Legislacion En Prevencion
joseluis19693 de Abril de 2014
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Condiciones sanitarias en los lugares de trabajo
José Luis Espinoza Venegas
Legislación de Prevención
Instituto IACC
30 de marzo del 2014
Introducción
En este ensayo, me referiré a las condiciones adecuadas que deben ser implementadas al tener colaboradores con algún impedimento físico, para mejorar la accesibilidad, desplazamiento y funciones básicas humanas como los servicios higiénicos y su uso, como el alimentarse en comedores adecuados para ellos, con mesas de acceso a su altura, baños adecuados a su discapacidad y otros. También existen en las discapacidades la ceguera, que también debe ser considerada, con otros cambios dentro de una organización. Se deben considerar la Antropometría y los espacios de maniobra, cambiando los diseños universales, que siempre han estado concretos para los seres humanos sin ninguna discapacidad, en la actualidad este concepto a cambiado y se adecua desde el principio existan o no personas con discapacidades.
Desarrollo
INSTRUCCIONES:
Analizando lo estipulado en el Decreto Supremo 594, explique cuatro posibles mejoras en las instalaciones sanitarias, ingresos a lugares de trabajo y pasillos, etc., para la reinserción de trabajadores accidentados que sufran de limitaciones para movilizarse, es decir, uso de silla de rueda o muletas en forma permanente.
1.- Instalaciones sanitarias: de acuerdo al Decreto Supremo N° 594, esto es lo principal que se debe considerar:
a) Servicios higiénicos: en los lugares de trabajo se debe disponer de servicios higiénicos individuales o colectivos, equipados a lo menos con excusado y lavamanos. Los excusados deben disponerse independiente uno de otro, con puerta y con separaciones permanentes.
Tanto los baños como las duchas deben ser independientes y separados para los hombres y las mujeres. Además, estos lugares, deben contar con control de plagas y asegurar el buen funcionamiento de todos los artefactos.
Con respecto a colaboradores con impedimentos físicos, como uso de sillas de ruedas y uso de muletas, se debe considerar un baño especial con características especificas. Estas imágenes fueron obtenidas de SENADIS, aplicables a las empresas, organismos públicos y educacionales:
2.- Ingreso a lugares, pasillos y otros.
De los puntos importantes que se pueden destacar en temas de prevención en la construcción que deben tener los lugares de trabajo, son (Título II, Decreto Supremo 594):
a) Los pavimentos y revestimientos deben ser sólidos y antideslizantes: cabe mencionar que en aquellos lugares donde por motivos propios del trabajo el piso podría llegar a ser resbaladizo; como en un casino de una empresa, en donde el piso permanece mojado, el riesgo se puede controlar aplicando cerámicas antideslizantes, cintas antideslizantes o indicando a los trabajadores el uso de zapatos especiales para este tipo de labores. Pero es importante priorizar que las superficies de trabajo sean antideslizantes para prevenir las caídas.
Con respecto a colaboradores o publico que ingrese a esta empresa, que posea algún impedimento físico, uso de muletas o silla de ruedas, se deben considerar ciertas características especiales, sobre todo las vías de acceso y desplazamiento para atender a estas personas, a continuación unas laminas donde se detallan las características mínimas de estas condiciones:
3.- Con respecto a los comedores, se señala que:
Si el trabajador debe consumir alimentos en los
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