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Impuestos


Enviado por   •  3 de Junio de 2014  •  677 Palabras (3 Páginas)  •  165 Visitas

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Impuestos sobre Espectáculos Públicos

1. Definición del tributo:

El impuesto sobre espectáculos públicos gravará la adquisición de cualquier boleto, billete o instrumento similar que origine el derecho a presenciar un espectáculo en sitios públicos o en salas abiertas al público.

2. Identifique los elementos de la Obligación Tributaria:

a) Sujeto Activo: El sujeto activo siempre va a ser el Estado, representado en este caso por la Administración Municipal.

b) Sujeto Pasivo: Los obligados a satisfacer la obligación tributaría derivada de este tributo son los asistentes al evento, los espectadores, quienes al adquirir los billetes, boletos o entradas, deben pagar en el precio del evento, el monto correspondiente al impuesto. Los empresarios fungen así como verdaderos agentes de retención del fisco municipal.

b.1. Contribuyentes:

En la mayoría de las ordenanzas sobre la materia en estudio, la determinación del sujeto pasivo en calidad de contribuyente, se hace, como ya se mencionó, en cabeza de cada asistente al espectáculo o diversión, quien es el que paga el impuesto en el momento de adquirir el respectivo boleto o billete de entrada.

b.2. Responsables: Los denominados empresarios de espectáculos o diversiones, personas naturales o jurídicas que de manera eventual o permanente asumen la dirección y gestión económica del espectáculo o diversión, que emiten la boletería, responden ante el Municipio por el cumplimiento de los deberes formales y demás exigencias requeridas en las respectivas ordenanzas, que van mas allá de lo estrictamente tributario; son responsables directos, respecto a este tributo que pagan los espectadores, en calidad de agentes de percepción, al intervenir en los actos y operaciones relacionadas a la percepción del impuesto correspondiente.

c) Hecho Imponible: El hecho imponible de este impuesto es la realización de un espectáculo público en la jurisdicción municipal correspondiente, que se configura con la asistencia del público al espectáculo o presentación. Cabe aclarar que el impuesto no recae sobre el empresario sino que debe ser sufragado por los asistentes al evento. Los empresarios están por su parte obligados al pago de la patente de industria y comercio sobre los ingresos brutos que deriven de la actividad que realizan.

c.1. Aspectos Materiales: El cobro por la asistencia cualquier espectáculo público se hará mediante la utilización de billetes o boletos que loes empresarios someterán previamente a la aprobación y control de la Dirección que al respecto designe la Alcaldía.

c.2. Aspectos Subjetivos: Los billetes o boletos de entrada a espectáculos

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