LEGISLACION LABORAL ACTIVIDAD
Erika P. MartinezSíntesis25 de Abril de 2018
723 Palabras (3 Páginas)205 Visitas
[pic 1]
LEGISLACION LABORAL
DOCENTE MARIA HELENA CARDENAS CHAVES
SELECION MULTIPLE CON RESPUESTA UNICA-
- EL TRABAJO SE DEFINE COMO:
- Verbales. Escritos, término fijo e indefinido.
- Actividad personal, dependencia y salario.
C. Deficiente rendimiento en el trabajo
D. Actividad humana libre, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra.
E. De 8 horas diarias y 48 semanales.
- LOS CONTRATOS DE TRABAJO, PUEDE SER:
- Verbales. Escritos, término fijo e indefinido.
- Actividad personal, dependencia y salario.
C. Deficiente rendimiento en el trabajo
D. Actividad humana libre, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra.
E. De 8 horas diarias y 48 semanales.
- SON ELEMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO DE TRABAJO:
- Verbales. Escritos, término fijo e indefinido.
- Actividad personal, dependencia y salario.
C. Deficiente rendimiento en el trabajo
D. Actividad humana libre, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra.
E. De 8 horas diarias y 48 semanales.
- LA JORNADA DE TRABAJO MAXIMA LEGAL, ES DE:
- Verbales. Escritos, término fijo e indefinido.
- Actividad personal, dependencia y salario.
C. Deficiente rendimiento en el trabajo
D. Actividad humana libre, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra.
E. De 8 horas diarias y 48 semanales.
- ES CAUSAL JUSTIFICADA PARA DAR POR TERMINADO EL CONTRATO DE TRABAJO:
- Verbales. Escritos, término fijo e indefinido.
- Actividad personal, dependencia y salario.
C. Deficiente rendimiento en el trabajo
D. Actividad humana libre, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra.
E. De 8 horas diarias y 48 semanales.
- CORRELACIONA
MEDIOS DE TRANSPORTE
PRIMAS HABITUALES
BONIFICACIONES HABITUALES SON SALARIOS
GASTOS DE REPRESENTACION
PROPINAS
UTILIDADES
SOBRESUELDOS NO SON SALARIOS
HORAS EXTRAS
GRATIFICACIONES
TRABAJO EN DIAS DE DESCANSO
7º. CUALES SON LAS EXCEPCIONES A LAS JORNADA MAXIMA LEGAL DE TRABAJO.
MENOR JORNADA DE TRABAJO: seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana MAYOR JORNADA DE TRABAJO: La duración máxima legal de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día y cuarenta y ocho (48) a la semana
8º. COMO SE REMUNERA EL TRABAJO NOCTURNO Y EL SUPLEMENTARIO DE HORAS EXTRAS DIURNAS Y NOCTURNAS-
- TRABAJO NOCTURNO: Valor hora ordinaria + 35% desde las 9pm hasta 6am del dia siguiente
- HORA EXTRA DIURNA. Valor hora ordinaria + 25%
- HORA EXTRA NOCTURNA Valor hora ordinaria + 75%
9º. CUALES SON LAS PRESTACIONES SOCIALES A CARGO DEL EMPLEADOR
Las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral.
Las prestaciones legales son:
Prima de servicios
Auxilio de cesantía
Existen dos regímenes para la liquidación y pago de las cesantías:
Los trabajadores vinculados con anterioridad al primero de enero de 1991 están sujetos al régimen de retroactividad de las cesantías, de acuerdo con el cual éstas se liquidan en su totalidad a la terminación del contrato de trabajo; y los trabajadores vinculados con posterioridad al primero de enero de 1991, y aquellos que, habiéndose vinculado con anterioridad a esta fecha, se hayan acogido al régimen de esta ley, están sujetos a la liquidación anual de las cesantías.
En este sistema el empleador liquida las cesantías el 31 de diciembre de cada año y las deposita a más tardar el 15 de febrero del siguiente año en las cuentas individuales de cada trabajador. Estas cuentas son manejadas por las sociedades administradoras de fondos de cesantías.
Intereses de cesantía:
Subsidio familiar:
El empleador debe pagar, dentro de los 10 primeros días de cada mes, una suma equivalente al 9% del monto de la nómina a la caja de compensación que haya seleccionado.
Subsidio de transporte
...