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Investigación De BANGUAT


Enviado por   •  10 de Junio de 2013  •  2.538 Palabras (11 Páginas)  •  1.686 Visitas

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Banco de Guatemala (BANGUAT)

Banco de Guatemala

BANGUAT

Fecha de fundación 11 de diciembre de 1945 (a través del Decreto 215 del Congreso de la República)

Entidad predecesora Banco Central de Guatemala (fundado el 30 de junio de 1926 a través del Acuerdo Gubernativo emitido aquella fecha)

Jurisdicción Economía Nacional

Tipo Banco Central

Sede Ciudad de Guatemala

Presidente

Lic. Edgar Baltazar Barquín Durán

Vicepresidente

Lic. Julio Roberto Suárez Guerra

Gerente General

Lic. Manuel Augusto Alonzo Araujo

Página web Banco de Guatemala

El Banco de Guatemala (BANGUAT) es el banco central de la República de Guatemala encargado de centralizar los fondos de los otros bancos del Sistema Bancario Nacional. El Banco de Guatemala es una entidad con patrimonio propio, que se regirá por su Ley Orgánica y la Ley Monetaria. El Banco de Guatemala depende de la Junta Monetaria, cuyo Presidente y Vicepresidente son también el Presidente del Banco de Guatemala y el Vicepresidente del Banco de Guatemala. También el Banco de Guatemala es el encargado de la impresión y distribución de la moneda nacional el Quetzal. El Banco de Guatemala influye en gran manera en la política cambiaría y financiera de Guatemala. El actual Presidente del Banco de Guatemala es el Lic. Edgar Baltazar Barquín Durán y el actual Vicepresidente del Banco de Guatemala es el Lic. Julio Roberto Suárez Guerra.

1. Potestad de Emisión

La potestad de emisión de la moneda nacional, llamada Quetzal, pertenece únicamente a El Banco de Guatemala, la potestad de emisión del Banco de Guatemala está establecida en el Art. 2 de la Ley Monetaria,1 la cual dice:

"Únicamente el Banco de Guatemala puede emitir billetes y monedas dentro del territorio de la República de Guatemala, de conformidad con la presente Ley y con la Ley Orgánica del Banco de Guatemala. La emisión está constituida por los billetes y monedas nacionales que no estén en poder del Banco de Guatemala."

2. Reservas Monetarias Internacionales

Las reservas monetarias internacionales del Banco de Guatemala están descritas en el Art. 10 de la Ley Monetaria, por lo cual están constituidas por los activos siguientes:

a) Oro;

b) Billetes y monedas aceptados como medio de pago internacional;

c) Depósitos de divisas inmediatas exigibilidad y a plazos, en instituciones financieras internacionales o en bancos extranjeros que determine la Junta Monetaria;

d) Títulos o valores de primera clase, líquidos, emitidos por gobiernos extranjeros de reconocida solvencia, organismos internacionales y corporaciones o instituciones financieras que determine la Junta Monetaria.

e) Derechos Especiales de Giro del país en el Fondo Monetario Internacional;

f) Aportes a organismos financieros internacionales cuando se consideren internacionalmente como activos de reserva; y

g) Otros activos que la Junta Monetaria califique, de conformidad con las circunstancias derivadas de la evolución de los instrumentos del mercado financiero internacional.

Las reservas monetarias internacionales son inembargables y no podrán ser objeto de medidas precautorias, administrativas, ni judiciales. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos, tributos o contribución especial

3. Funciones

El Banco de Guatemala tiene, entre otras que determina su Ley Orgánica, las funciones siguientes:

a) Ser el único emisor de la moneda nacional;

b) Procurar que se mantenga un nivel adecuado de liquidez del sistema bancario, mediante la utilización de los instrumentos previstos en su Ley Orgánica;

c) Procurar el buen funcionamiento del sistema de pagos;

d) Recibir en depósito los encajes bancarios y los depósitos legales a que se refiere su Ley Orgánica;

e) Administrar las reservas monetarias internacionales, de acuerdo con los lineamientos que dicte la Junta Monetaria; y,

f) Las demás funciones compatibles con su naturaleza de Banco Central que le sean asignadas por mandato legal.

4. Estructura Administrativa

El Banco de Guatemala, para cumplir con su objetivo fundamental y a la vez, desarrollar eficiente, eficaz y oportunamente las funciones que le encomienda su Ley Orgánica, ha diseñado una Estructura Administrativa basada en una jerarquía orgánica y administrativa conformada por Presidencia, Vicepresidencia, Gerencia General, Gerencias de Área, Departamentos, Secciones y Unidades. Esta estructura cuenta con las dependencias que, cumpliendo individualmente con su razón de ser y sus funciones, le permiten a la Institución lograr sus objetivos de Banco Central, siendo éstas:

5. Junta Monetaria

La Junta Monetaria, integrada conforme los artículos 132 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 13 del Decreto Número 16-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, ejerce la dirección suprema del Banco de Guatemala. La Junta Monetaria es la que define la política cambiaria, monetaria y crediticia del país, siendo estas las más favorables para la economía nacional, además de esto, la Junta Monetaria es la que ejerce la dirección general del Sistema Financiero Nacional. El Banco de Guatemala depende de la dirección de la Junta Monetaria, ya que dicha junta es la máxima autoridad dentro de la institución bancaria central.

6. Presidencia y Vicepresidencia

La Presidencia del Banco de Guatemala está conformada por el Presidente y el Vicepresidente, quienes a su vez también lo son de la Junta Monetaria. Entre las atribuciones del Presidente están la de proponer a la Junta Monetaria la política monetaria, cambiaria y crediticia, incluyendo

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