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LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.


Enviado por   •  1 de Octubre de 2016  •  Resúmenes  •  1.379 Palabras (6 Páginas)  •  416 Visitas

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CAPITULO VII.

1.-LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

La sociedad de responsabilidad limitada es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues solo serán cesibles en los casos y con los requisitos que establece la ley establecida en el artículos 58. De la definición que hace la ley de la sociedad de responsabilidad limitada, podemos deducir lo siguiente: que la responsabilidad de los socios se limita al pago de sus aportaciones quedando a salvo su patrimonio personal, las aportaciones de los socios se denominan partes sociales.

2.-EL NOMBRE DE LA SOCIEDAD.

La sociedad de responsabilidad limitada existirá bajo una denominación o bajo una razón social que se formara con el nombre de uno o más socios. La denominación o la razón ira seguida de las palabras “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o de su abreviatura S. DE R. L.”, y la omisión de este requisito de formalidad sujetara a los socios a tener una responsabilidad solidaria, subsidiaria e ilimitada de las obligaciones sociales.

3.-SOCIOS

A) RESPONSABILIDAD.

Los socios tendrán como principal característica que responderán única y exclusivamente hasta el monto de sus aportaciones por las obligaciones sociales.

B) NUMERO DE SOCIOS.

La legislación Mercantil que regula las sociedades, determina en su Artículo 61 que ninguna sociedad de responsabilidad limitada tendrá más de cincuenta socios y como mínimo de dos socios.

4.-EL CAPITAL SOCIAL.

El capital social será el que se establezca en el contrato social; se dividirá en partes sociales que podrán ser de valor y categoría desiguales, pero que en todo caso serán de un múltiplo de un peso. Este capital social al constituirse la sociedad deberá estar íntegramente suscrito y exhibido por lo menos el cincuenta por ciento del valor de cada parte social. El capital mínimo será el que ellos crean conveniente.

5.- LAS APORTACIONES.

las aportaciones de los socios constituyen el capital social con el que inicia la sociedad, y si bien es cierto que el apartado que regula la sociedad de responsabilidad limitada no determina la clase o tipo de aportaciones aparte del numerario (dinero).

A) APORTACIONES SUPLEMENTARIAS.

Además de las aportaciones iniciales para constituir el capital social, los socios pueden pactar en el contrato social, la obligación de realizar aportaciones suplementarias en proporción a sus primitivas aportaciones, que pueden consistir en dinero o bienes.

6.- LAS PARTES SOCIALES.

A) EL CAPITALDIVIDIDO EN PARTES SOCIALES.

El capital social se divide en partes sociales que pueden ser de valor y categorías desiguales, además las partes sociales no pueden representarse por medio de títulos de crédito, sino por medio de documentos mercantiles que acrediten la aportación y calidad de socio, aparte de servir como documento probatorio.

B) CARACTERES.

Las partes sociales tienen las siguientes características: No pueden estar representadas por títulos de crédito: deben tener un valor de mil pesos o múltiplo: pueden existir de diversas categorías y valores desiguales, cada socio solo puede tener una parte social, salvo que sea de categorías diferentes: son indivisibles en principio y por regla general, ya que el contrato social puede establecer su división y cesión parcial.

C) FORMASDE TRANSMITIRSE

La ley establece las formas de transmitirse las partes sociales, una de ellas es por la vía de contractual de cesión de derechos, y la otra por sucesión hereditaria. La cesión de partes sociales bastara con el consentimiento de los socios que representen la mayoría del capital social. La transmisión de una parte social por herencia, no requerirá del consentimiento de los socios, salvo que el contrato social lo prevea la disolución de la sociedad por la muerte de uno de ellos.

7. - FROMA DE CONSTITUCION

El articulo 5 en relación al 7 encontraos su forma de constitución, directamente ante la fe de un Notario Público con un contrato social paraqué se otorgue como escritura constitutiva de la sociedad.

8. – MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL.

La asamblea de socios podrá modificar el contrato social, de acuerdo a la facultad que le otorga la fracción VIII del artículo 78 de nuestra vigente Ley General de Socios Mercantil: además numeral 83 establece que salvo pacto en contrario.

9. – LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD.

A) GERENTE

La administración de las sociedades de responsabilidad limitada estará a cargo de una o más gerentes que podrán ser socios o personas extrañas a la sociedad.

B) NOMBRAMINETO Y DURACION.

Quien tiene la facultad de

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