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Enviado por   •  27 de Marzo de 2015  •  5.781 Palabras (24 Páginas)  •  161 Visitas

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REGLAMENTO INTERNO

CITY LOFT

COMERCIALIZACIÓN DE ROPA MASCULINA EN EL SECTOR DE CHAPINERO

SECTOR TEXTIL DELA INDUSTRIA COLOMBIANA

Índice

1. DEFINICIÓN Y OBJETO DEL REGLAMENTO INTERNO Y PRÁCTICAS 2

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3

3. PRINCIPIOS GENERALES 3

4. COMPROMISOS DE CONDUCTA Y PRÁCTICAS RESPONSABLES 5

4.1. Cumplimiento de la legislación aplicable y de la normativa interna 5

4.2. Cumplimiento de acuerdos y convenios 6

4.3. Relaciones con empleados 6

4.4. Relaciones con clientes 7

4.5. Prácticas en el mercado 7

4.6. Relaciones con proveedores 8

4.7. Relaciones con autoridades y funcionarios 9

4.8 Conflictos de interés 11

4.9 Ejercicio de otras actividades 11

4.10. Uso de bienes y servicios de la compañía 12

4.11 Confidencialidad de la información y protección de datos personales. 13

4.12 Protección de la propiedad intelectual e industrial 14

4.13 Registro de operaciones 15

4.14 Compromiso social y medioambiental 15

5. CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO Y COMITÉ DE ÉTICA 16

6. PUBLICIDAD DEL CÓDIGO 17

1. DEFINICIÓN Y OBJETO DEL REGLAMENTO INTERNO Y PRÁCTICAS

Responsables

El “reglamento interno y Prácticas Responsables de la City Loft” (en adelante el Código) es la actualización y la refundición, en un sólo documento, del “Código de Conducta Interno” y de la “Directriz Interna de Prácticas Responsables”.

El reglamento establece los criterios de actuación que deben ser observados por el Grupo City Loft (en adelante “City Loft”, “la compañía”, “empresa” o “sociedad”) en el desempeño de sus responsabilidades profesionales.

El objetivo del presente reglamento es procurar un comportamiento profesional, ético y responsable de City Loft y de todos sus empleados, en el desarrollo de sus actividades en cualquier parte de Colombia, como elemento básico de su cultura empresarial en la que se asienta la formación y el desarrollo personal y profesional de sus empleados. A tal efecto, se definen los principios y valores que deben regir las relaciones de City Loft con sus grupos de interés (empleados, clientes, accionistas, socios de negocio, proveedores y aquellas sociedades en las que desarrolla su modelo de negocio).

Para ello, el reglamento:

 Facilita el conocimiento y la aplicación de la cultura empresarial de City Loft, firmemente asentada en el cumplimiento de los derechos humanos y sociales y en la efectiva integración en la compañía de todo el colectivo de empleados, con respeto de su diversidad.

 Establece el principio de debida diligencia para la prevención, detección y erradicación de conductas irregulares, cualquiera que sea su naturaleza, comprendiendo, entre otros, el análisis de los riesgos, la definición de responsabilidades, la formación de los empleados y, en su caso, de terceros relacionados directamente con la compañía, y la formalización de procedimientos, en especial, para la notificación e inmediata eliminación de conductas irregulares.

 Tiene en cuenta el principio de responsabilidad penal de las personas jurídicas, recogido en el ordenamiento jurídico de diversas jurisdicciones donde City Loft opera y previene y proscribe la existencia de comportamientos que puedan determinar la responsabilidad de la compañía entre sus representantes legales, administradores, empleados o por cualquier otra persona que esté sometida a la autoridad del personal de la compañía.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

El reglamento es de aplicación a todas las sociedades que integran City Loft y vincula a todo su personal, independientemente de la posición y función que se desempeñe.

La aplicación del Código, total o parcial, podrá hacerse extensiva a cualquier persona física y/o jurídica relacionada con City Loft, cuando así convenga para el cumplimiento de su finalidad y sea posible por la naturaleza de la relación.

El reglamento será notificado personalmente a todos sus Consejeros, Directivos y a cualquier persona que la represente, cuando así lo requiera la naturaleza de su relación, quienes deberán asumir por escrito el compromiso de su cumplimiento. Asimismo, la obligación de su cumplimiento será recogida expresamente en los contratos de trabajo de los empleados, a quienes les será entregada copia con ocasión de su incorporación a la compañía.

La exoneración del cumplimiento, para casos concretos debidamente justificados, sólo podrá ser autorizada por el Comité de Ética, que deberá dar cuenta, a la mayor brevedad, al Comité de Auditoría y Control.

3. PRINCIPIOS GENERALES

El reglamento interno se define como un compromiso ético que incluye principios y estándares básicos para el desarrollo adecuado de las relaciones entre City Loft y sus principales grupos de interés allí donde desarrolle sus actividades de negocio. El reglamento se basa en los siguientes principios:

 Todas las operaciones de City Loft se desarrollarán bajo un prisma ético y responsable.

 El cumplimiento de la legislación vigente en cada país es presupuesto necesario del presente reglamento

 El comportamiento de los empleados de City Loft se ajustará al espíritu y a la letra de este reglamento interno y Prácticas Responsables.

 Todas las personas, físicas y jurídicas, que mantengan de forma directa o indirecta cualquier relación laboral, económica, social y/o industrial con City Loft, recibirán un trato justo y digno.

 Todas las actividades de City Loft se realizarán de la manera más respetuosa con el medioambiente, favoreciendo la conservación de la biodiversidad y la gestión sostenible de los recursos naturales.

Empleados

City

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