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Niif En Colombia

tavo108017 de Noviembre de 2013

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RESEÑA HISTORICA DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIIF

A principios de los años 60 se consolidaron organizaciones antecesoras al actual CNIC (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad) encargado de formular y emitir las NIIF.

Durante el X Congreso Mundial de Contadores en Sydney, Australia, llevado a cabo en 1972 cuando el Contador Henry Benson propuso crear un comité de estudios en Normas contables el cual fuera aplicable en todo el mundo, esta idea fue concretada cuando empezó a operar el CoNIC (Comité de Normas Internacionales de Contabilidad) en cabeza de Benson como primer Presidente, el cual nace en 1973, como resultado de un acuerdo tomado por ciertos organismos a nivel mundial (Alemania, Australia, Canadá, Estados Unidos, Francia, Holanda, Japón, México, Irlanda e Inglaterra).

Con base en la constitución de este organismo, se estableció un esquema normativo a nivel internacional llamado Normas Internacionales de Contabilidad NIC, el cual se conformó de los siguientes pronunciamientos:

a) Normas Internacionales de Contabilidad, NIC International Accounting Standards IAS, emitidas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad International Accounting Standard Comittee, IASC

b) Interpretaciones de las Normas Internacionales de Contabilidad, emitidas por el Comité de Interpretaciones de IASC Standing Intterpretations Commitée, SIC. Hasta julio de 1996 el entonces Colegio de Contadores Públicos Académicos había coordinado la emisión de 18 Normas de Contabilidad Financiera NCF, a partir de julio de 1996 en el marco del desarrollo de la IV Convención Nacional de Contadores, después de toda la trascendencia generada por las NIC, se da inicio a las NIIF estas normas fueron establecidas a falta de tener un criterio internacional en el manejo del los temas contables, generando a si serios inconvenientes, como la posibilidad de comparar dos estados financieros ya que arrojaría resultados poco creíbles, el costo elevado para cada empresa internacional el uso de cada norma según cada país para la presentación de sus informes contables. Para acabar con la problemática en 1995 se firma un acuerdo en el cual se exige un estudio minucioso de las NIC, esto con la intención de que las aplicaran las empresas que manejaban bolsa inicialmente, las instituciones encargadas de que estas normas se establecieran fueron la IASC Internacional Acounting Standards Comitè y LOSCO Organización Internacional de los organismos Rectores de Bolsas.

Las Normas Internacionales de Información Financiera son elaboradas, aprobadas y publicadas a nivel mundial por el IASB (International Accounting Stándar Board) que es un organismo técnico emisor de normas contables globales de carácter independiente.

NORMAS LEGALES QUE REGULAN LA APLICACIÓN DE LAS NIIF EN COLOMBIA

En Colombia es directriz del Gobierno Nacional avanzar hacia los estándares Internacionales de contabilidad en cuanto las Normas Internacionales de Información Financiera en Colombia empiezan por el Proyecto de Ley 165 de 2007 “Por la cual el estado Colombiano adopta las NIIF para la presentación de Informes Contables” la cual no fue aprobada como estaba inicialmente ya que tuvo varias modificaciones entre los debates dados en la Cámara de Representantes y en el Senado de esta manera el proyecto se envió el 26 de junio de 2009, pero el 13 de julio de 2009 fue sancionada por el Presidente de la Republica.

El Proyecto de Ley 165 de 2007 es remplazado por la Ley 1314 de 2009 que reglamenta la convergencia de las normas contables nacionales con las de orden internacional, “por la cual se regulan los principios y normas de Contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento”, de igual manera se constituye que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública es el único ente autorizado para redactar las normas de afinidad, para lo cual fija como plazo de inicio de la convergencia el año 2010 hasta el 2014.

Mediante esta ley el estado Colombiano establece la convergencia de la regulación contable del país hacia Normas Internacionales de Información Financiera y de contabilidad que tienen aspecto mundial. Esta ley define las autoridades de regulación y normalización técnica y, de manera particular, respeta las facultades regulatorias que en materia de contabilidad pública tiene a su cargo la Contaduría General de la Nación.

