recaudadoras autorizadas por la Dirección General de Tributación en la fecha de presentación de la declaración jurada.

• El impuesto se causa en las Personas Jurídicas cuyo Activo Total Neto exceda de tres millones de Lempiras (L. 3,000,000.00) que se reflejen en el Balance General del ejercicio fiscal imponible.

Para la determinación del Activo Total Neto deberá observarse la formula y descripción que se detalla:

ATN = A – RCC – DA – RA – EI – SOF

En donde:

ATN = Activo Total Neto

A = Activos figurados en el Balance General

RCC = Reservas Cuentas por Cobrar

DA = Depreciaciones acumuladas

RA = Reevaluaciones de Activos

EI = Expansión de inversiones

SOF = Saldo de Obligaciones Financieras

Exentos del pago de este impuesto;

Se encuentran eximidos de la Declaración y Pago de este impuesto:

• Las personas Jurídicas cuyo Activo Total Neto no exceda de Tres Millones de Lempiras (L.3, 000,000.00 );

• Las personas jurídicas exentas del pago del Impuesto sobre la Renta; entre las cuales pueden ser: Las personas naturales y jurídicas cuyos activos netos estén exclusivamente relacionados con fines de beneficencia, educativos, culturales, gremiales o dedicados a la investigación científica por cuenta de fundaciones, universidades u otras instituciones análogas, nacionales o extranjeras, aceptadas por la Dirección General de Tributación;

• Los comerciantes que operen en las Zonas Libres (ZOLÍ), Zonas Industriales de Procesamiento (ZIP), Zonas Libres Turísticas (ZOLT) y maquilas (RIT) y las demás bajo Regímenes Especiales de exoneración fiscal;

• Las personas jurídicas en etapa pre-operativa de sus actividades; es decir hasta cuando den inicio a su primera transacción de venta al comercio.

• Los contribuyentes que en un período sufrieren pérdidas operativas originadas por caso fortuito o fuerza mayor; dicha pérdida deberá ser certificada por una firma auditora, debidamente registrada en el Colegio respectivo, sin perjuicio de la fiscalización posterior.

Crédito contra el impuesto sobre la renta

a) Si el impuesto sobre la renta a pagar correspondiente al año imponible es igual o superior al impuesto determinado para el activo neto, se entiende

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