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Legislación de Prevención


Enviado por   •  25 de Junio de 2021  •  Tareas  •  980 Palabras (4 Páginas)  •  66 Visitas

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Tarea Semana 8

Manuel Marilao

Legislación de Prevención

Instituto IACC

21-06-2021


Desarrollo

  1. Manipular de forma manual la carga puede causar consecuencias a largo plazo, como lesiones musculares, esqueléticas, dorso lumbar, las cuales se consideran enfermedades ocupacionales. Esto debido principalmente por el manejo incorrecto de la carga otra  efecto posible del MMC son lesiones en los miembros tanto superiores e inferiores que son ocasionados producto de algún golpe, caídas de objetos como también producto del sobre esfuerzo (tendinitis)

Los riesgos propios de la labor MMC, incluso si el trabajo se está ejecutando correctamente, es decir, repartiendo correctamente el peso, logrando mantener la columna en la posición adecuada sin girar ni doblar la espalda, pueden ser entre otras fracturas, heridas, contusiones, caída de objetos y caídas desde mismo nivel.

  1.  
  •  realizar capacitaciones al personal sobre la manera correcta de ejecutar la carga manual, realizando inspecciones periódicas para verificar que se estén respetando las medidas correctivas.
  • Solicitar herramientas de asistencias para los trabajadores, como carros, estibadoras, polipastos, plataformas elevadoras, etc.
  • Delimitar las zonas y pasillos donde se transita, donde además se señalice la dirección donde se debe transitar (por norma siempre se debe hacer por la derecha) para que el personal siempre tenga en cuenta que esos lugares deben estar despejados y limpios, logrando evitar así caídas, tropiezos, resbalones, choques entre personas.
  • Proporcionar EPP: zapatos de seguridad con punta de fierro antideslizante, guantes de seguridad con sistema antideslizante, antiparras, casco de seguridad, ropa de seguridad holgada y con cintas reflectantes.

Para las condiciones en las que trabaja el personal administrativo, aunque a veces el peso no supera los límites establecidos por la ley, es importante instruirlos respecto al manejo de la carga de la misma manera que a los trabajadores de producción.

  1. La capacitación abarcaría lo siguiente:
  • Acoso sexual, sus definiciones y conceptos que con lleva, un breve repaso de la ley 20.005, definiendo en esta primera parte o que es el acoso sexual y en las posibles situaciones que se puede manifestar, informarle las cifras vigentes y tipos de acosos.
  • Como enfrentarse ante aun acosos sexual, hacer un llamado a las potenciales víctimas a tener el valor de denunciar, indicarle sus derechos y entregándoles tranquilidad de que su empleador y la ley deben de resguardar su bienestar.
  • Los procesos para denunciar, informar detalladamente al trabajador/a de todos los pasos a seguir que debe tomar en caso de ser víctima de acoso, mencionando los medios de comunicación disponibles y sus direcciones.
  • El proceso de investigación y las medidas a tomar por parte del empleador.
  • Indicar los tipos de sanciones, las que parten desde lo monetario hasta el despido y a su vez indicar las consecuencias por denuncias falsas.
  • Realizar un llamado a todos los empleadores a denunciar todo tipo de acto sexual que se encuentre dentro de las dependencias de la empresa.

        

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  1. Involucrado (empresa),

Responsabilidades:

  • Realizar campañas de sensibilización.
  • Contar con un sistema de investigación eficiente.
  • Realizar charlas periódicas.
  • Incorporar una clausula en el RIOHS que hable sobre esta temática
  • Realizar un sumario interno e implementar mejoras de prevención y métodos de acción ante la presencia de acoso.

              Sanciones: indemnizar al victimario por el daño causado, esta podrá ser determinada                        por la dirección del trabajo o tribunal de justicia.

    Involucrado (trabajadores)

    Responsabilidades:

  • Mantener un ambiente grato, utilizando un lenguaje adecuado.
  • Respetar la integridad física y psicológica de sus compañeros/as sin importar su nivel jerárquico.
  • No ser cómplice de actos de esta índole, no participar y denunciar inmediatamente al presenciar este tipo de conductas.

   Sanciones:

  • Cambio de puesto de trabajo.
  • Cambio de lugar de trabajo.
  • Amonestación escrita con una multa del 25% del salario diario.  
  • Despido sin derecho a indemnización.

Evaluación

Difusión

-Realizar una matriz de riesgo para identificar detalladamente cada paso, proceso, periodicidad y horarios donde el trabajador se encuentre expuesto a los rayos UV.

-Realizar un registro de los niveles de rayos UV cada 1 hora durante toda la jornada de trabajo y en las distintas épocas del año con el fin de tener la información tangible de que hora es más seguro para realizar el trabajo en el exterior.

- instalar señaléticas o panfletos informativos en las instalaciones.

- reforzar la difusión de los protocolos de UV semanalmente a través de charlas diarias.

- publicación del decreto en el RIOHS-

-informar al trabajador sobre los riesgos a los que se encuentra expuesto y las consecuencias para su salud a través de una ODI.

-publicar en un lugar visible de manera diaria del índice UV y adjunto una tabla de medidas a tomar según el nivel arrojado.

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