El objetivo de esta ley es regularlas con ayuda de las entidades financieras en cabeza del gobierno a intervenir en la economía, con limitaciones de la misma para generar normas contables de información financiera, dirigidas a normas internacionales, con aceptación a nivel mundial. Con informes contables y, en particular, con estados financieros que brinden información financiera comprensible de alta calidad con el fin de tener un mismo lenguaje contable, claras para la toma de decisiones del estado.

En el ámbito de aplicación va dirigido a todas las personas naturales o jurídicas que están obligadas llevar la contabilidad presentando estados financieros, como contadores y funcionarios públicos.

De las normas de contabilidad y de información financiera se entiende por el conjunto de postulados principios, limitaciones, conceptos, normas técnicas generales, normas técnicas específicas, normas técnicas especiales, normas técnicas sobre revelaciones, normas técnicas sobre registros y libros, interpretaciones y guías que nos permite medir los aspectos económicos de un ente ,fácil de comprender y comprar.

Estas normas son reguladas por los distintos ministros en cabeza de del presidente de la república, estos expedirán normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información frente al consejo de contaduría pública, como entidad que regula las normas contables.

En conclusión estas leyes nos ayudan hacer un paralelo entre las normas colombianas y las normas internacionales, evitar incoherencias entre entidades que regulan estas normas, que sea el consejo técnico de contaduría pública el único con autoridad para emitir estas normas, la separación de normas contables de las tributarias, esto tiene un plazo de 2010 hasta el 2014 para cumplir con estas normas.

La ley 1314 de 2009 es reglamentada por Decreto N. 2784 del 28 de Diciembre de 2012 en cuanto al “marco teórico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el grupo . El Decreto N. 2784 del 28 de Diciembre de 2012 regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información, aceptados en Colombia. Este decreto es aplicable tal cual aparece en el decreto expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a los preparadores de información financiera que conforman el grupo 1:

• Emisores de valores

• Entidades de interés publico

• Entidades que cumplan con los siguientes parámetros:

o Planta de personal mayor a doscientos trabajadores.

o Activos totales superiores a 30.000 SMLV

o Entidades que cumplan con los siguientes requisitos:

 Ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique las NIIF plena.

 Ser subordinada o matriz de una compañía nacional que deba aplicar las NIIF plena.

 Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o mas entidades extranjeras que apliquen NIIF plenas.

 Realizar importaciones o exportaciones que representen mas del 50% de las compras o de las ventas, respectivamente.

El tiempo en el que estas entidades deben realizar actividades relacionadas con el proyecto de convergencia, el tiempo de preparación obligatoria es del 01 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2013, el periodo de transición del nuevo marco técnico normativo de información financiera es el 01 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2014 y esta información no será puesta en conocimiento del publico ni tendrá efectos legales en ese momento, y su aplicación será del 01 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2015, donde si se llegasen a presentar inquietudes el Consejo Técnico de la Contaduría Publica será el encargado de resolverlas, de igual manera la entidades que no pertenezcan al grupo 1 estarán en la libertad de aplicarlas voluntariamente.

La ley 1314 de 2009 es reglamentada por Decreto N. 2706 del 27 de Diciembre de 2012 en cuanto al “marco teórico normativo de información financiera para las microempresas” . Este decreto es aplicable tal cual aparece en el Decreto expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a microempresas así:

• Una planta de personal no superior a 10 trabajadores.

• Activos totales por valor inferior a 500 SMLV

Su periodo de transición, preparación y aplicación es el mismo de Decreto 2784 del 28 de diciembre de 2012.

ASPECTOS BÁSICOS ACERCA DEL MARCO CONCEPTUAL DE LAS NIIF

 Las NIIF determinan los requerimientos o parámetros para conocer, medir, presentar y relevar la información financiera que es importante

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