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Intermediarios Y Mercados Financieros


Enviado por   •  12 de Mayo de 2014  •  2.682 Palabras (11 Páginas)  •  344 Visitas

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Intermediarios y Mercados Financieros

Los intermediarios y los mercados financieros forman parte de un conjunto de elementos que componen un sistema financiero. En México, como en otros países, dicho sistema está conformado por un grupo de individuos, organismos e instituciones que se encargan de captar, administrar, reglamentar y orientar los recursos financieros que se negocian continuamente entre los diferentes agentes económicos. El sistema financiero se puede dividir en cuatro partes: (1) los organismos reguladores, (2) las instituciones financieras, (3) los individuos e instituciones que efectúan las diferentes operaciones y (4) las organizaciones que pueden ser reconocidas como auxiliares.

Instituciones Financieras

Las instituciones financieras son las encargadas de realizar las operaciones propiamente dichas dentro del sistema financiero y están clasificadas dentro del sistema bancario y los intermediarios bursátiles. En esta sección se presentan las características de las instituciones que participan dentro del sistema bancario y en una sección posterior se abordará con mayor detalle las definiciones y características de las instituciones que intervienen en el mercado bursátil.

Panorama General del Sistema Financiero Mexicano:

Organismos de Regulación, Supervisión y Control

Un mercado, si no es perfectamente competitivo –como ocurre en la mayoría de los casos– por sí mismo no produce bienes y servicios al menor costo posible y de forma eficiente. Es decir, se presentan fallas o imperfecciones en el mercado que no permiten que éste opere de forma óptima. Por este motivo es necesaria la regulación gubernamental del mercado para corregir tales fallas.

En los mercados financieros, como en cualquier otro, se pueden presentar fallas, por lo que los gobiernos de muchos países han creado una serie de mecanismos de regulación para estos mercados que están planeados para cumplir cinco funciones:

1. Evitar que los emisores de valores oculten información importante en perjuicio de los inversionistas.

2. Impulsar la estabilidad de las instituciones financieras.

3. Fomentar la competencia y la imparcialidad en el intercambio de valores financieros.

4. Controlar el nivel de actividad económica.

5. Limitar las actividades de individuos u organizaciones de procedencia extranjera en los mercados domésticos.

En México hay cinco principales organismos reguladores de la actividad financiera: la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), la Comisión Nacional del Sistema del Ahorro para el Retiro (CONSAR) y el Banco de México (Banxico), como se advierte en la Figura 2–1.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la máxima autoridad reguladora del sistema financiero en México. La Figura 2–2 muestra que la SHCP ejerce sus funciones a través de seis subdivisiones, entre las que están la Subsecretaría de Egresos y la Tesorería de la Federación, entre otras. Entre las principales funciones de la SHCP se encuentran, por ejemplo:

• Controlar, vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales, en el cobro de impuestos, contribuciones, derechos, productos y aprovechamientos federales.

• Proponer, dirigir y controlar la política del gobierno federal en materia financiera, fiscal, de gasto público, crediticia, bancaria, monetaria, de divisas, de precios y tarifas de bienes y servicios del sector público, de estadística, geografía e informática.

• Contratar créditos internos y externos a cargo del gobierno federal.

• Establecer relaciones y mecanismos de coordinación que permitan obtener la congruencia global de la Administración Pública Paraestatal con el Sistema Nacional de Planeación y con los lineamientos generales en materia de financiamiento.

• Proponer el proyecto de presupuesto de la SHCP, el de los ramos de deuda pública y de participaciones a entidades federativas y municipios, así como el del sector paraestatal coordinado.

• Planear, coordinar y evaluar el sistema bancario mexicano, respecto de la banca de desarrollo y las instituciones de banca múltiple en las que el Gobierno Federal tenga el control por su participación accionaria.

• Ejercer las atribuciones que le señalen las leyes en lo referente a banca múltiple, seguros y fianzas, valores, organizaciones auxiliares del crédito, sociedades, mutualistas de seguros y casas de cambio.

Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Hasta 1995 existían la Comisión Nacional Bancaria y la Comisión Nacional de Valores de forma separada. Sin embargo, una modificación legislativa que entró en vigor ese año creó la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Esta consolidación respondió a la necesidad de tener un solo organismo que corresponda a las operaciones de las entidades financieras que se orientan hacia un esquema de banca integral. Bajo este esquema las instituciones financieras prestan una gama muy amplia de servicios dentro de un mismo grupo financiero. La CNVB es en México el organismo equivalente a la Comisión de Valores e Intercambio (SEC, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos o al Panel de Valores e Inversión (SIB, por sus siglas en inglés) de Gran Bretaña.

El objetivo principal de la CNBV es sostener y propiciar el desarrollo sano y equilibrado del sistema financiero, así como supervisar a las entidades financieras de su competencia, es decir, a la banca comercial, a la banca de desarrollo y a los intermediarios bursátiles. Entre las principales funciones de esta institución se encuentran:

• Establecer los criterios a los que se refiere el artículo 2º de la Ley de Mercado de Valores, así como aquellos criterios de aplicación general en el sector financiero acerca de los actos y operaciones que se consideren contrarios a los usos mercantiles, bancarios o bursátiles o a las sanas prácticas de los mercados financieros y dictar las medidas necesarias para que las entidades ajusten sus actividades y operaciones a las leyes que les sean aplicables, a las disposiciones de carácter general que de ella deriven y a los referidos usos y sanas prácticas.

• Supervisar a las autoridades, a las personas físicas y demás personas morales, cuando realicen

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