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MERCADO COMUN CENTROAMERICANO


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2013  •  3.933 Palabras (16 Páginas)  •  754 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La integración económica de los países de Centroamérica ha sido una iniciativa que nace desde el momento en el que se alcanza la independencia de España. La integración económica de los países centroamericanos se presenta como una oportunidad para la competencia internacional y tener nuevas oportunidades en mercados intrarregionales y extra-regionales.

El presente trabajo muestra la evolución que ha tenido esta búsqueda hasta llegar al Mercado Común Centroamericano, el cual revela la intención de ser un solo istmo que trabajando en forma conjunta logre avanzar y llegar a posicionarse frente al mercado global.

Se presentan los ideales y objetivos al igual que las características propias de esta unión que a lo largo de la historia se han visto vedados por diversas razones de orden político y económico, lo que ha ido postergando el alcance de los ideales expuestos desde un inicio.

MERCADO COMUN CENTROAMERICANO

Los países que conforman el Mercado Común Centroamericano (MCCA) son Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica. Se puede identificar el objetivo principal siendo este unificar las economías, impulsar en forma conjunta el desarrollo de Centroamérica y mejorar las condiciones de vida de sus habitantes. Es la integración de las economías, permite la ampliación de mercados, se fomenta el intercambio de bienes, servicios y se promueve la producción.

El Tratado General de Integración Económica Centroamericana entró en vigencia el 4 junio de 1961 para Guatemala, El Salvador y Nicaragua; el 27 de abril de 1962 se inició para Honduras y el 23 de septiembre de 1963 para Costa Rica.

EVOLUCIÓN DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA

Los antecedentes de esta unión vienen desde la independencia de México de España a inicios del siglo XIX. Los países Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica se unieron para formar en 1824 la Federación Centroamericana por lo que se ve el impulso inicial de mantener una unión buscando el bien del istmo representado por esos países.

En el año 1951 se firma la Carta de San Salvador por los Ministros de Relaciones Exteriores de todos los países centroamericanos lo que da origen a la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA). Se toman en cuenta temas como la unificación de las señales del tránsito, los procesos aduanales, los programas educativos, las políticas culturales y el Convenio sobre el Régimen de Industrias Centroamericanas de Integración.

TRATADO MULTILATERAL DE LIBRE COMERCIO E INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA

En 1958 se firmó el Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Centroamericana el que otorgó una visión de una Centro América común y se realiza el ordenamiento en un plazo de 10 años de un área de libre comercio. Los Estados se comprometían a constituir una unión aduanera entre sus territorios con un régimen de libre intercambio. Se establece que deben eliminar los derechos de aduana y los gravámenes. En cuanto a los requisitos de tránsito internacional se mantiene la libertad de tránsito a través de su territorio para las mercancías a cualquiera de los otros países signatarios. Los Estados procuraron construir y mantener vías de comunicación para facilitar e incrementar el tráfico en sus territorios unificando las tarifas de los transportes y las disposiciones legales sobre este asunto.

TRATADO GENERAL DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANO

En 1960 se firma el Tratado General de Integración Económica Centroamericano en el que se inspira el marco básico para la integración económica y se establece el MCCA ( entra en vigencia el 04 de junio de 1961) , su fin fue prever un mercado común con la existencia de una unión aduanera en un plazo de cinco años. En 1962 Costa Rica se adhiere a este tratado. Se puede mencionar que algunos de los lineamientos principales de este tratado son:

 Los países contratantes se comprometen a perfeccionar una zona centroamericana de libre comercio en un plazo de cinco años y a adoptar un arancel centroamericano uniforme en los términos del Convenio Centroamericano sobre equiparación de gravámenes a la importación.

 Se otorgan el libre comercio para todos los productos originarios de sus respectivos países por lo que los productos naturales y manufacturados en ellos, quedarán exentos de pago de derechos, impuestos y contribuciones al momento de importar o exportar. ( Se exceptúan los productos establecidos en el Anexo A de este tratado que se encuentran al final del presente trabajo)

 Los Gobiernos de los Estados signatarios no otorgarían exenciones ni reducciones de derechos aduaneros a la importación procedente de fuera de Centroamérica para artículos producidos en los Estados contratantes en condiciones adecuadas.

 Las mercancías que tengan de los beneficios estipulados en el Tratado, deben estar amparadas por un formulario aduanero firmado por el exportador que contenga la declaración de origen y que se sujetará a la visa de los funcionarios de aduana de los países de paso y de destino

 Si los productos que son objeto de intercambio estén sujetos a impuestos, arbitrios u otras contribuciones internas de cualquier clase que incurran en la producción, la venta, la distribución o el consumo en uno de los países signatarios, dicho país podrá gravar con igual monto a las mercancías de la misma naturaleza que se importen de otro Estado contratante.

 Los Bancos centrales de cada país contratante cooperarán para evitar las especulaciones monetarias que afecten los tipos de cambio. De igual forma mantendrán la convertibilidad de las monedas de los respectivos países sobre la uniformidad, la estabilidad y la libertad cambiarias.

 Ninguno de los países signatarios concederá subsidios a la exportación de mercancías destinadas al territorio de los otros Estados, ni establecerá la venta de determinada mercancía, para su exportación a otro Estado contratante a un precio inferior al establecido para la venta en el mercado nacional.

 Los Estados signatarios evitarán, de forma legal la exportación de mercancías de su propio Estado a territorio de los demás a un precio inferior a su valor normal, para evitar el perjuicio a la producción de los otros países.

 Los Estados contratantes mantendrán plena libertad de tránsito a través de su territorio por las rutas legalmente habilitadas para las mercancías destinadas a cuales quiera de los otros Estados signatarios, al igual que para los vehículos que transporten las

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